Los contribuyentes que pertenecen al Régimen de Tributación Simplificada deben presentar la declaración D-105 sobre el impuesto al valor agregado (IVA) e impuesto sobre la renta del trimestre de enero, febrero y marzo de 2024.
Así lo establece el decreto N° 43881-H que establece este régimen tributario, que señala que el formulario y el pago correspondiente de los tributos se hace dentro de los primeros quince días naturales siguientes al término del trimestre. Sin embargo, debido a que el 15 de abril fue feriado, se trasladó la fecha al día siguiente.
El Régimen de Tributación Simplificada (RTS) constituye una opción de acceso voluntario para que los pequeños contribuyentes cumplan con los deberes tributarios en cuanto al impuesto sobre la renta y al IVA, de una forma sencilla, según establece el Ministerio de Hacienda.
Dunia Zamora, presidenta del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, explicó que, en este régimen, ambos impuestos se declaran juntos a través del sistema web de Administración Tributaria Virtual (ATV), por tratarse de un régimen de “fácil acceso”.
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Existen distintas formas de calcular el impuesto a pagar, lo que depende de la actividad económica del contribuyente. Según Zamora, existen cuatro formas distintas de contabilizar el tributo. En cada actividad, las personas deberán multiplicar sus ganancias por un factor de cálculo establecido por Hacienda, el cual varía. Además, deberán considerar otros aspectos según la actividad.
En primer lugar, está una regla general que abarca a la gran mayoría de actividades, como sodas, panaderías, viveros, fabricación de calzado, muebles, productos textiles, floristería, estudios fotográficos, dijo Zamora.
Estos deberán calcular los montos a pagar por renta e IVA multiplicando un factor que se indica por la suma de todas las compras del trimestre, sujetas o no al impuesto sobre el valor agregado e incluyendo el importe de este tributo, más lo pagado por mano de obra durante el trimestre.
Por ejemplo, los contribuyentes inscritos en el comercio minorista no deben incluir el monto pagado por mano de obra en el cálculo, y deberán clasificar sus compras según la tarifa del IVA que soportaron, ya sea al 13% o a tarifas reducidas.
Hacienda cuenta con un documento que define cuáles son las actividades permitidas en el RTS y las tarifas para el cálculo de los impuestos. Por ejemplo, los comercios minoristas, que incluyen bazares, pulperías, carnicerías, deben multiplicar la suma de todas las compras del trimestre por un 0,01 en renta, y por otro valor entre 0,00125 y 0,02 según la tarifa del IVA para ese tributo.
Zamora recordó que los obligados de este régimen deben llevar un control estricto de las compras que realicen para el desarrollo de sus actividades lucrativas. Dicho control lo podrán llevar en un libro de registro físico o digital y acompañado de los respectivos comprobantes de las compras realizadas.
Además, indicó que deben conservar los documentos de compras y salarios pagados para eventuales intervenciones fiscalizadoras de la Dirección General de Tributación. A su vez, los obligados tributarios inscritos en este régimen no están obligados a conservar comprobantes de gastos.
Las próximas declaraciones y pagos para estos dos impuestos serán en los meses de julio, octubre y enero de 2025.
Quienes incumplan con la omisión de la presentación de la declaración se exponen a una multa del 50% del salario base, lo que corresponde actualmente a ¢231.100.
Sin embargo, si la persona subsana la declaración tardía de forma voluntaria y realiza el pago al mismo tiempo, se le aplicará una reducción del 80% de la sanción del medio salario base, por lo que solamente deberá pagar ¢46.220. Si el usuario presenta solo la declaración, pero no realiza el pago en ese momento, la reducción podrá ser del 75%, es decir, pagaría ¢57.775.