Desde el pasado 1°. de enero, cuando usted paga con tarjeta de crédito o débito el proceso debería ser así: toma su tarjeta y la acerca o la inserta en el datáfono, el cual debe estar accesible; nadie le debe pedir la tarjeta para pasarla.
Al aproximarse al datáfono, usted debería poder ver el monto a cancelar y una vez que el plástico es aceptado, le debería llegar la notificación electrónica en menos de un minuto.
También recuerde que si la compra es menor a ¢30.000, entonces no le deberían entregar un váucher impreso, a menos que usted lo solicite.
Estas disposiciones están contenidas en el Reglamento del Sistema de Tarjetas de Pago, que entró en vigencia el 24 de noviembre del 2020, pero que para algunas medidas estableció plazos específicos, como el 1.º de enero del 2021.
En ese mismo reglamento se establecen las comisiones máximas que podrán ser cobradas por los proveedores del sistema de tarjetas a los comercios.
Contiene también elementos para desarrollar la eficiencia y seguridad del sistema de tarjetas y garantizar el menor costo posible para los afiliados.
El Reglamento está basado en la Ley de Comisiones Máximas del Sistema de Tarjetas (Ley 9831).
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Carlos Melegatti, director de la División de Sistemas de Pago del Banco Central, explicó que los cambios procuran hacer el sistema de pagos con tarjeta más eficiente, más ecológico, quitarle los costos que hoy tiene la generación de un váucher y es más seguro porque el cliente no tiene que entregar la tarjeta, lo cual también contribuye en la lucha contra el coronavirus.
Las nuevas disposiciones
El artículo 16 del nuevo reglamento dispone que para toda transacción de pago realizada dentro del territorio nacional, se entregará el comprobante impreso de dicha transacción, únicamente a solicitud del cliente.
A partir del 1°. de enero del 2021, esa regla entró en vigencia para pagos rápidos, que son las compras menores a ¢30.000, y a partir del 1°. de julio del 2021, lo será para las compras superiores a dicho monto.
Los artículos 18 y 19 del Reglamento establecen que los emisores nacionales deben notificar electrónicamente a sus clientes, en menos de un minuto, todas las transacciones de pago ya sean estas iniciadas en redes propias o de terceros, lo cual se debía aplicar a más tardar el 31 de diciembre pasado.
Esa notificación se envía al correo electrónico del cliente, o por medio de cualquier otro canal previamente acordado entre las partes.
El artículo 28 del Reglamento indica que el cliente debe tener acceso al datáfono observar el monto a cobrar.
“El afiliado debe asegurarse de tener la infraestructura adecuada en el punto de venta, de modo que el adquirente pueda instalar el POS (la terminal de punto de venta) de forma que se mantenga fácilmente accesible para el cliente (al alcance de su mano), ubicado en el mismo lugar en donde recibe el bien o servicio, con el propósito de que dicho cliente pueda realizar la operación de pago por sí mismo, utilizando la funcionalidad de pago sin contacto, sin desprenderse de su dispositivo de pago”, indica textualmente el artículo.
No todo se cumple
Quienes lean esta información posiblemente se estarán preguntando si se están cumpliendo todas las nuevas disposiciones. En realidad, no.
Todos estos cambios implican desarrollos informáticos para los bancos y no es sencillo implementarlos. La Nación consultó a algunas entidades financieras y a la Cámara de Comercio sobre la capacitación a los cajeros, pues no todos saben de los cambios, y al Banco Central sobre posibles sanciones por incumplimiento.
Omar Jiménez, gerente de Comercios Afiliados y Pymes de BAC Credomatic, indicó que las regulaciones han sido implementadas y que los comercios han ido estableciendo los cambios, pero señaló que como todo cambio y en especial, cuando se trata de un hábito de tantos años, toma tiempo su implementación.
“Los comercios han hecho un gran esfuerzo para poner al alcance de sus compradores los POS, y los compradores deben aceptar que el comprobante de compra (el váucher) le llegue a su correo, asegurarse de que la entidad emisora de su tarjeta tenga actualizado el mismo y no preocuparse porque no le exijan la firma como comprobante de ser los verdaderos dueños de la tarjeta involucrada en la transacción”, indicó Jiménez.
Jairo Mena, asesor económico de la Cámara de Comercio, explicó que hay comercios, especialmente grandes, que ya han concluido el proceso, que involucra la capacitación de los cajeros, pero admitó que otros están en ese camino.
“En muchos comercios este proceso inició, algunos de la mano con los mismos proveedores bancarios, algunos más independientemente. Pero todo esto pues sí inició; algunos ya terminaron su proceso de capacitación, otros todavía están en proceso, también considerando la gran cantidad de cajeros”, manifestó.
Mena indicó que los comercios pequeños no solo están más limitados en cuanto a acceso a la información y lo que está pasando en el ámbito legal, sino que también tienen más restricciones para ofrecer entrenamiento a su personal para que se adapte a las nuevas medidas.
Consultado sobre ¿qué pasa si un comercio incumple?, Melegatti dijo que tienen un área de vigilancia en la cual funcionarios del Banco Central están monitoreando ese tipo de cosas.
“Claro, es un proceso, los bancos se están preparando para eso, estamos hablando que son notificar cientos de millones de transacciones, entonces algunos bancos han tenido que cambiar toda su infraestructura de notificaciones”, aseveró.