Finanzas

Ley fiscal trae nuevos deberes para los contribuyentes

Quienes alquilen inmuebles y escojan la opción de pagar el 15% del 85% del ingreso, deberán entregar declaración de renta mensual, y los profesionales liberales la declaración de IVA, el 15 de cada mes

El odontólogo José Manuel Quesada atiende a una paciente. Los odontólogos, así como todos los profesionales liberales, deberán comenzar a cobrar IVA a partir del 1°. de julio. Fotos Melissa Fernández (Melissa Fernández)

La Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, publicada en diciembre del 2018, introduce nuevos deberes para los contribuyentes de los impuestos.

En el caso de los asalariados que solo reciben esta remuneración no deben presentar ninguna declaración, pues es el patrono el que se encarga de entregar al fisco las declaraciones.

No obstante, si un asalariado cuenta con una casa o local de alquiler sí debe entregar declaración sobre la renta del alquiler y factura electrónica, explicó Ronald Artavia, presidente del Colegio de Contadores Públicos.

La declaración que tendrá que entregar depende del esquema para pagar renta sobre alquileres que escoja, que puede ser pagar el 15% sobre el 85% del ingreso que recibe, en cuyo caso presentaría la declaración mensual de renta, o el sistema tradicional, en cuyo caso presentaría la declaración anual de renta.

Si el alquiler de una casa de habitación o de un local para una pequeña empresa es inferior a ¢669.300, el inquilino no debe pagar el IVA (impuesto al valor agregado); pero ¿el propietario debe entregar la declaración del IVA? Para el viceministro de Hacienda, Nogui Acosta, sí.

Acosta argumentó que todos los contribuyentes tienen una serie de deberes formales, presentar declaración es una de ellas, en ese sentido quien alquile, va a tener que presentar la declaración, aunque el usuario esté exento.

“Para los efectos tributarios la declaración es un tema importante, incluso un profesional liberal que declare en cero debe presentarla”, manifestó el funcionario.

Artavia discrepa de Acosta y considera que si el inquilino está exento del IVA, el propietario no debería entregar la declaración.

En el caso del profesional liberal, detalló Artavia, debe entregar todas las declaraciones: de renta, del IVA, informativa y, además, factura electrónica.

Si ese profesional, además, tiene una casa o local de alquiler, también deberá presentar declaraciones de renta mensual o anual, según el esquema que escoja para tributar, y las de IVA.

En este caso el profesional debería presentar dos declaraciones diferentes, una por el ingreso como profesional liberal y otra por el ingreso del alquiler; es decir, no puede sumar todos los ingresos y presentar una sola declaración, destacó este especialista.

Si es un contribuyente que solo recibe ingresos por alquiler debe presentar la declaración de renta, ya sea mensual o anual, y la del IVA.

Quien arrienda el bien debe presentar la declaración informativa y, además, el alquiler puede ser también un gasto deducible, por ejemplo, si se trata de un local comercial.

La personas que utilicen el Régimen Simplificado solo presentan la declaración trimestral de este sistema y no tienen que entregar comprobantes electrónicos.

Artavia comentó que en el caso de este régimen, los pequeños negocios no son emisores de facturas electrónicas, pero sí receptores porque tienen que certificar sus compras para hacer su declaración trimestral.

Patricia Leitón

Patricia Leitón

Periodista en la sección de Economía. Economista y periodista graduada por la Universidad de Costa Rica. Ganó el premio “Redactor del año” de La Nación (2001) y Premio Academia de Centroamérica del Periodismo Profesional en el Área Económica" (2004).

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