Economía

Clave Fiscal: Baja temporal a contribuyentes omisos

Las personas físicas o jurídicas, así como los entes colectivos sin personalidad jurídica que tengan la obligación de inscribirse, modificar datos y desinscribirse en el Registro Único Tributario

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Mediante un comunicado institucional, la Dirección General de Tributación (DGT) anunció que a partir del 1.º de julio 2021 modificará el estado tributario de los contribuyentes que en los últimos tres periodos fiscales o más, no hayan presentado las declaraciones de los impuestos en los que estén inscritos, entre ellos el de valor agregado (IVA) y el impuesto sobre la renta. De esta manera, de conformidad con la resolución DGT-R-29-2020 del 15 de setiembre del 2020, el contribuyente que está en esa condición pasará de “inscrito” a “baja temporal”.








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