Economía

¿Cómo calcular la liquidación laboral? Guía práctica

Descubra cómo calcular correctamente su liquidación laboral y evite errores que puedan afectar sus derechos laborales

Explicación de los componentes esenciales para calcular la liquidación laboral en Costa Rica, como vacaciones, aguinaldo, preaviso y cesantía, conforme al Código de Trabajo.
Explicación de los componentes esenciales para calcular la liquidación laboral en Costa Rica, como vacaciones, aguinaldo, preaviso y cesantía, conforme al Código de Trabajo. (Canva/Canva)

Cuando una persona pierde su empleo, uno de los temas más importantes es conocer cómo calcular la liquidación laboral. Por esta razón la abogada laboralista Sharon González nos explica cómo hacerlo.

Toda persona trabajadora dentro del régimen formal cuenta con derechos laborales. Cuando la relación de trabajo finaliza, el colaborador debe recibir el pago de varios rubros, como vacaciones, aguinaldo, preaviso y cesantía.

El derecho a recibir uno o todos estos montos depende de la causa y la forma en que se dio la terminación laboral.

Después de 50 semanas de trabajo continuo, el trabajador adquiere derecho a dos semanas, es decir, 14 días de vacaciones. Si la relación laboral finaliza antes de cumplir las 50 semanas, se reconoce 1 día de vacaciones por cada mes completo laborado.

El aguinaldo se paga cada diciembre o cuando termina la relación laboral. Se calcula sumando todos los salarios ordinarios y extraordinarios desde diciembre del año anterior hasta el mes en que terminó el contrato, y luego se divide entre 12.

Si el empleado trabajó solo tres meses con un salario de ¢280.000 por mes, la suma de esos meses da ¢840.000. Dividido entre 12, corresponde un aguinaldo de ¢70.000.

El preaviso corresponde según lo establecido en el artículo 28 del Código de Trabajo. Este define la cantidad de días que deben pagarse o trabajarse, según el caso.

La cesantía depende de los años laborados. El artículo 29 del Código de Trabajo estipula que se debe pagar 20 días de salario por cada año de servicio.

Por ejemplo, si una persona trabajó dos años y su salario diario era de ¢15.000, el cálculo sería 20 días por año (20 x 2 = 40 días), resultando en un monto de ¢600.000.

Para calcular la liquidación se toma el salario recibido durante los últimos 6 meses o durante el tiempo trabajado si este fue menor.

Este monto debe considerar salarios ordinarios y extraordinarios, y debe calcularse sobre el salario bruto. Se suman los salarios y se dividen entre 6 o el número de meses trabajados, obteniendo el salario promedio mensual.

Cuando el pago era quincenal, el salario promedio mensual debe dividirse entre 30. Si era semanal, entre 26. El resultado es el salario promedio diario, que se usa para calcular vacaciones, preaviso y cesantía. El aguinaldo sigue su propio método de cálculo.

Aunque el Ministerio de trabajo tiene una calculadora en línea, también se recomienda realizar los cálculos manualmente para validar que los montos sean correctos.

Si detecta inconsistencias, el trabajador puede acudir al Ministerio de Trabajo o buscar asesoría legal para proteger sus derechos.

*La creación de este contenido contó con la asistencia de inteligencia artificial. La información fue investigada y seleccionada por un periodista y revisada por un editor para asegurar su precisión. El contenido no se generó automáticamente.

Damián Arroyo C.

Damián Arroyo C.

Editor de Inteligencia Artificial y periodista en La Nación desde 2007. Ha sido Jefe de producción audiovisual y fotografía, editor web y community manager. Se especializa en IA aplicada al periodismo. Licenciado en periodismo con énfasis en producción de medios, con estudios en producción audiovisual y gerencia de proyectos.

Fabiola Montoya Salas

Fabiola Montoya Salas

Periodista de Empleo Costa Rica, bachiller en periodismo de la Universidad San Judas Tadeo.

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