Un panel de expertos de la Organización Mundial del Comercio (OMC) dio la razón a Costa Rica en el proceso de demanda que impugnó ante el Estado de Panamá por las trabas, principalmente, al comercio de la leche, con un llamado a consultas entre las dos naciones.
Según lo dispuesto en el artículo 19.1 del Entendimiento sobre Solución de Diferencias, el Grupo Especial recomienda que Panamá ponga sus medidas en conformidad con las obligaciones que le corresponden en virtud del Acuerdo de medidas sanitarias y fitosanitarias.
Panamá impuso restricciones a 10 productos costarricenses desde 2019. Ante la falta de respuesta de las autoridades panameñas, Costa Rica solicitó en agosto de 2021 la creación de un grupo especial ante el Órgano de Solución de Diferencias (OSD) de la OMC.
Desde enero de 2019, Panamá comenzó a restringir la entrada de piña fresca, y en octubre del mismo año amplió las trabas al banano y el plátano, alegando motivos fitosanitarios. En febrero de 2020, añadió restricciones a las fresas por razones similares.
En junio de 2020, la lista se amplió cuando Panamá no renovó los permisos sanitarios para plantas procesadoras de productos lácteos, cárnicos de origen bovino y porcino, embutidos de origen bovino, porcino y avícola, alimentos para peces y mascotas (perros), entre otros.
Costa Rica argumentó que todas las medidas se implementaron sin previo aviso y que no recibió respuesta a las solicitudes bilaterales enviadas entre febrero de 2019 y noviembre de 2020.
El grupo especial del OSD, presidido por el chileno Mario Matus, se constituyó oficialmente en enero de 2022. En junio de 2023, informó que el inicio de sus labores se retrasó por la falta de personal hispanohablante.
Según la normativa, el análisis y el informe definitivo deberían emitirse en un plazo de seis meses, o en su defecto, debe informar sobre las razones del retraso. Sin embargo, la OMC comunicó el 16 de octubre de 2023 que esperaba emitir el informe final a finales del tercer trimestre de 2024.
El fallo, publicado este jueves 5 de diciembre, consta de 392 páginas. En sus conclusiones, aplica el principio de economía procesal y respalda los alegatos de Costa Rica sobre las restricciones impuestas a la exportación de fresas, productos lácteos y cárnicos, piña, plátano y banano.
El plazo para que Panamá acate el fallo comenzará a correr una vez que sea aprobado por la instancia correspondiente de la OMC. Según el Comex, esta aprobación debería darse entre 20 y 60 días después de la distribución del informe a los países miembros, realizada el 5 de diciembre, salvo que Panamá decida apelar. Una vez aprobado el informe, las medidas deben ajustarse de forma inmediata.
Alberto Trejos, especialista en comercio internacional, señaló que cada país tiene la potestad de decidir si apela o no un fallo de la OMC. Además, explicó que el Órgano de Apelación del organismo no está funcionando a plena capacidad debido a la existencia de varias vacantes, y algunos países han estado retrasando el proceso para llenarlas.
Exportaciones lácteas eran de $35 millones
El sector lácteo exportaba en promedio $35 millones anuales a Panamá, confirmó a La Nación la Cámara Nacional de Productores de Leche.
Ivannia Quesada, presidenta de la Cámara, afirmó que el fallo permitirá restablecer el comercio con Panamá, una relación que se remonta a varias décadas. “Este resultado fortalece el mercado centroamericano, el más importante para los lácteos”, expresó la gremial en un comunicado.
Abel Chaves, presidente de la Cámara Nacional de Productores y Exportadores de Piña (Canapep), expresó que valió la pena la demora del fallo. “Es como un regalo de navidad”. Apuntó que el mercado panameño es de interés para subproductos de la piña, porque Panamá produce la fruta fresca.
El ministro de Comercio Exterior, Manuel Tovar, destacó que la OMC determinó que las medidas panameñas contravenían las disposiciones del organismo. “Costa Rica está satisfecha con el fallo y confiamos en que Panamá responderá positivamente, fortaleciendo así las relaciones comerciales entre ambos países”, señaló.
Según datos del Ministerio de Comercio Exterior (Comex), en 2023 las exportaciones a Panamá alcanzaron los $607,6 millones, impulsadas principalmente por preparaciones alimenticias, medicamentos, alimentos para animales, productos plásticos, panadería fina, bebidas no alcohólicas y pinturas, entre otros.
En Panamá, los productores instaron al gobierno a apelar el fallo. “Panamá cuenta con suficientes argumentos para demostrar que las restricciones eran adecuadas”, declaró al diario La Prensa del vecino país, Alicia Jiménez, presidenta de la Federación de Cámaras de Comercio, Industrias y Agricultura (Fedecamaras).
William Cardoza, asesor en comercio exterior de la Cámara Nacional de Agricultura y Agroindustria (CNAA), subrayó que el sector lácteo fue el más afectado por el cierre del mercado panameño. “El fallo confirma la validez de los reclamos de los exportadores afectados por las restricciones panameñas”, aseguró.
La Cámara Nacional de Avicultores de Costa Rica (Canavi) destacó que el fallo del panel de la OMC confirmó la falta de fundamento técnico y científico en las medidas impuestas por Panamá, las cuales afectaron las normas internacionales de comercio entre ambos países.
“Consideramos que este fallo representa una oportunidad para restablecer el comercio con una nación hermana y esperamos que su acatamiento por parte de las autoridades panameñas contribuya a profundizar los lazos de cooperación entre ambos países”, expresó Antonio Echeverría Musmanni, presidente de Canavi, en un comunicado de prensa.
