San José.
El Gobierno de México solicitó, formalmente, la apertura de un proceso contra Costa Rica ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) por las restricciones a la importación de aguacate Hass desde ese país.
La Secretaría de Economía informó por medio de un comunicado, este miércoles 8 de marzo, el inicio de un proceso para llegar a una solución mutua a las limitaciones dictadas por Costa Rica desde mayo del 2015.
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"La presente controversia tiene su origen en las restricciones que impuso Costa Rica al aguacate mexicano después de más de dos décadas de comercio ininterrumpido con México, por la supuesta presencia del viroide de la mancha del sol del aguacate, lo cual ha impedido la exportación del aguacate mexicano a ese país y ha privado a los consumidores costarricenses de un producto de alta calidad", informó la institución mexicana.
El comunicado resalta que Costa Rica no se apegó a derecho ni acuerdos comerciales, pues la restricción no se basó en principios científicos.
"México considera que la restricción impuesta por Costa Rica no está justificada técnica ni científicamente y, por ello, es contraria a los principios fundamentales de la OMC, reflejados en el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias", argumentó la Secretaría de Economía de México.
De acuerdo con las reglas de la OMC, Costa Rica cuenta con 10 días para dar respuesta a la solicitud de México y con 30 días para celebrar las consultas.
En caso de no alcanzar una solución mutuamente satisfactoria, México podrá solicitar el establecimiento de un panel ante la propia OMC, el cual deberá determinar la legalidad de las medidas adoptadas por Costa Rica.
En el comunicado, México insiste en que ha tratado de resolver esta controversia con Costa Rica, en distintos foros, sin éxito.
"Cabe señalar que México ha mantenido discusiones, desde hace aproximadamente dos años, a nivel técnico con Costa Rica en diversos foros, incluyendo el Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC. Desafortunadamente, estas discusiones no permitieron que Costa Rica eliminara las restricciones sanitarias impuestas a la importación de aguacate mexicano, por lo que el gobierno de México decidió iniciar un procedimiento formal de solución de diferencias ante ese Organismo", indicó este país norteamericano.
Alexánder Mora, jerarca del Ministerio de Comercio Exterior (Comex), confirmó que Costa Rica mantendrá la restricción a la importación de aguacate Hass, pese a la apertura formal de la denuncia presentada por México ante la OMC.
"El ministro (Luis Felipe) Arauz me confirmó que la decisión de tomar medidas para proteger al país del viroide mancha del sol es una decisión que no se va a revertir. Es una decisión importante para garantizar la calidad del aguacate local", explicó Mora.
El jerarca afirmó que el proceso de defensa ante la OMC lo llevará Comex, pero en coordinación con el Ministerio de Agricultura y Ganadería.
Asimismo, Mora espera que el Servicio Fitosanitario del Estado, entidad que impuso la restricción a la importanción del aguacate Hass, asuma el costo del proceso legal ante la OMC.
El funcionario recalcó que Comex no presupuestó, para este año, recursos para financiar la defensa de Costa Rica ante este foro multilateral.
Paso a paso del proceso.
Hace un año, en marzo del 2016, Mora, manifestó a La Nación que Costa Rica ya se estaba preparando para atender un posible diferendo en la OMC.
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En ese momento indicó que el Comex había calculado el costo del proceso de resolución de diferencias en alrededor de $600.000 (¢340 millones al tipo de cambio actual).
La etapa de consultas en la OMC permite a los miembros de este organismo resolver disputas en el campo comercial, por medio del diálogo, antes de iniciar un proceso de resolución de conflictos más complejo.
El proceso comienza con la presentación ante la Organización de una carta donde el país que se siente afectado explica los detalles del litigio y pide el inicio del proceso de consultas. La contraparte, en este caso Costa Rica, tiene 10 días para responder.
Durante las consultas celebradas de conformidad con las disposiciones de un acuerdo de consulta, los miembros deberán tratar de llegar a una solución satisfactoria de la cuestión, antes de recurrir a otras medidas previstas en el entendimiento de resolución de diferencias.
Las consultas serán confidenciales y si no permiten resolver la diferencia, en un plazo de 60 días contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud de celebración de consultas, la parte reclamante podrá pedir que se establezca un grupo especial.
Este panel tiene que integrarse en un plazo de 20 días y consiste de tres expertos, nominados por los países, y su tarea es analizar el pedido de grupo especial y examinar todas las medidas invocadas y presentar un informe.
El panel no puede ser integrado por personas de los países envueltos en la disputa y los nombres deben ser acordados por consenso entre las partes. Esta etapa tiene seis meses de tiempo para emitir un informe aunque podría ser más amplio dependiendo de la complejidad del caso.
Después del fallo de expertos se pide el cumplimiento rápido de la resolución, retirando o modificando la medida cuestionada. Eso sí, este veredicto puede ser apelado si alguna de los países en disputa no está satisfecho.
Nota del editor: Esta información se actualizó a las 3:00 p. m. con declaraciones del ministro de Comercio Exterior de Costa Rica, Alexánder Mora.