Con la nueva Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas se acaba un periodo fiscal que Costa Rica mantuvo por muchos años y que estaba relacionado con las cosechas del café.
Ahora, con una economía basada en los servicios, el país abandonará el actual periodo que va del 1°. de octubre de un año, al 30 de setiembre del siguiente, y lo reemplazará por uno más moderno: del 1°. de enero al 31 de diciembre de un mismo año.
No obstante, para poder realizar esa transición habrá un periodo fiscal ordinario de 15 meses, que se iniciará el próximo 1°. de octubre del 2019 y terminará el 31 de diciembre del 2020.
Carla Coghi, socia de Impuestos y Legal de Deloitte, explicó que lo que cambia es el periodo fiscal ordinario, pero seguirán existiendo periodos fiscales especiales.
“El periodo fiscal que está cambiando a diciembre es el periodo fiscal ordinario, el que iba del 1°. de octubre al 30 de setiembre; los especiales se mantienen, pero hay que hacer un trámite ante Tributación porque siempre existe la posibilidad de que yo contribuyente solicite un periodo fiscal especial”, explicó Coghi.
Según Coghi, en el último borrador del impuesto sobre la renta para el periodo fiscal 2019, se determina la base imponible con base en las reglas con las cuales se inició ese periodo, aunque las modificaciones al tributo se inicien el 1°. de julio.
“De manera excepcional, la Administración Tributaria está facultada para establecer de oficio periodos especiales del impuesto, siempre y cuando esté debidamente justificado y no se perjudiquen los intereses fiscales; para tal efecto emitirá una resolución general que se publicará en el Diario Oficial”, señala el artículo 7 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta sometido a consulta.