Las personas que paguen por una cita médica, una hospitalización o una cirugía en el sector privado enfrentarán un impuesto de 4% de Impuesto al Valor Agregado (IVA); no obstante, si pagan con un medio electrónico les devolverán el monto pagado.
De esta forma, si canceló una cita médica por ¢50.000, deberá pagar ¢2.000 del tributo, suma que se devolverá al cliente en un plazo máximo de 15 días, si la transacción la hizo por un medio electrónico.
La devolución del 4% de IVA se aplica a cualquier servicio de salud, puede ser una cita médica, una hospitalización o una cirugía. Así quedó en el último texto del proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, presentado el 18 de abril pasado a la Asamblea Legislativa.
Priscilla Piedra, directora general de Hacienda, explicó que el objetivo de esta medida es controlar los ingresos de los profesionales y centros médicos para un mejor cálculo del impuesto sobre la renta.
“El impuesto al valor agregado se autocontrola y también permite controlar el impuesto sobre la renta”, detalló Piedra.
Entre las autoridades hubo una discusión sobre si el tributo debería devolverse también cuando se tratara de una cirugía estética. Sin embargo, Carlos Vargas, director general de Tributación, explicó que no es fácil distinguir entre una cirugía estética y una reconstructiva por una necesidad física, como podría suceder en el caso de un cáncer de seno. Por ello, decidieron que la devolución se aplicará a todos los procedimientos.
Según el artículo 28 del proyecto, los servicios deben ser cancelados por medio de tarjeta de crédito, débito o cualquier otro sistema electrónico que autorice la Administración Tributaria. Vargas explicó que se podrá por medio de cualquier sistema electrónico, como Sinpe Móvil, por ejemplo, sistema que permite trasladar fondos con el celular y que es gratis hasta los ¢100.000 de transferencia.
Massimo Manzi, director de la Cámara Costarricense de Salud (Promed), comentó que la agrupación está de acuerdo con el sistema propuesto.
“Sobre el espíritu de esa devolución, como cámara entendemos cuál es la intención del Ministerio de Hacienda, de poder darle un seguimiento tributario, en eso no tenemos mayor problema”, comentó.
¿Y el turismo de salud?
No obstante, Manzi dijo que interpretan que, en el caso de extranjeros que vienen a tratarse a Costa Rica, no se les debería cobrar el impuesto porque es una exportación de servicios de salud y el plan no grava las exportaciones de bienes y servicios.
“Interpretamos que cuando un paciente viene a recibir una cirugía y regresa a su país, siendo un no residente, siempre estamos frente a una situación de exportación de servicios de salud como lo tipifica la Organización Mundial de Comercio, así que damos por un hecho que cuando se trate de turismo médico, en ese caso, los servicios serían exonerados”, comentó Manzi.
No obstante, Vargas explicó que como el servicio se consume en Costa Rica, entonces el tributo sí aplicaría a extranjeros.
El viceministro de la Presidencia, Luis Paulino Mora, añadió que el banco extranjero sería el que tendría que hacerle la devolución al paciente foráneo.
Andrés Castillo, presidente del Colegio de Médicos, también manifestó que en sta agrupación están de acuerdo con el mecanismo de que se devuelva al usuario el impuesto pagado para no encarecer los costos de atención.
Vargas explicó que la idea es hacer la devolución a la misma cuenta de la persona, sin que esta tenga que hacer ninguna gestión.
Costo de los hospitales
El mecanismo propuesto podría implicar mayores costos para las empresas de salud porque estas tendrían que pagar el 13% de IVA sobre otros bienes y servicios que utilicen, pero al final solo podrán acreditar el 4%.
Bien o servicio de salud | Impuesto al valor agregado |
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Servicios de salud (citas, hospitalización, cirugías). | Paga IVA del 4%, pero se devuelve si la cancelación es por una vía electrónica. Si paga en efectivo, no se devuelve. |
Los medicamentos, los reactivos, maquinaria y equipos necesarios para la producción de medicamentos para la aplicación terapéutica en personas. | Paga IVA del 4% y no se devuelve. |
Sillas de ruedas y similares; equipo ortopédico y prótesis en general, así como toda clase de equipo usado por personas con problemas auditivos. Además, el equipo para programas de rehabilitación y educación especial, incluidas las ayudas técnicas y los servicios de apoyo para personas con discapacidad. | Exento. |
Fuentes: proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y Priscilla Piedra, directora general de Hacienda. |
Según el proyecto, algunos insumos que utilizan los hospitales estarían exentos del tributo, como por ejemplo equipo ortopédico. Pero aún así, muchos otros sí tendrían que pagar la tarifa del 13%.
Consultado sobre si esto podría implicar un aumento en el precio final de los servicios, Manzi contestó que la preocupación principal ha sido no afectar el acceso a la salud privada.
“Las mismas autoridades tributarias planteaban esa situación para sensibilizarnos a aceptar algún tipo de impuesto, la posición del sector y de los hospitales, si bien es cierto son negocios en salud, la preocupación en cuanto al tema del IVA no ha sido una preocupación al negocio como tal, sino una preocupación al acceso a la salud de parte los pacientes”, comentó Manzi.