El Banco Central fijó en 2,50% sobre el valor de la venta, la comisión máxima que pagan los comercios a las entidades adquirentes que les suministran el datáfono, y toda la red para aceptar pagos con tarjeta.
Para estaciones de servicio, organizaciones de beneficencia, servicios de transporte regulados por la Aresep y peajes este tipo de comisión −llamada de adquirencia−, será de máximo 1,50%.
Así se establece en la primera fijación de tasas máximas de adquirencia y de intercambio para tarjetas de pago, así como el reglamento que normará esa actividad, publicado este 24 de setiembre en el diario oficial La Gaceta y el sitio web del Banco Central.
Según un comunicado, difundido la madrugada de este 24 de setiembre, esta comisión porcentual debe incluir todos los cobros acordados en la relación comercial entre el adquirente y el comercio, incluidos los pagos netos, descuentos, incentivos o cualquier otro cargo efectuado por el adquirente al comercio y que esté directamente relacionado con la prestación del servicio de adquirencia.
Además de la tasa, el Banco definió un cobro máximo de ¢20.000 por el costo de la terminal de punto de venta y de la tecnología de comunicación requeridos para operar dicho dispositivo.
Jairo Mena, asesor económico de la Cámara de Comercio, consideró que la medida es beneficiosa, especialmente para los pequeños negocios.
Mena explicó que el 75% del parque empresarial son microempresas y el 98% son micro, pequeñas y medianas empresas, por lo que esta disminución beneficiará, principalmente, a estos negocios que actualmente enfrentan más complicaciones para poder colocar un datáfono como parte de su operación, por los altos costos que esto representa.
Citó como ejemplo que para un negocio que factura por medio de pago con tarjetas de débito o crédito un monto de ¢10.000.000 mensuales, en el escenario anterior podía tener que desembolsar inclusive hasta ¢1.000.000 por comisión.
Con el nuevo ajuste establecido por este reglamento, lo que tendrá que pagar este negocio, como máximo, serán ¢250.000; un ahorro de ¢750.000 (75%) de este costo.
Costos elevados
La fijación de las tasas máximas y la promulgación del reglamento se realizan en atención a lo dispuesto en la Ley Comisiones Máximas del Sistema de Tarjetas, Ley 9831, del 21 de marzo de 2020.
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Dicha ley establece que el Banco Central deberá determinar las comisiones máximas de intercambio que podrán cobrar los emisores, así como las comisiones máximas de adquirencia y límites máximos a otras comisiones y cargos que establezcan los proveedores de servicio por el uso de los dispositivos de pago.
El objetivo de esta tarifa es promover la eficiencia y seguridad del sistema de tarjetas y garantizar el menor costo posible para los afiliados.
Antes de esta legislación estas comisiones se habían definido por un acuerdo entre bancos y eran, generalmente, de 1% para gasolineras, 2% para supermercados y 4% para el resto de comercios; no obstante, según la Cámara de Comercio, en algunos casos eran incluso más altas.
El Banco también definió en un máximo de 2% la comisión de intercambio, que es la que cobra el emisor de la tarjeta al adquirente sobre el monto de la operación de pago realizada por el cliente, con los dispositivos de pago entregados por el emisor, excepto para estaciones de servicio.
En este caso la excepción son las organizaciones de beneficencia, servicios de transporte regulados por la Aresep y peajes donde se aplicará una comisión máxima de intercambio de 1,00%.
Según la Ley 9831, las comisiones establecidas por el Banco Central para el sistema de tarjetas de pago entrarán a regir en dos meses contados a partir de este 24 de setiembre, día en que la información fue publicada en el diario oficial La Gaceta.
“En la fijación de comisiones máximas, el Banco Central buscó un adecuado balance entre oferentes y demandantes de los servicios del sistema de tarjetas de pago”, explicó Rodrigo Cubero, presidente del BCCR, por medio de un comunicado.
“Para ello, tomó en cuenta la evidencia internacional para países con características similares a Costa Rica, los costos y rentabilidad de proveedores de servicios y afiliados, y el objetivo de seguir profundizando el uso de medios electrónicos de pago”, añadió el Presidente.
El Banco Central de Costa Rica efectuará revisiones anuales a las comisiones máximas de intercambio y adquirencia, en línea con el mandato de la Ley 9831.
El objetivo es que las comisiones máximas converjan gradualmente a los niveles prevalecientes en el grupo de países comparables con Costa Rica que tienen regulación de tasas.
De acuerdo con la evidencia internacional, esos niveles se ubican alrededor de 1,25% para intercambio y 1,75% para adquirencia.
“Se vislumbra que este ajuste podría alcanzarse en un plazo de unos cuatro años, pero la magnitud y velocidad del ajuste dependerá en todo caso de la evolución del sistema de tarjetas de pago y las circunstancias prevalecientes”, indicó el Banco Central en el comunicado.
“Adicional a las comisiones máximas, el reglamento a la Ley 9831 le da forma al ecosistema de pagos sin contacto, mejora la experiencia de pago del cliente, define un conjunto de protecciones financieras y operativas para el tarjetahabiente", detalló Carlos Melegatti, director de la División Sistema de Pagos del Banco Central.
El funcionario agregó que las disposiciones delimitan responsabilidades para los diferentes actores que intervienen en la transacción de pago, crea las condiciones para que nuevos participantes ofrezcan servicios de valor agregado, y permite disponer de información para la toma de decisiones, entre otras ventajas.