San José
El Banco Central le devuelve a los bancos comerciales la flexibilidad para administrar sus divisas y su riesgo cambiario con la nueva normativa que puso en consulta el 26 de abril pasado, y que sustituye la que emitió en diciembre.
En diciembre pasado la entidad publicó una normativa que obliga a los intermediarios financieros a cumplir una nueva regla, en un plazo máximo de dos años. La regla es: la posición propia autorizada en dólares (los activos en dólares menos los pasivos en dólares) como proporción del patrimonio total, debe ser igual al activo en dólares como proporción del activo total.
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Al anunciar la medida, la autoridad monetaria justificó que el margen que tenían los bancos para manejar estas relaciones ha generado comportamientos riesgosos de parte de los intermediarios y que influyen sobre el tipo de cambio.
La decisión causó revuelo entre las entidades, pues algunas deben vender o comprar grandes cantidades de dólares, o subir o bajar sus préstamos en dólares en forma significativa, para cumplir con la regla.
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Posición estructural y de negociación.
El 27 de abril pasado la entidad anuncio el envío a consulta de una nueva normativa que elimina la regla y armoniza las nuevas modificaciones con dos propuestas que la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) sometió a consulta, que son: el Reglamento sobre la Administración del Riesgo de Mercado, de Tasas de Interés y de Tipos de Cambio (Acuerdo Sugef 23-17) y la modificación al Acuerdo Sugef 3-06 Reglamento sobre suficiencia patrimonial de entidades financieras.
El riesgo de mercado, explicó el superintendente general de Entidades Financieras, Javier Cascante, es el efecto que tiene la volatilidad de los fundamentales de la economía en la solvencia de un intermediario financiero en este caso particular, o de una empresa. Esos fundamentales pueden ser movimientos en el tipo de cambio, en tasas de interés, en inflación, entre otros, y pueden variar según la empresa y persona.
Para protegerse de esos riesgos se les pide a las entidades definir una posición (activos menos pasivos) estructural y otra que es la que puede usar para ir a transar al mercado, que se llama posición de negociación.
Cascante explicó estas dos posiciones son similares a los motivos que tienen las personas para demandar dinero, que son: el de precaución, el de transacción y el de especulación.
"La posición estructural es como el motivo precaución que usted siempre mantenía un capital, una serie de activos, para eventualidades y para proteger la riqueza de la casa, aquí es más o menos lo mismo, es como la precaución del banco para proteger su solvencia antes variaciones en el tipo de cambio", explicó Cascante en el caso del riesgo en este indicador.
"La posición de negociación es similar a los motivos transacción y especulación", añadió el Superintendente.
Según el jerarca, al definir estas posiciones el Banco Central va a conocer las porciones que tiene cada entidad para ir a transar al mercado cambiario y si una entidad quiere variar su posición estructural tiene que informarlo con anterioridad.
Por esta vía se enfrentaría la preocupación del Banco Central de que las entidades puedan usar sus patrimonios para influir en el tipo de cambio y beneficiar su suficiencia patrimonial, que es el capital base que tiene una entidad corregido por lo que se le requiere para protegerlo del riesgo.
El capital base incluye rubros como acciones, reservas legales o la utilidad acumulada.
Conforme más suficiencia tenga un banco, más puede prestar dinero al público.
Cambio en suficiencia patrimonial.
Otro de los cambios que trae la nueva normativa es que a la fórmula de suficiencia patrimonial se le introduce un requerimiento de riesgo por tipo de cambio, lo cual tiene implicaciones para las entidades.
Por ejemplo, si una entidad tiene sus activos igual a sus pasivos en dólares se pensaba que estaba protegida del riesgo cambiario porque ante un aumento en el tipo de cambio, por ejemplo, sus activos subían igual que sus pasivos; no obstante, explicó Cascante, aunque esto sea así, una variación en el tipo de cambio sí puede afectar su solvencia.
No obstante, con la nueva normativa, una entidad en esta situación requiere poner capital adicional para protegerse del riesgo cambiario.
"Lo que busca es que la suficiencia refleje correctamente la gestión del riesgo de tipo de cambio que está haciendo el banco", comentó Cascante.
Para el Superintendente, los principales beneficiados de esta nueva regulación serán los usuarios de los servicios de intermediación financiera (bancos, financieras, mutuales, entre otros).
"Cuando la regulación esté vigente, el sistema financiero costarricense dará otro paso decidido en aras de una mayor robustez en la administración de los riesgos", señaló el jerarca.
Observaciones a la espera.
Los grupos bancarios están elaborando sus observaciones a las normativas al Banco Central.
La Cámara de Bancos informó que elaboran su planteamiento. Adelantaron que hay una preocupación porque todavía se mantiene vigente la normativa del 22 de diciembre.
"Consideramos que no tiene ningún sentido obligar a las entidades a presentar una estrategia con un escenario que va a ser modificado por las normas que están en consulta", manifestó la directora de dicha Cámara, Anabelle Ortega.
La Cámara también pidió una visión integral y de conjunto dentro de las superintendencias, el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero y el Banco Central, a efecto de que antes de regular un tema, se evalúen todas las áreas. En la normativa del 22 de diciembre, el Banco Central no consultó a las autoridades reguladoras.
También se consultó a la Asociación Bancaria Costarricense, pero no fue posible tener respuesta.
Lorenzo Figliuoli, jefe de la misión del Fondo Monetario Internacional que recién presentó una evaluación sobre nuestro país, vio con buenos ojos la normativa en consulta, pues considera que está acorde con los lineamientos de Basilea III, que es un conjunto de reformas que se utiliza internacionalmente para fortalecer la regulación, supervisión y gestión de riesgos del sector bancario.
El presidente del Banco Central, Olivier Castro, manifestó que la Junta Directiva verá el tema una vez que el equipo técnico recopile las observaciones. Por el momento, la Junta no puede sesionar porque el Consejo de Gobierno no ha nombrado a un directivo al cual se le venció el periodo.