El Ministerio de Hacienda quiere retomar el uso en puestos aduaneros de los precios de referencia, que son valores de productos importados que calcula la Dirección General de Aduanas, con ayuda de bases de datos, para luego compararlos con los que reportan los importadores.
La ministra de Hacienda, Rocío Aguilar, informó de que a partir del 30 de junio empezarán a operar con un conjunto de artículos a los cuales se les calculará precios de referencia.
Esta es una de las medidas que señaló la Ministra para aumentar la percepción de riesgo por el incumplimiento y ayudar a mejorar la recaudación de impuestos.
“Hicimos algunos cálculos rápidos, de servilleta como digo yo, y la posibilidad de recuperar o incrementar recaudación por eso en bien alta”, comentó Aguilar, semanas atrás, a La Nación.
Tiene dificultades, según expertos
No obstante, dos especialistas en derecho aduanero consultados explicaron que esos precios se aplicaron en Costa Rica en el pasado y luego se eliminaron porque atentaban contra las disposiciones del Acuerdo de Valoración de la Organización Mundial del Comercio (OMC), sistema al cual pertenece Costa Rica.
Los especialistas son Fernando Muñoz, experto en materia aduanera de Deloitte, y Jaime Morales, jefe de Aduanas y Comercio Exterior de Grant Thornton Costa Rica.
Morales explicó que estos precios se habían creado mediante el decreto ejecutivo número 36.582 del del 18 de mayo del 2011 con el Reglamento de Implementación de Valores de Referencia en Aduana con el objetivo de combatir la evasión fiscal por medio de herramientas que faciliten el control aduanero del valor de las mercancías y generar una base de datos con valores de referencia.
Sin embargo, añadió este especialista, la norma fue derogada mediante decreto ejecutivo 37.955 del 2 de setiembre del 2013, por considerar la Administración que estos valores de referencia atentaban, principalmente, contra las disposiciones del Acuerdo de Valoración de la OMC.
Morales detalló que el Acuerdo establece que el valor de transacción (precio pagado o por pagar), será la primera base para determinar ese valor en aduana, aplicando los ajustes que el mismo Acuerdo establece.
Si por las restricciones que se establecen en el Acuerdo, no se pudiese utilizar ese valor de transacción, se podrá recurrir a métodos secundarios de valoración, para lo cual se celebrarán consultas entre las dos partes, que les permita intercambiar información y utilizar, por ejemplo, el valor de mercancías idénticas o similares como referencia para valorarlas.
Por su parte, Muñoz explicó que la aplicación de esta herramienta también se eliminó porque presentó dificultades en la práctica.
Por ejemplo, si el valor de referencia resultaba menor al valor de transacción, el importador preferiría ajustarse al valor de referencia para pagar menos aranceles e impuestos de los que en realidad le corresponde cancelar al fisco.
Pero, si el valor de referencia resultaba mayor al valor de transacción, podría llevar a que los importadores pagaran más aranceles e impuestos locales a los que realmente correspondían. Esto sería una práctica confiscatoria.
Muñoz añadió que además la aplicación de valores de referencia podía poner en entredicho las facultades de control posterior (control aduanero) por parte de las autoridades aduaneras, pues ya al momento de la importación la misma Autoridad Aduanera habría fijado el valor de la mercancía.
Otra razón para eliminarla fue que la aplicación de estos precios implicaba para la Administración Aduanera actualización constante de bases de datos, lo cual técnicamente era una tarea difícil de realizar.
La Nación consultó a Gabriela Apuy, gerente Mercadeo de Jetbox y a Stephanie Vargas, directora de Box Correos, en Correos de Costa Rica, sobre esta iniciativa. Apuy señaló que no tenía conocimiento del proyecto, y Vargas que daría una respuesta por correo, pero al cierre de edición de la nota no se habían recibido.
También se consultó al Ministerio de Hacienda sobre la resolución, directriz o decreto que retoma la medida para conocer más detalle sobre los argumentos de esta cartera, pero hasta ahora no se ha recibido respuesta.
Para Morales, el tema de la subfacturación es uno de los mayores problemas que afronta el país y no se han encontrado las soluciones para combatirlo de manera eficiente, pues sigue siendo un desafío para el comercio internacional.
Añadió que los precios de referencia son una buena alternativa para que la Dirección de Riesgo haga sus análisis y focalice sus recursos donde identifique declaraciones con valores anormalmente bajos, pero deberán considerarse una serie de variables para que creen rangos de referencia, no un valor único, y que además sean móviles para que estos sean efectivos. El especialista consideró que el mecanismo es válido, pero no como la figura implementada en el 2011.