El Ministerio de Hacienda confirmó que cuando se aplique la medida para garantizar el salario mínimo a los empleados públicos con problemas de sobreendeudamiento, ninguna entidad financiera tendrá prioridad en el cobro de deudas mediante la deducción automática.
”El orden se establece conforme a la solicitud de ingreso de entes deductores, bajo el precepto legal ‘primero en tiempo primero en derecho’”, detalló Mauricio Arroyo, subtesorero Nacional.
La Tesorería Nacional es la división encargada de efectuar las deducciones automáticas a 242.000 funcionarios públicos, a los cuales la entidad efectúa el pago salarial cada mes.
Los rebajos a favor de entidades financieras se efectúan fundamentados en leyes o mediante convenios especiales, detalló Arroyo.
Dos pronunciamientos de la Procuraduría General de la República (PGR), de abril pasado, ratificaron la posición de Hacienda de que ninguna entidad financiera tiene prioridad sobre otra en el cobro de deudas.
En el oficio C-113-2019, dado ante consultas del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (Infocoop), la PGR sostuvo que los únicos rebajos al salario que no pueden tocarse son las cargas sociales y las pensiones alimenticias.
“Actualmente, las cuotas de contribución, aporte, ahorro o pago de préstamos de cualquier cooperativa, no ostentan lugar prioritario en el orden de deducciones salariales”, explicó la Procuraduría al Infocoop.
Para José Eduardo Alvarado, gerente general de Coopenae, la deducción directa al salario de un trabajador es un mecanismo que beneficia al cliente, pues le garantiza el cumplimiento de sus obligaciones.
“Debe ser mejorado, organizando las prioridades de deducción bajo criterios como primero en tiempo, primero en derecho y tipo obligación, entre otras variables, y que su aplicación sea de forma gradual”, comentó Alvarado.
El banquero insistió en que limitar la deducción automática tendrá un efecto negativo tanto para la persona como para la entidad financiera.
“Nos afecta de forma directa e indirecta por el encadenamiento propio del sistema financiero: si una deducción no se aplica por salario mínimo y la persona no paga directamente en la entidad, se afecta su calificación como deudor y afecta sus posibilidades como sujeto de crédito en el sistema financiero nacional”, consideró Alvarado.
Para Maurilio Aguilar, director de Riesgo del Banco Popular, debe hacerse un adecuado análisis de riesgo del cliente para que situaciones como el límite a deducciones del salario no afecten ni a la persona, ni a la institución financiera.
“El hecho de que al cliente no se le rebajen las cuotas de sus préstamos de su salario no significa que el cliente no vaya a pagar, ya que al valorar el perfil de riesgo del cliente – al momento en el cual se le otorgó el crédito – los análisis mostraban su capacidad de pago, y el mecanismo de deducción no afecta ese perfil de riesgo”, afirmó Aguilar.
El vocero del Popular destacó que la gran mayoría de los clientes de la institución no cuentan con el sistema de deducción de planilla, por lo tanto el reforzamiento de la estrategia de cobro siempre es la prioridad.
En tanto, Allan Calderón, subgerente de Crédito y Riesgo del Banco Nacional, destacó que la medida impulsada por el Gobierno tendrá un impacto significativo para aquellas entidades que han otorgado créditos utilizando relaciones cuota frente a ingreso muy altas, amparados a que el pago se deduce del salario.
Calderón añadió que al efectuar rebajos automáticos solo a sus empleados, la medida no implicará un riesgo para el banco público.