El Ministerio de Hacienda no aplica las 78 exoneraciones al antiguo impuesto de ventas, pese a que la Procuraduría General de la República (PGR) concluyó que las exenciones están vigentes.
Así lo confirmó Juan Carlos Brenes, director de la División de Incentivos Fiscales de Hacienda, ante una consulta realizada por La Nación.
El funcionario explicó que la Asamblea Legislativa debe efectuar una interpretación auténtica de la Ley para el Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, pues así lo estableció el criterio de la PGR.
Brenes confirmó que el Ministerio hace una valoración, una a una, de las exenciones fiscales con base en los alcances Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, aprobada en el Congreso en diciembre del 2018.
“A la fecha, se sigue aplicando el reglamento vigente del IVA, con lo cual no se está exonerando lo no incluido en la Ley 9635, y se está cobrando este impuesto”, respondió Brenes.
La Procuraduría concluyó, el pasado 5 de julio en un oficio vinculante, que las exoneraciones del impuesto de ventas seguían vigentes, luego de la transformación del tributo en el impuesto sobre el valor agregado (IVA).
El IVA grava con un 13% la adquisición de bienes y servicios, mientras que en ventas solo lo hacía en artículos.
“No puede entenderse que las exenciones del mal llamado impuesto de ventas otorgadas mediante otras leyes hayan sido derogadas tácitamente”, argumentó la Procuraduría en su pronunciamiento.
LEA MÁS: Procuraduría mantiene exoneraciones de ventas
Rocío Aguilar, jerarca de Hacienda, fue quien hizo la consulta ante la PGR, en mayo pasado, sobre si seguían vigentes o no las exenciones del tributo de ventas debido a dudas legales en la entidad.
En específico se trata de un total de 78 exenciones fiscales, incluidas en diferentes leyes, para promover los autos eléctricos, el turismo, la agricultura, algunos centros de ayuda social, para importar taxis y microbuses, así como beneficios que tenían las instituciones públicas, entre otros.
El nuevo argumento de Hacienda se estableció pese a que, el pasado 10 de julio, la entidad publicó la lista de las instituciones que están exentas del pago del IVA. Así como el trámite para aplicar el beneficio impositivo.
En dicha lista se incluyen entidades como la Cruz Roja, el Instituto Costarricense de Turismo, mutuales, el Patronato Nacional de la Infancia, entre otros.
Los tributos que el Estado no percibe en impuestos, por estas exenciones, representan el 5,38% del producto interno bruto (PIB).
Reforma legal
El diputado socialcristiano Pablo Heriberto Abarca confirmó que , la próxima semana, presentará al resto de legisladores un proyecto de reforma a la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas en el cual se incluyan las exoneraciones del IVA.
Abarca explicó que no optó por la vía de una interpretación auténtica, por tratarse de muchos beneficios tributarios distribuidos en diferentes leyes a través de los años.
“Realizamos una revisión de las 78 exoneraciones, pues hay varias obsoletas”, destacó el legislador.
El legislador no detalló cuáles beneficios podrían extinguirse, pues están en el proceso de determinarlos.
Abarca subrayó que, en el espíritu de aprobación de la ley fiscal, nunca se expresó la voluntad de derogar las exenciones del impuesto de ventas.
Una vez concluido y pactado el proyecto con el resto de agrupaciones políticas, el socialcristiana espera que el Poder Ejecutivo lo convoque para las sesiones extraordinarias que se iniciaron en este mes de agosto.