El Poder Judicial pensionó a 641 empleados que no cumplían con los requisitos del Fondo de Jubilaciones y Pensiones de la Corte Suprema de Justicia.
Los beneficios se concedieron entre enero del 2010 y setiembre del 2015, a trabajadores que no tenían la edad mínima de retiro (55 años), ni 30 años laborados, o ninguna de las dos condiciones.
Así lo determinó el informe de la Auditoría Judicial 834-76-SAFJ-17-UJ2015, del 8 de setiembre de 2015, del cual tiene copia La Nación .
Ese documento, intitulado Evaluación sobre el otorgamiento y ajustes de jubilaciones y pensiones, determinó que los beneficios se calcularon con una fórmula errónea que sobrevaloró el monto de la pensión.
La Auditoría concluyó que el yerro ocurrió por una inadecuada interpretación y aplicación del Transitorio III de la Ley Marco de Pensiones, hecha, por el Consejo Superior, en febrero del 2006.
Según el estudio de advertencia, la interpretación usada iba en contra de la Ley orgánica del Poder Judicial, por la cual se rige el sistema de pensiones.
Después de conocer el informe, el Consejo Superior suspendió, el 12 de noviembre del año pasado, la incorrecta interpretación legal, máxime porque había un grupo de 938 servidores que podrían jubilarse con base en la Ley Marco de Pensiones.
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Las únicas personas que podían optar por hacerlo bajo los beneficios de la ley marco eran quienes tenían dos años de laborar en la Corte antes de 1992.
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Ana Eugenia Romero, directora ejecutiva del Poder Judicial, dijo que, desde noviembre anterior, todas las pensiones dadas se hacen con base en la ley del Poder Judicial como medida de defensa del régimen y para evitar un daño económico .
Al 31 de diciembre el 2015, el régimen de pensiones de la Corte tenía 3.528 jubilados y 12.500 empleados judiciales cotizantes. El año pasado, los gastos del Fondo fueron de ¢90.000 millones, de los cuales el 90% fue por pago de pensiones.
Choque. Por otra parte, el Consejo Superior cuestionó la labor de la Auditoría Interna porque reveló el error de interpretación hasta en 2015, aunque conocían del problema desde hace una década.
“Reiterar a la Auditoría la necesidad de que sus criterios se dicten oportunamente y no después de largos periodos de tiempo como en este caso, diez años después de que tenían conocimiento”, argumentó el acuerdo de noviembre anterior.
El auditor judicial, Wálter Jiménez, confirmó a La Nación que la Procuraduría General de la República y la Auditoría informaron, desde el 2005, tanto a los magistrados de la Corte Plena como al Consejo, de la manera en que debía aplicarse el Transitorio III de la Ley Marco de Pensiones.
“La Auditoría Judicial comunicó a las instancias competentes sobre la situación de comentario (mala interpretación) y dio seguimiento al tema. Los órganos de administración fueron tomando los acuerdos del caso y finalmente se emitió el informe de advertencia”, destacó Jiménez.
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Sin detalle. José Luis Bermúdez, director de Gestión Humana del Poder Judicial, reconoció que desconocen la totalidad de personas a quienes se les dio de manera incorrecta la jubilación con base en la Ley Marco de Pensiones.
“Detectamos los más de 600 casos de pensiones dadas sin requisitos para el periodo del 2010 al 2015 porque ya contábamos con el sistema informático, pero no sabemos a cuántas se dieron entre el 2006 y el 2009. Habría que buscar los expedientes de forma manual”, destacó Bermúdez.
La entidad pública también desconoce el monto de las pensiones pagadas de más, por la sobrevaloración de las pensiones.
El Consejo Superior está a la espera de un fallo de la Sala IV, para determinar si establece procesos de lesividad, a fin de recuperar los recursos dados de más.