Un total de 29 productos pasarán a pagar el impuesto de ventas del 13%, debido a que salieron de la canasta básica tributaria porque no son los que más consumen los hogares pobres del país.
Esto sucederá una vez que se publique en La Gaceta el nuevo Reglamento de la Canasta Básica Tributaria, en la cual se quedan 189 productos que son los que consumen en más de un 20%, los hogares de menores ingresos, según dio a conocer la tarde de este jueves 14 de marzo el Ministerio de Hacienda. La nueva canasta, además, incorpora 14 nuevos bienes.
Entre los productos que salen de dicha canasta se encuentran las fresas, la manteca de cerdo, el paté, el atún en agua, el atún en aceite de oliva, crustáceos y natilla light.
Mientras que los productos agregados son leche de cabra, banano verde y la flor de itabo.
La canasta básica tributaria es el conjunto de bienes que tiene condiciones fiscales especiales con el objetivo de reducir la regresividad del impuesto de ventas, que afecta en mayor medida a los que menos tienen.
Los productos que se quedan en la canasta permanecerán exonerados del impuesto de ventas hasta julio del 2020, cuando pasarán a tener una tarifa reducida de 1% del nuevo impuesto al valor agregado.
La Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas estableció que en dicha canasta solo pueden estar los bienes y servicios que consumen el 20% de hogares con menores ingresos y para seleccionarlos se utilizó la Encuesta de Ingresos y Gastos del 2013 y la del 2014, que realizó el Instituto Nacional de Estadística y Censos.
El 1°. de febrero pasado el Ministerio de Hacienda publicó un reglamento con una lista de productos para consulta, del cual recibieron observaciones.
Carlos Mora, viceministro de Economía, Industria y Comercio, explicó que cada vez que la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos se revise se cambiará la canasta básica tributaria.
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Por su parte, Priscilla Piedra, directora general de Hacienda, explicó que hasta ahora lo que se tenía era que la administración tributaria conformaba la canasta, sin ningún tipo de parámetro.
Erick Jara, es director de Investigaciones Económicas y de Mercados del Ministerio de Economía (MEIC), explicó que los servicios esenciales como agua y electricidad tienen un tratamiento diferenciado también en otro artículo de la ley, por eso no están en la canasta básica tributaria.
Igual ocurre con los casos de medicamentos, salud y educación, que tienen un tratamiento específico y por eso no se consideraron.
Los que se excluyeron son consumidos en un 50%, por el 20% de los hogares de mayores ingresos.
Sobre la salida de la canasta básica tributaria de productos que son saludables, Jara enfatizó en que lo que se considera es el consumo de los hogares según lo establece la ley, no si es nutricionalmente correcto.
El funcionario del INEC detalló que el estudio del consumo de los hogares generó información interesante sobre la alimentación de las familias, que sirve de referencia para las autoridades de salud.
Este año el INEC publicará una Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos en la cual podrían surgir nuevos productos que son de consumo significativo para los hogares más pobres.
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Entrevista:
Priscilla Piedra, directora general de Hacienda: “La ley no incluyó tomar en cuenta valores nutricionales”
Priscilla Mora, directora general de Hacienda, detalló las razones por las cuales productos saludables no están en la canasta tributaria y otros que en el proyecto de reglamento no cumplían con el criterio para entrar, ahora sí están.
– Mucha gente se pregunta: ¿por qué se excluyen productos que la sociedad considera saludables?
– Porque el parámetro que me establece la ley no incluyó, en este caso, tomar valores nutricionales o de la salud como tal, lo que me establece la ley, en forma concreta, es que yo debo establecer esta canasta básica de conformidad con el consumo de los bienes y servicios que realizan, en forma efectiva, el 20% de la población de menores ingresos.
– ¿Por qué el aguacate y el limón mesino están en la canasta si no cumplen con el criterio de que deben ser consumidos al menos en 15% (del total del producto) por el 20% de hogares de menores ingresos?
– En el caso de las frutas que se incluyeron dentro de la lista se tomó en consideración, justamente a partir de algunas observaciones que se recibieron de este tema en concreto en la consulta pública, que existe un alto autoconsumo de frutas en ese grupo poblacional, donde el trueque, la persona que tiene un árbol y le regala a los demás, por ejemplo, es muy alto.
”Entonces nos trajimos de la misma encuesta el autoconsumo a efectos de ver el comportamiento de ese grupo en concreto y eso fue lo que generó que el limón, la maracuyá, el aguacate no fueran excluidos de la canasta”.
– ¿Cuántas observaciones se recibieron?
– 129 observaciones.
– ¿A raíz de esas observaciones se generó algún otro cambio?
– Son muy variadas. Se tomó en consideración, por ejemplo, hacer un apartado de definiciones que no contiene la canasta básica hoy en día, sobre todo, qué se entiende por preparado, que si bien se traía de las definiciones que están hoy en día vigentes, generan muchísima confusión.
Nota: Esta información fue actualizada a las 6:15 p. m. con entrevista a Priscilla Piedra, de Hacienda.
Nota: En esta información se había consignado que Erick Jara es director de Investigación de Mercados del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) . Lo correcto es que es director de Investigaciones Económicas y de Mercados del Ministerio de Economía (MEIC). Se corrigió el 15 de marzo a las 3:15 p.m.