La Dirección General de Tributación (DGT) del Ministerio de Hacienda habilitará una herramienta web que permitirá verificar el estado de los comprobantes electrónicos tanto para los contribuyentes obligados a declarar mediante estos, como para el público en general.
Así lo establece el proyecto Implementación de herramienta para verificación del estado de los comprobantes electrónicos, anunciado por Hacienda por medio de su página web y emitido a consulta pública en La Gaceta N.°. 69 del 19 de abril del 2024.
Juan Carlos Gómez, director general de Tributación a. i., explicó que la plataforma está en fase de pruebas y que la entidad prevé que esté en funcionamiento al momento que se emita oficialmente la resolución, cuya fecha está prevista para agosto de este año. Esta permitirá verificar si el comprobante electrónico fue aprobado o rechazado por el Ministerio de Hacienda.
Fabio Salas, socio de Impuestos y Servicios Legales en Deloitte Costa Rica, explicó que esta herramienta posibilitará que el contribuyente tenga una trazabilidad y control cruzado de las facturas electrónicas o notas de crédito de su negocio, lo que incide en los ingresos de los obligados y, por ende, en el impuesto a pagar ante Hacienda.
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“El sistema va a permitir corroborar que la información que tienen los contribuyentes de las transacciones aprobadas y rechazadas coincide con la contabilidad y la información que se declara ante la autoridad. Es un buen ejercicio”, señaló.
La verificación se podrá efectuar de dos maneras: una, por medio del portal público de la Administración Tributaria Virtual (ATV), y la otra, en el portal privado de ATV, para el cual los obligados tributarios inscritos en el Registro Único Tributario deberán identificarse bajo su usuario.
En el primer caso, de consulta pública, se deberá tener a disposición la clave numérica de 50 dígitos del comprobante que se desea verificar. El acceso estará ubicado en la sección Consulta información tributaria, opción Verifique su comprobante, en el sitio web de Hacienda, según indica el documento del proyecto.
Una vez seleccionada esa opción, se desplegará una ventana de Clave numérica del documento electrónico, donde se deberá ingresar el dato solicitado. Posteriormente, se generará un reporte con amplia información, destacando el tipo de documento, fecha de emisión, nombre e identificación del emisor y del receptor, así como su estado.
Tatiana Chacón, consultora de impuestos de la firma BLP Legal, señaló que anteriormente Tributación no permitía a terceros acceder a la información del estado de un comprobante electrónico.
Por otra parte, en caso de una consulta privada, se podrá buscar el comprobante utilizando tres criterios de búsqueda: número de identificación, tipo de documento y rango de fecha.
En esos casos, el sistema ATV emitirá un documento en formato Excel que indicará información variada sobre el documento, como su fecha de emisión, clave, información del emisor y receptor, condición de venta, información detallada de la venta, los tributos, entre otros.
Chacón indicó que, anteriormente, los contribuyentes solo podían acceder a información sobre el estado del comprobante, sin poder consultar información más detallada, lo que permitirá a los obligados recuperar información que, por alguna razón, no descargaron al momento de emitir el comprobante.
Salas añadió que cuando un comprobante se rechaza, se debe estrictamente a la composición tecnológica del documento, ya que consiste en un código en formato XML. El estado del documento no dependerá de sus detalles, como el monto de compra o el cobro de tributos.
En el documento emitido a consulta pública, Tributación proporciona dos guías de usuario que explican el paso a paso para la verificación desde el portal privado y de consulta pública para determinar el estado del comprobante electrónico.
Tributación no atenderá consultas directas, salvo excepciones
Con la entrada en funcionamiento de esta herramienta de autogestión que genera reportes de comprobantes tributarios, la Administración ya no atenderá solicitudes relacionadas con este tipo de información.
Según establece el proyecto de resolución, debido a la implementación de la herramienta, Tributación no atenderá ni gestionará solicitudes de información referentes a comprobantes electrónicos, por lo que las rechazará de entrada, salvo casos excepcionales.
Según el documento, atenderán consultas cuando el contribuyente demuestre por cualquier medio legal, que se produjo la pérdida de todos sus respaldos e información almacenada sobre los comprobantes electrónicos emitidos y recibidos, debido a causas de fuerza mayor o caso fortuito no imputables a su persona.
Actualmente, las consultas sobre facturación electrónica se plantean por correo electrónico y la Administración Tributaria responde, según Salas.
El proyecto se mantendrá en consulta pública hasta este 6 de mayo. Durante este proceso, las personas pueden hacer anotaciones, comentarios y sugerencias a la autoridad tributaria al correo tributacioninter@hacienda.go.cr.
Según Salas, una vez finalizado el plazo para recibir observaciones, Tributación decidirá ajustar o mantener el borrador que se emitió a consulta pública para que posteriormente sea publicado en el diario oficial La Gaceta. Para ello, no tiene un límite de tiempo, aunque Tributación indicó a La Nación que lo prevé implementar en agosto del 2024.