La Dirección General de Tributación amplió, por tercera vez, el plazo para presentar las declaraciones informativas de las sociedades inactivas hasta el 30 de abril de 2023. Así se desprende de la resolución DGT-R-033-2022 que publicó en el alcance 240 de La Gaceta de este 9 de noviembre del 2022.
Esta declaración se había prorrogado al 16 de agosto debido al ataque cibernético que sufrió el Ministerio de Hacienda y luego al 15 de noviembre por las inquietudes externadas por los contribuyentes.
En la resolución, publicada este 9 de noviembre, Tributación explicó que aunque el plazo vencía el 15 de noviembre próximo la mayoría de las sociedades inactivas inscritas ante la Dirección General de Tributación (aproximadamente el 78%) no han presentado la declaración informativa mediante ese formulario (el D-101), debido a las dudas sobre el uso correcto entre los obligados.
Por ello, harán una nueva declaración la cual deberá ser resumida y simple de llenar de tal forma que minimice el costo de cumplimiento para los obligados tributarios, que no se solicite información que ya posea en su poder la Administración Tributaria y que aporte información pertinente para el control tributario y la valoración de riesgos, según se detalla en el documento, indica la resolución.
Las sociedades inactivas son aquellas que no realizan actividades lucrativas y generalmente poseen fincas, edificios, entre otros inmuebles, o bienes muebles, como vehículos.
Germán Morales, socio de Impuestos y Legal de Grant Thornton, explicó que se espera que el nuevo formulario sea muy sencillo, que no requiera una contabilidad formal realizada por un contador, sino que la persona pueda completar los datos.
Añadió que a Hacienda le interesa que si en el futuro hay ventas de esos bienes poder calcular las ganancias de capital, ver si tiene patrimonio no reportado o un incremento injustificado del patrimonio.
Por su parte, Francisco Villalobos, socio de ICS, consideró que la nueva declaración estaría más enfocada en entender por qué las sociedades inactivas tienen activos, si están realizando actividades afectas a algún tributo y el origen de los fondos para tales adquisiciones.