Tener un crédito personal o de vivienda y una tarjeta en estado de morosidad es una situación muy poco deseable. Puede que incluso ya la deuda haya sido cedida por el banco a un bufete de cobro o a una gestora.
Cuando esto ocurre es necesario adoptar algunas medidas para evitar que su condición como sujeto de crédito se agrave.
“Instamos a los deudores a procurar concertar arreglos de pago previo a estar morosos. Acérquese a la entidad a solicitar un arreglo de pago”, recomendó Danilo Montero, director ejecutivo de Oficina del Consumidor Financiero.
Montero enfatizó que los deudores en morosidad tienen derechos que no pueden ser ignorados. Aclaró que el historial crediticio se afecta por la morosidad y no cuando se establece un arreglo de pago anticipado.
Los bancos definen niveles de atraso de sus carteras para trasladar créditos a una empresa que se encargue del cobro, especializadas en llamadas telefónicas y con el fin de abarcar mayor cantidad de casos con retrasos.
Otra situación se da cuando se vende una cartera morosa con el fin de mantener los indicadores financieros de la entidad dentro de los límites establecidos por la regulación.
El Banco Nacional (BN) tiene contratada a una empresa externa para la gestión de cobro, pero no tiene implementada la venta de cartera de crédito morosa.
José Guevara, director general interino de crédito de BN, indicó que para el cobro se remiten a la empresa un promedio de 25.000 operaciones mensuales.
Bernal Alfaro, gerente de tarjetas de crédito de Banco Promerica, indicó que la entidad constantemente evalúa cómo realizar la gestión de cobro, la administración judicial o la venta de cartera.
En el caso de Davivienda y del Banco de Costa Rica (BCR) la gestión la realizan sus propios equipos de cobro, de acuerdo a los voceros de estas entidades.
En el primero se contrata una empresa externa de cobro cuando los casos superan “la capacidad de cobro del equipo interno” y según la necesidad (si son incobrables), pero las operaciones siguen siendo propiedad del banco, afirmó Leticia Arguedas, gerente de relaciones públicas de Davivienda.
Circunstancias
Las condiciones por las que un deudor llega a una situación de mora son múltiples.
Lo normal es que estén dispuestos a cancelar. “Puede haber perdido el empleo, tener una situación familiar difícil o haber caído en endeudamiento excesivo”, explicó Carlos Valenciano, presidente de la empresa Gestora de Crédito.
Esta firma gestiona unas 700.000 cuentas. Valenciano indicó que en el país habrían al menos dos empresas que adquieren carteras de crédito y otras 50 dedicadas al cobro administrativo a través de llamadas y mensajes.
Los acuerdos con las personas con deudas en morosidad pueden incluir el pago del principal solamente, cancelación por cuotas mensuales o bimensuales a un plazo determinado, y aceptación de un monto en efectivo y el saldo se cubre mes a mes o se condona. “Pocos evaden la responsabilidad”, dijo Valenciano.
Existe la posibilidad incluso de suspender el proceso de cobro judicial si se logra un arreglo de pago.
Por lo general, agregó, las gestoras tienen más flexibilidad para establecer diferentes tipos de acuerdos que los bancos, pues estos deben cumplir las regulaciones financieras y en el caso de los bancos estatales están limitados por la administración pública además.
Cuando la persona deudora con una situación de morosidad llega a un arreglo de pago con la entidad financiera debe tener claro que el acuerdo puede ser verbal (por ejemplo, con la persona que hace la llamada de cobro).
Sin embargo, es recomendable solicitarlo por escrito, guardar los comprobantes de pago, pedir información del saldo pendiente periódicamente, y brindar los datos correctos y completos del deudor y de la cuenta cuando paga.
Según Valenciano, cada mes deben dedicar hasta una semana tratando de verificar a cuál cuenta corresponde un pago realizado a través de cajas de cobro de terceros.
Con el arreglo establecido, el documento le servirá de respaldo ante cualquier disputa, específicamente para determinar si los pagos se realizan a tiempo y en la forma debida.
Tener los respaldos de arreglo y de los pagos es esencial pues existe un vacío legal y no hay una regulación expresa al respecto, insistió Montero, de la oficina del consumidor.
Agregó que si se llega a concretar un arreglo de pago, el deudor tiene derecho a que el mismo sea respetado y a que se le brinde información del saldo pendiente, a que no se le hagan llamadas si está pagando debidamente y a que se respete su privacidad e intimidad.
FUENTE: Oficina del Consumidor Financiero || DISEÑO LN / LA NACIÓN.