Un total de 21 de los 30 miembros de las juntas directivas de las subsidiarias del Banco Popular incumplen los criterios individuales de idoneidad establecidos para ocupar sus puestos.
Así se detalla en el oficio SGF-0336-2024, del cual tiene copia La Nación, que Rocío Aguilar Montoya, jerarca de la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef), remitió a Jorge Eduardo Sánchez Sibaja, presidente del banco público.
En dicho documento, con fecha del 2 de febrero pasado, se otorgan 15 días hábiles a partir de la notificación para el envío de las acciones que tomará la institución para corregir las debilidades en los órganos de dirección de Popular Pensiones, Popular Valores, Popular Seguros y Popular Sociedad de Fondos de Inversión.
El oficio, catalogado como confidencial, es una respuesta a la auditoría externa realizada por KPMG, que revisó la idoneidad de los miembros de los órganos de dirección y la alta gerencia del Conglomerado Financiero Banco Popular y de Desarrollo Comunal.
“Se informa que a partir de los resultados obtenidos en la evaluación de la idoneidad individual y conjunta de las Juntas Directivas de las subsidiarias del conglomerado, se identifican elementos de falta de idoneidad en 21 de los directores designados, lo que representa un incumplimiento al marco regulatorio”, se consigna en el documento enviado por Sugef.
Aguilar Montoya enfatizó en la carta que corresponderá a la directiva del Banco, como máximo órgano del conglomerado, adoptar las acciones correspondientes de nombramiento o remoción de los directores, respetando el debido proceso.
En las cuatro directivas de las subsidiarias del conglomerado financiero participan miembros de la Junta del banco, así como directores independientes.
La Superintendencia respondió a las preguntas enviadas por La Nación que tiene prohibición legal para revelar información relacionada con los documentos, informes u operaciones de las entidades fiscalizadas. Por tanto, indicaron que “no es posible abordar específicamente los aspectos señalados en la consulta”.
A la Superintendencia se le consultó sobre los riesgos en el conglomerado financiero al designar una mayoría de los directivos sin cumplir los requisitos de idoneidad y si las debilidades eran subsanables.
La Junta Directiva Nacional del Banco Popular informó a La Nación de que el oficio enviado por la entidad fiscalizadora se conoció en la sesión de Junta 6.077, celebrada este martes 6 de febrero, y se dio por recibido.
“La Junta Directiva Nacional (...) acordó de forma inmediata y por unanimidad proceder dentro del plazo estipulado por la Superintendencia a elaborar las acciones que se adoptarán para subsanar las debilidades detectadas”, se detalló por escrito.
Además, se agregó que trabajan en un proceso de solución de brechas en temas de idoneidad, e incluso lo relativo a procesos de remoción de miembros de las Juntas Directivas de subsidiarias en los que se encuentren aspectos que no sean subsanables.
“Como se ha insistido, los señores miembros son idóneos, ya que la misma norma (sobre idoneidad) permite subsanar eventuales brechas”, se explicó en referencia a los miembros de la Junta Directiva Nacional que son parte de los órganos de las subsidiarias.
En una publicación hecha el miércoles pasado, La Nación reveló una primera parte de los resultados de la auditoría Reporte de Evaluación de idoneidad de Juntas Directivas, sus miembros y Altas Gerencias 2023, a cargo de KPMG, aplicada al Banco Popular y las subsidiarias.
La evaluación concluyó que Jorge Eduardo Sánchez Sibaja, actual presidente de la Directiva de la entidad bancaria, y quien fue elegido por el Gobierno como representante estatal, incumple el requisito de experiencia para ejercer el cargo. Lo mismo ocurre con la directora María Clemencia Palomo Leitón, también nombrada por el Poder Ejecutivo.
El estudio de idoneidad fue elaborado en noviembre pasado y conocido por la Junta Directiva del Banco Popular, el 19 de diciembre, durante la sesión N.° 6071. Los resultados se enviaron al día siguiente a la Sugef y al Consejo de Gobierno.
La institución financiera contrató a KPMG para evaluar los atestados y cumplir con la nueva normativa sobre idoneidad, que entró en vigor en enero del 2023, tras una orden emitida por la Superintendencia en el oficio SGF-1833-2023.
El Banco Popular es una de las cuatro entidades bancarias catalogadas como sistémicas por Sugef. Esto quiere decir que tiene el poder de impactar todo el sistema financiero y la economía del país si, en un eventual escenario, sufriera un deterioro en su funcionamiento o cayera en insolvencia. Las otras entidades con dicho peso son el Banco Nacional, BAC Credomatic y el Banco de Costa Rica.
Criterios revisados
KPMG es una firma global de servicios profesionales que ofrece auditoría, impuestos y servicios de asesoría a empresas y organizaciones en todo el mundo. Es una de las llamadas “cuatro grandes” (Big Four) firmas de contabilidad y consultoría. La contratación de la firma auditora fue aprobada por el Banco, el 16 de agosto del año pasado.
En el oficio de la Sugef se describe que la auditoría externa desarrolló una revisión de los requisitos de cada director, de manera individual, incluyendo dedicación de tiempo, honestidad e integridad, experiencia, formación académica y conocimientos para cada uno de los 30 miembros de los órganos de dirección de las subsidiarias.
En los análisis de las cuatro juntas directivas, varios de sus miembros no pudieron superar una o varias variables a la vez.
Sin embargo, en el documento de la Superintendencia no se detallan los nombres de las personas que incumplieron los criterios mínimos de idoneidad, ni de los cinco directores que sí superaron toda la evaluación.
Para efectuar la evaluación de los atestados de los directores, se usaron los parámetros dictados por el Reglamento sobre idoneidad y desempeño de los miembros del órgano de dirección y de la alta gerencia de entidades supervisadas, aprobado por el Consejo Nacional de Supervisión de Sistema Financiero (Conassif) y que rige desde enero del 2023.
De acuerdo con la norma, el incumplimiento de algunos de los criterio de idoneidad podría incluso ser causal para remover al directivo, como por ejemplo en caso de hallarse sentencias condenatorias por incumplimientos de deberes, legitimación de capitales, fraude o administración fraudulenta, además de procesos legales pendientes, morosidad en entidades financieras o impagos a la seguridad social.
La verificación del cumplimiento debe hacerse antes de proceder con el nombramiento, pero si alguno de estos elementos ocurriera o se detecta después de la designación de la persona, el reglamento dicta que ésta deja de ser idónea y se debe remover del puesto después de un proceso administrativo.
La Junta Directiva Nacional del conglomerado enfatizó en que la mayoría de los directores de las subsidiarias fueron nombrados antes de la entrada en vigor del reglamento aprobado por el Conassif. “En esta materia, debe respetarse también el debido proceso en todos sus ámbitos”, se apuntó.
En Popular Pensiones se dio la mayor cantidad de requisitos individuales vulnerados por los directivos: cinco de los seis miembros del directorio no superaron el criterio de dedicación de tiempo, tres incumplieron el de honestidad e integridad, y otros tres el de experiencia
Esta subsidiaria es la mayor operadora de pensiones complementarias (OPC) de Costa Rica. A enero anterior, administraba recursos por ¢4.345.048 millones propiedad de más de 1,7 millones de personas del régimen obligatorio de pensiones (ROP), según datos de la Superintendencia de Pensiones (Supén).
Popular Valores fue otra de las subsidiarias en la que sus directivos incumplieron nueve criterios de idoneidad. Sus cinco miembros, por ejemplo, no superaron el criterio de dedicación de tiempo para ejercer el cargo, según se muestra en el oficio de Sugef.
Según la normativa de supervisión, al momento del nombramiento, la persona debe ser informada del tiempo necesario para ejercer el cargo y, por escrito, quien asuma el puesto de director debe confirmar el compromiso del desarrollo de sus funciones.
La Sugef también concluyó que Popular Valores fue la única subsidiaria de la entidad bancaria que, a nivel conjunto, quebrantó el criterio de independencia porque no se muestra la nominación de dos directores independientes para la directiva.
Las reglas de idoneidad establecidas por el Conassif y el Manual para la regulación, aplicación y valoración de la idoneidad y desempeño de los Órganos de Dirección y Alta Gerencia del Conglomerado Financiero del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, aprobado por la propia institución bancaria el año pasado, ordenan la revisión de requisitos de manera individual y en conjunto en las directivas.
Desde una perspectiva grupal, se indica que cada junta debe estar integrada por personas con un equilibrio de conocimiento, experiencia y calificaciones acordes con el tamaño de la entidad, la complejidad de sus operaciones, el mercado en el que opera y su naturaleza jurídica.
Dicha especificación implica, por ejemplo, que en el órgano de dirección de la sociedad administradora de fondos de inversión se nombre a una persona con experiencia comprobada en esta industria y preparación académica en finanzas o economía.
El objetivo de contar con miembros de diferente formación es “promover la diversidad de opiniones”, según el manual de la entidad pública, mientras que las reglas dictadas por el Conassif explican que la evaluación de la junta busca un equilibrio en habilidades, competencias y conocimientos en cada uno de estos cuerpos colegiados.
La evaluación individual es más específica, primero porque se deben cumplir los requisitos dictados en la ley del Banco Popular: ser costarricense, ciudadano en ejercicio y una persona de reconocida honestidad. Además de criterios de formación académica, experiencia comprobada, integridad, dedicación de tiempo, así como gestión y prevención de los conflictos de interés.
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