Los propietarios de viviendas o apartamentos cuyo valor de construcción supere los ¢137 millones deberán pagar el impuesto solidario, a más tardar el próximo 17 de enero, y este 2022 también corresponde actualizar la declaración, lo cual se hace cada tres años.
El decreto con el monto mínimo exento del Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda, conocido como el impuesto sobre las casas de lujo, que rige para el 2022, así como los nuevos tramos se publicó en el Alcance número 262 de La Gaceta el miércoles 22 de diciembre del 2021.
Según establece la Ley 8683, Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda, el hecho generador del tributo es la propiedad o titularidad de un derecho de uso, goce o disfrute de un bien inmueble de uso habitacional, al 1. ° de enero de cada año, ubicado en el territorio nacional y utilizado en forma habitual, ocasional o de recreo, tanto las instalaciones fijas como las permanentes.
Para determinar el impuesto
Mauricio Quirós, gerente de Impuestos de Grant Thornton, explicó que para determinar el arancel se siguen los siguientes pasos: primero, definir la topología de la vivienda, esta va de VC01 a VC10 (la más lujosa) o apartamento que va de AP01 a AP06. Para ello se usa el Manual de Valores Base Unitarios por Tipología Constructiva.
Una vez definida la tipología, la construcción principal e instalaciones adicionales y si es condominio las construcción principal y áreas comunes, se incluye la información en el sistema Solidario 2022 del Ministerio de Hacienda y si la construcción supera los ¢137 millones entonces es contribuyente del impuesto.
Una vez valorada la construcción, se valora el terreno. Luego se suma el valor de la obra, de las áreas comunes (si es condominio) y el valor del terreno y este monto es la base imponible del impuesto, sobre el cual se aplican las tarifas.
Quirós advirtió de que este 3 de enero ingresó al sistema Solidario y no tenía actualizadas las tarifas del impuesto, por lo que hay que verificar que al entrar incluya las tarifas del 2022.
En el caso de condominios, añadió el especialista, debe solicitarse al administrador la valoración de las áreas comunes (construcción y terreno), de manera tal que sean consideradas en la base imponible de este tributo.
Al contar con el valor de la construcción y el valor del terreno, se procede a llenar el formulario D179 Declaración Jurada de Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda. Ley 8683, el cual se encuentra disponible en el portal de la Administración Tributaria Virtual (ATV); se procede a subir este documento y en forma automática se actualiza el monto a pagar de dicho impuesto para el periodo fiscal 2022.
Esta declaración se presenta cada tres años y cubre los periodos fiscales 2022, 2023 y 2024.
Quirós detalló que si una persona, por ejemplo, compró una vivienda en el año 2020 y declaró por primera vez en el 2021, ahora debe volver a actualizar la declaración para unirse al resto de contribuyentes.
Según establece la Ley 8683, Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda, los ingresos provenientes de este impuesto serán destinados a financiar los programas de vivienda del Banco Hipotecario de la Vivienda (Banhvi), sin que esta institución pueda utilizar más de un 7% de estos recursos en gastos administrativos.