Las entidades financieras y las aseguradoras estarán obligadas a detallar mejor los costos, cambios en tarifas y las condiciones generales de las pólizas colectivas de vida, desempleo y daños que protegen los bienes dados en garantía, en las operaciones crediticias, especialmente de vivienda y vehículos.
La medida la promueve la Superintendencia General de Seguros (Sugese) porque detectó prácticas que tienen una afectación para los deudores, a raíz de información poco clara y confusa en los contratos de seguros.
Por ejemplo, Sugese encontró que hay bancos que establecen un cargo adicional al cliente cuando pide contratar una póliza con otra aseguradora.
Para corregir las deficiencias actuales, la Superintendencia propuso una reforma al Reglamento de Seguros Colectivos, la cual está por aprobarse en el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif).
“Los cambios promueven que haya más transparencia y trato justo al cliente. En particular, que en la póliza colectiva se debe tener claro el consentimiento de la persona y esté bien informada de las condiciones del aseguramiento”, explicó Tomás Soley, jerarca de Sugese.
El funcionario recalcó que las modificaciones se aplicarán, de manera prioritaria, cuando la entidad financiera cambia de aseguradora y efectúa una migración masiva de clientes.
Precisamente, uno de los cambios más relevantes de cumplimiento obligatorio es el consentimiento expreso y firmado por la persona de la aceptación de las nuevas condiciones de la póliza cuando hay una migración.
Para las aseguradoras y corredoras de seguros esta orden implica un costo adicional para los aseguradoras.
Soley recalcó que el objetivo es proteger al asegurado porque es la parte más débil en la estructura de servicio.
Los seguros colectivos permiten a un banco, cooperativa o financiera suscribir una póliza con una aseguradora que posibilita a miles de personas acceder a dicho producto.
Principales cambios
Además del consentimiento informado, las entidades financieras, aseguradoras y corredoras de seguros deberán transparentar la cadena de costos en las pólizas colectivas.
Los contratos deberán incorporar, una vez publicadas las nuevas reglas, la comisión, pago, o beneficio de cualquier tipo que la empresa aseguradora da al intermediario y al banco.
“El tomador (entidad financiera) no podrá cobrar, directa o indirectamente, ninguna suma a los asegurados de la póliza o a las personas que ejerciendo su derecho de elección decidan optar por un aseguramiento distinto”, se explica en el reglamento.
También se establece la obligación de comunicar, en 45 días naturales previos, la modificación o término del contrato de una póliza colectiva. Pero al cliente se le puede ofrecer la opción de pasarse a un producto individual de seguros personales (vida, salud, accidentes) sin perder las condiciones de cobertura.
Adicionalmente, a los clientes se les deberá enviar previamente el contrato de seguro colectivo.
El objetivo de esta medida es evitar que la persona desconozca, al momento de firmar el crédito de la casa o el carro, las condiciones de una póliza, subrayó el superintendente de Seguros.
“La revelación de la información del seguro debe hacerse durante el proceso de la generación del crédito y no cuando la persona va a firmar el préstamo. Es un tema de conducta tanto del asegurador como el tomador del seguro (banco)”, subrayó Soley.
El jerarca explicó que la reforma normativa es obligatoria para el emisor de la póliza.
“La aseguradora tendrá que cerciorarse del cumplimiento de todas las nuevas disposiciones. No es que solo le pedirá los datos (del deudor) a la entidad financiera, debe asegurarse de que el cliente esté debidamente informado”, recalcó el superintendente.
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Nuevos requisitos
Aseguradoras e intermediarios de seguros consultados por La Nación no descartaron que las nuevas disposiciones impliquen un costo adicional para el asegurado por establecerse nuevos trámites.
Marlene Granados, jefa de la Dirección de Seguros Personales del Instituto Nacional de Seguros (INS), dijo que la prima de un seguro colectivo se establece con base en análisis actuariales y de siniestralidad de un producto. Por lo cual no prevé un cambio tarifario por la normativa.
Sin embargo, aceptó que al añadirse nuevos requisitos, como el consentimiento de la persona, hay un costo adicional para el asegurado y para el tomador de seguros, es decir, la entidad financiera.
“Para las aseguradoras e intermediarios de seguros, representa un aumento en la gestión operativa de este tipo de contratos”, subrayó Granados.
Para Antonio Mora, director Comercial BN Corredora de Seguros, hasta cuando la reforma empiece a aplicarse se sabrá el impacto que tendrá en el crédito y la póliza.
“Con la reforma no se vislumbran aumentos en los precios, sin embargo, se puede considerar que al tener que realizar negociaciones previo a la finalización de la vigencia del seguro colectivo, se podría ver afectado el mercado por la insuficiencia de primas ante los comportamientos siniestrales”, aseguró Mora.
El vocero dijo que las modificaciones robustecen el principio de la transparencia con el cliente, porque permiten conocer a detalle las condiciones del seguro.
La Nación consultó a los bancos BAC Credomatic y Davivienda sobre las implicaciones de la normativa propuesta, para sus clientes. Sin embargo, ninguna de las entidades se refirió sobre el fondo, pues argumentaron que será necesario conocer la versión aprobada del reglamento para entender el impacto a los clientes.
Ambos bancos detallaron que respetarán y aplicarán las nuevas reglas dictadas por el supervisor.