Si usted planea comprar un boleto aéreo a partir del 1.° de julio para salir de Costa Rica debe saber que este servicio estará sujeto al pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
El reglamento definitivo del IVA, publicado por el Ministerio de Hacienda, el pasado martes 11 de junio, aclaró las tarifas del tributo para los tiquetes aéreos.
El artículo 23 de la normativa establece que los boletos para vuelos nacionales pagarán 4% en todos los casos, mientras que los tiquetes para vuelos internacionales que tengan a Costa Rica como punto de salida, serán gravados con 4% sobre el 10% del precio total. Estas tarifas aplican para todas las clases, es decir, económica o ejecutiva.
Por ejemplo, un tiquete aéreo para viajar a Miami, Florida, con fecha de salida el 19 de julio y de regreso el 31 del mismo mes, tiene un costo de $759 ida y vuelta con United Airlines. En este caso el cliente tendría que pagar un tributo de $3,04; ese monto representa el 4% sobre el 10% ($76) del precio total del tiquete.
Sin embargo, Sary Valverde, presidenta de la Asociación Costarricense de Agencias de Viajes (ACAV) aseguró que existen dudas sobre la forma en cómo la Dirección General de Tributación (DGT) cobrará este impuesto.
“No sabemos cómo Hacienda va a recoger este impuesto, si lo hará vía reporte como se paga el 5% al Instituto Costarricense de Turismo (ICT), en la actualidad, o si va a ser a través de los impuestos que actualmente cobran las líneas aéreas, como, por ejemplo, el impuesto de salida del país”, alegó la representante.
El reglamento del IVA no aclara este punto. Pablo González, director de Impuestos de Sfera Legal, explicó que lo correcto sería que Tributación pida a las líneas aéreas que apliquen el impuesto como lo hacen en la actualidad con otros tributos.
“Este es un vacío que contiene la normativa y Hacienda tendrá que emitir una directriz para aclarar la forma cómo se va a cobrar el impuesto”, concluyó el jurista.
Priscilla Piedra, directora general de Hacienda, aclaró que las compras de boletos aéreos directamente en las páginas web de las aerolíneas o mediante plataformas y apps como, por ejemplo, Booking.com o Kayak, ya se encuentran gravadas con el IVA de forma automática, ese tributo se cobra mediante el sistema IATA.
La funcionaria precisó que este tipo de plataformas o apps como Despegar.com o Expedia.com se encuentran ligadas directamente con las páginas web de las líneas aéreas y por esa razón, desde el pasado 1.° de julio, se les aplica el cobro del impuesto.
Aunque Piedra aceptó que el reglamento del IVA no explica el mecanismo de cobro del impuesto a tiquetes aéreos porque “no es un tema que haya que reglamentar, sino que es un tema que tiene que ver más con el procedimiento de cobro de Hacienda”, lo que pudo haber generado confusión.
Otros servicios asociados a los tiquetes aéreos también tendrán que pagar un 4% de impuesto, se trata del seguro de accidente, el Internet a bordo y la custodia de personas no acompañadas.
Hospedaje y otros gastos
Ahora bien, si usted desea alquilar un apartamento por medio de Airbnb o cualquier otra plataforma digital, pero planea usarlo en otro país, igualmente le cobrarán el impuesto y luego tendrá que ir a Hacienda para solicitar la devolución.
González recordó que el IVA es un tributo territorial por lo que únicamente se puede aplicar a productos o servicios que se consuman o aprovechen dentro de Costa Rica.
“Si alguien renta un vehículo desde Costa Rica, pero lo va a utilizar en los Estados Unidos durante las vacaciones, no tendrá que pagar ningún impuesto por ese servicio”, comentó el abogado.
Hacienda elaborará una lista de proveedores digitales de servicios transfronterizos –al menos los que considera que son más utilizados por las personas en el país– y los bancos deberán retener el IVA cuando un cliente haga una compra por medio de estas plataformas digitales.
El impuesto en estos casos se aplicará un mes después de que Tributación publique la lista final de proveedores.
FUENTE: MINISTERIO DE HACIENDA. DISEÑO/LA NACIÓN.
Esto quiere decir, por ejemplo, que si la plataforma Booking.com entra en ese listado y una persona en Costa Rica compra un boleto para viajar de Colombia a Argentina, luego tendrá que acudir a Hacienda a reclamar la devolución del impuesto que el banco rebajó de forma automática al momento de efectuar el pago con tarjeta de crédito o débito.
Lo mismo sucedería con el alquiler de vehículos. Si una persona renta un carro por medio de una app o página web para utilizarlo durante su estancia en otro país, también tendrá que solicitar la devolución del tributo.
Agencias de viajes
Otra opción para los viajeros es adquirir paquetes turísticos completos para salir de Costa Rica, que son comercializados por las agencias de viajes.
Los servicios que ofrecen estas agencias estarán gravados con el 13% del IVA, por lo que, según González, podría darse un aumento en los precios de estas opciones.
Sin embargo, la presidenta de ACAV aclaró que este ajuste solo tendrá impacto para los servicios disfrutados únicamente en planes vacacionales o tours dentro de Costa Rica. En el caso de los paquetes para viajar al extranjero, las agencias solo tendrán que tributar sobre las comisiones que reciben.
Para Fabián Torres, propietario de la agencia de viajes Panorama Tours, hay mucha incertidumbre en el sector porque los consumidores van a ser más cautelosos antes de comprar paquetes turísticos o viajes y eso podría generar un impacto negativo en el negocio durante algunos meses.
Nota del redactor: este artículo fue modificado posterior a su publicación inicial –el lunes 8 de junio a las 10:55 a.m.– para incluir la explicación de Priscilla Piedra, directora general de Hacienda, sobre la forma en que esa institución ya aplica el cobro del IVA a los boletos de avión que se compran directamente en las páginas web de las aerolíneas o mediante plataformas y aplicaciones como, por ejemplo, Booking.com o Kayak.