La Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas con toda su batería de reglamentos, resoluciones, decretos e interpretaciones se inicia, en su parte de impuestos, este 1.° de julio, en medio de dudas, con tareas pendientes y áreas por aclarar.
El nuevo impuesto al valor agregado (IVA) y los cambios en el impuesto sobre la renta buscan allegar más recursos al fisco, pero entran a regir cuando el país vive una desaceleración económica que mina la base sobre la cual se cobran los tributos.
Dicha ley también contiene cambios en las remuneraciones del sector público, los cuales rigen desde su publicación, el 4 de diciembre del 2018, y contiene una regla fiscal que se verá en la práctica en el presupuesto ordinario del 2020, que presentará el Ministerio de Hacienda a más tardar el 1.° de setiembre.
“Estamos frente a la mayor transformación tributaria que ha tenido el país en su historia”, resumió la ministra de Hacienda, Rocío Aguilar, el viernes 21 de junio, en una conferencia de prensa.
Dicha transformación se ha implementado en un plazo de siete meses, tras 15 años de discusión. El Ministerio de Hacienda, medios de comunicación, colegios profesionales y firmas privadas se han abocado a tratar de contestar la mayor cantidad de interrogantes, pero los casos y preguntas continúan aflorando.
“A diario nos están consultando sobre diversos temas. Podría ser falta de lectura de los diferentes tópicos que incluye la Ley 9635 o la forma en que se ha dispuesto de la información por parte de la Dirección General de Tributación. Pero lo cierto es que siento que el ciudadano normal tiende a confundirse”, comentó Ronald Artavia, presidente del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.
Artavia considera que julio va a ser un mes para que los contribuyentes se ajusten a la normativa, ya que el 15 de agosto se tendrá que presentar la primera declaración formal y el pago del impuesto que corresponda.
“Las dudas van a seguir y se tendrán que realizar los esfuerzos necesarios para que los contribuyentes efectivamente logren manejar el tema”, añadió el representante.
FUENTE: ELaborado por Natasha Cambronero y Patricia Leitón, con información de: Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, Reglamento de la Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) y consultas a la directora general de Hacienda, Priscilla Piedra y al viceministro de Hacienda, Nogui Acosta. DISEÑO/LA NACIÓN.
Tareas pendientes
Entre los temas que quedan por resolver destaca la respuesta de la Procuraduría General de la República a la consulta que realizó el Ministerio de Hacienda sobre si el IVA deroga o no el impuesto de ventas, pues si lo hace quedan eliminadas las exoneraciones del impuesto de ventas que no están señaladas en la título I de la nueva Ley.
Se trata de 78 exenciones del impuesto de ventas que están incluidas en diferentes leyes y que tocan a la agricultura, el turismo, los vehículos eléctricos, el tren eléctrico, las universidades estatales, la infraestructura educativa y varios centros de beneficencia o educativos, entre otros.
¿Qué pasa el lunes 1° de julio con estas exoneraciones? La ministra de Hacienda, Rocío Aguilar, informó el viernes 28 de junio, que los bienes que ya están facturados mantienen la exoneración, por ejemplo, un auto eléctrico que está en la aduana. Añadió que se estudiará cada caso.
“Los que no se encuentren en esa condición serán gravados con IVA, salvo interpretación diferente de la Procurdaría General de la República”, dijo Aguilar.
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Otra de las tareas pendientes es definir las plataformas digitales sobre las cuales se cobrará el IVA, tales como Netflix o Airbnb.
La última disposición del Ministerio de Hacienda en el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Agregado, publicado el 11 de junio en el alcance 129 del diario oficial La Gaceta, fue que un mes después de que Tributación suministre la lista de plataformas que estarán gravadas se comenzará a implementar el impuesto.
También los contribuyentes esperan los nuevos formularios para declarar el IVA y el impuesto sobre las ganancias y pérdidas del capital y las rentas del capital, entre otros.
El viceministro de Hacienda, Nogui Acosta, explicó que habrá tiempo hasta el 15 de agosto para realizar la primera presentación de la declaración del IVA y el formulario estará disponible en julio.
Otro tema pendiente, que señaló Carla Coghi, socia de impuestos y legal de Deloitte, es la resolución que aclare cómo van a declarar las sociedades inactivas, según se dispuso en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta.
Áreas por aclarar
Entre las áreas por aclarar se encuentran la fijación de las tarifas de algunos servicios públicos, como buses, taxis y combustibles, que están exentos al consumidor, pero las empresas que los producen o los brindan sí deben pagar el impuesto por sus bienes y servicios y por lo tanto afrontarán mayores costos, lo cual podría terminar incrementando las tarifas. Vea: nota aparte.
Otros temas que requerirán mayor aclaración, según Francisco Villalobos, exdirector de Tributación, son los factores que aplicarán otros vendedores de bienes usados que no están en la resolución que se publicó y los estudios que se requieren para modificar el IVA a nivel de fábrica.
La Dirección publicó una resolución, el martes 25 de junio, donde se detalla el factor para cuatro grupos de bienes usados: artículos electrónicos, herramientas manuales y eléctricas, electrodomésticos (línea blanca) y antigüedades.
Otra de las áreas donde, según Villalobos, se requiere mayor claridad es en el caso de la aplicación del IVA en fábrica o aduanas, que es una excepción de este tributo porque se cobra sobre algunos bienes y servicios en la aduana con base en una estimación de la ganancia y no sobre la cadena.
El abogado comentó que la legislación señala que se requiere un estudio a las empresas líderes del mercado; pero la Dirección General de Tributación informó de que se continuarán aplicando los mismos porcentajes del impuesto de ventas y a corto plazo se harán los cambios.