El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) publicó este lunes 14 de mayo, en La Gaceta, el Reglamento sobre Idoneidad de los Miembros del Órgano de Dirección y de la Alta Gerencia de las Entidades Financieras, en el cual se definen nuevos requisitos para las personas que se nombren en las altas gerencias de los bancos.
Las nuevas normas aplican para las personas nombrados con posterioridad a la fecha de entrada en vigencia de este Reglamento y no para los altos ejecutivos actuales.
Según el Reglamento, las entidades financieras deben tener una política escrita para determinar la idoneidad y experiencia de las personas que ocupen o vayan a ocupar un puesto en el órgano de dirección o en la alta gerencia, y durante todo el periodo por el cual han sido nombradas.
Las entidades financieras deberán tomar en consideración y evaluar, entre otros, los criterios de honestidad, integridad y reputación, y experiencia.
La Nación solicitó más detalle al Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) y a la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef), pero informaron de que no podían responder este lunes 14 de mayo.
También se intentó la opinión de las agrupaciones de entidades financieros y del Banco de Costa Rica y Nacional, pero no respondieron.
“Desde el ámbito supervisor existe interés en que las personas que desempeñan o sean nominadas para ocupar puestos en los órganos de dirección y la alta gerencia, como en otros puestos claves, sean las idóneas”, explicó el Conassif, entre los considerandos del Reglamento.
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“En tal sentido resulta imprescindible establecer criterios mínimos sobre aspectos y condiciones que acreditan dicha idoneidad. La verificación de estos aspectos y condiciones es una responsabilidad primaria de la asamblea de accionistas y del órgano de dirección”, añadió el Conassif.
La Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) ha venido diseñando un conjunto de reformas orientadas a fortalecer el gobierno corporativo de las instituciones financieras. Un primer paso en esta dirección fue la aprobación del Acuerdo SUGEF 16-16, Reglamento de Gobierno Corporativo, el cual entró en vigencia en junio de 2017.
Este reglamento surge tras varios cuestionamientos en los nombramientos de altos ejecutivos de bancos estatales.
Uno de los casos más importantes fueron los cuestionamientos a la junta directiva del Banco de Costa Rica (BCR) debido al otorgamiento de créditos bancarios para la importación de cemento chino y para la compra de una represa hidroeléctrica por parte de Coopelesca.
También el Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas cuestionó, en el 2016, el nombramiento de Mario Barrenechea como gerente del BCR pues no era afiliado a este órgano.
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En febrero del 2017, la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) dejó en evidencia vicios incurridos por los directivos del Banco Nacional, al intentar acaparar las juntas directivas de las subsidiarias de la institución.
En una opinión técnica, la Sugef determinó que los directores incumplieron el Código de Gobierno Corporativo del Banco, aprobado por ellos mismos, al nombrar más de dos directivos en las sociedades anónimas del banco estatal.