La Superintendencia de Pensiones (Supén) autorizó el inicio del traslado de ¢29.433 millones desde los fondos de pensiones complementarias al Régimen No Contributivo (RNC) que beneficia a personas en pobreza, principalmente adultos mayores, y es administrado por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
La entidad permitió a las operadoras de pensiones complementarias (OPC) a realizar la transferencia paulatina del dinero que corresponde a recursos del Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP) y del Fondo de Capitalización Laboral (FCL), con más de 10 años sin reclamar una vez fallecido el afiliado o pensionado.
“Estos recursos, correspondientes a 20 años de acumulación en los fondos de capitalización individual, ascienden a ¢29.433 millones. Paulatinamente, los nuevos recursos de manera directa, una vez cumplido 10 años sin que hayan sido identificados o reclamados por sus beneficiarios, serán trasladados de igual forma”, se detalla en el informe Evolución del sistema de pensiones y situación de los entes supervisados, con corte al tercer trimestre del 2021, publicado en diciembre pasado.
LEA MÁS: Reforma al ROP permitirá destinar millones a pensiones para pobres
La Superintendencia destacó que el primer traslado –no se detalla cuándo ocurrió– de ¢166 millones, permite financiar la pensión mensual de ¢89.000, a 1.874 personas.
En febrero del 2021, la Supén ordenó la suspensión del traslado de los primeros recursos pese a una reforma a la Ley de Protección al Trabajador, aprobada en el Congreso en octubre del 2020; lo hizo debido a dudas legales que fueron planteadas a la Procuraduría General de la República (PGR), y esclarecidas en setiembre del año pasado.
La consulta de la Superintendencia era sobre a partir de qué momento comenzaban a regir el periodo de 10 años de recursos sin reclamar, previo a iniciar el traslado a la Caja. Si era al momento del cambio legal aprobado por los diputados, en el 2020, o a partir de la muerte de la persona.
“La Ley de Protección al Trabajador define claramente el momento a partir del cual debe ser contabilizado el plazo de prescripción para el retiro de los recursos (...) La Ley indica expresamente que el cómputo de ese plazo de diez años debe iniciar ‘a partir del fallecimiento del afiliado o pensionado’”, concluyó la PGR en su oficio de setiembre pasado.
Origen de los recursos
La acumulación de dinero de trabajadores fallecidos ocurre, en su gran mayoría, porque el afiliado no dejó un beneficiario de los recursos o porque la asignación de las cotizaciones se hizo de manera errónea.
La Superintendencia, a través de los años, ha instruido a las operadoras que intenten localizar a posibles sucesores. Una de las opciones dadas a las OPC es que acudan a los mismos beneficiarios que heredan la pensión de un régimen básico, es decir, cónyuges, hijos o dependientes. Existen más de 60.000 cuentas de trabajadores fallecidos que tienen un saldo sin reclamar.
“A lo largo de los años de vigencia de las pensiones complementarias, la Supén ha realizado requerimientos a las operadoras de pensiones para redoblar esfuerzos con el objetivo de ubicar a los titulares de estos recursos. La localización de personas fallecidas ha sido incluida como parte de las labores de supervisión realizadas en el 2021”, destacó la Superintendencia, en su informe de diciembre pasado.
Además, consideró que el procedimiento de reclamo del dinero es desconocido por los beneficiarios, en parte porque las OPC no han comunicado debidamente dicho proceso.
En octubre del 2020, la entidad supervisora creó un portal especial desde el cual se consulta si un trabajador o jubilado fallecido dejó beneficiarios de los recursos del ROP o el FCL. En el sistema se debe digitar el número de cédula de la persona fallecida y se indicará la entidad y el fondo en el cual el fallecido tenía los recursos, así como los números de teléfono de la institución donde se deberá iniciar los trámites del reclamo, en caso de que proceda.
Ese mismo año, el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) aprobó una serie de cambios reglamentarios que eliminaron la necesidad de un juicio sucesorio para el otorgamiento de los recursos de trabajadores o pensionados fallecidos que no dejaron beneficiarios del dinero.
La modificación adecuó la sucesión de los recursos a lo dictado por el Código de Trabajo, que establece el primer orden de beneficio al cónyuge y los hijos menores de edad o inhábiles; seguido de los hijos mayores de edad y los padres; y las demás personas que conforme a la ley civil tienen el carácter de herederos.
El 82% de los recursos por trasladar a la Caja, es decir, ¢24.224 millones, corresponden al fondo especial conocido como erróneos. Dicho dinero incluye aportes del ROP y el FCL que desde la creación del régimen complementario, en el 2000, fueron asignados de manera incorrecta o porque no se ha podido identificar a los beneficiarios. Actualmente dicho fondo está bajo la supervisión de BCR Pensiones, pero cada dos años rota a otra OPC, mediante un proceso de licitación.
Otros ¢4.705 millones corresponde a afiliados fallecidos que son administrados por las operadoras de pensiones, así como ¢504 millones de aportes sin asignar.