San José.
¿Quién responde ante un accidente laboral? ¿El teletrabajo es voluntario? ¿Quién aporta el equipo técnico?
Esas son algunas preguntas que quedan sin responder en el proyecto de Ley para regular el teletrabajo, el cual recibió observaciones de parte del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) y de la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (Uccaep).
El proyecto, tramitado bajo el expediente 19.355, fue solicitado por los empresarios para dar seguridad jurídica a sus trabajadores.
No obstante, deja vacíos para su aplicación, sobre todo en el sector privado, pues la redacción de varios artículos está dirigida al sector público, señalaron ambas entidades.
Según los dos actores, es necesario señalar en el proyecto de Ley la voluntariedad de la aplicación del teletrabajo, así como la reversibilidad en caso de que no funcione.
Además, manifestaron su preocupación porque el proyecto no incluye el tema de cobertura de salud, riesgos de trabajo y aviso en caso de accidentes.
Sobre este punto, La Nación consultó al Instituto Nacional de Seguros (INS) su posición sobre el proyecto (así como también lo hicieron diputados); sin embargo, la oficina de prensa comunicó que no existe un criterio.
Condiciones
El proyecto de ley tiene más regulación para el sector público que para el privado. El diputado libertario Otto Guevara, proponente del proyecto, señaló la importancia de establecer reglas para los funcionarios del Estado, pues es donde hay en juego fondos públicos.
Las condiciones para el sector privado deben plantearse en un acuerdo entre las partes, según la propuesta.
Pese a la libertad que deja para negociar entre los trabajadores del sector privado, los empresarios señalan que deben dejarse claro algunos procesos como el retiro del contrato de teletrabajo, establecer periodos de prueba y la posibilidad de hacer pruebas físicas, sociales y psicológicas previo al inicio del contrato.
El proyecto, además, solo aplica para empleados contratados en la modalidad teletrabajo y deja por fuera al resto de los trabajadores.
Sobre los aspectos tecnológicos, principales limitaciones para aplicar el teletrabajo según una encuesta de Uccaep, este proyecto solo regula a los funcionarios públicos a los que habría que facilitar el equipo y servicios. Aun así, la Uccaep señaló la necesidad de dejar a los empleados y a los patronos negociar este aspecto.
La Uccaep también consideró contraproducente exigir al colaborador acondicionar un espacio físico para hacer el teletrabajo, pues precisamente esta modalidad permite la movilidad del trabajador.
Por su parte, el MTSS sugirió que se establezcan los límites de las jornadas laborales, el respeto a los derechos laborales y la no discriminación.
Este proyecto daría un incentivo gubernamental para promover el teletrabajo en empresas; según Guevara, puede ser del tipo fiscal, para que los gastos en los que incurren las empresas en los salarios de los teletrabajadores y en el equipo o servicios que deban pagar, sean deducibles del impuesto de la renta.
Solo dos de cada 10 empresas privadas ha aplicado el teletrabajo, en no más del 10% de su planilla, según datos de una encuesta reciente de Unión de Cámaras.
En el Gobierno Central teletrabajan unos 1.800 funcionarios. Unos 800 de ellos se sumaron por la crisis vial tras el cierre parcial del puente sobre el río Virilla en la autopista General Cañas, conocido como la 'platina'.
¿Cómo aplican el teletrabajo algunas empresas?
La Nación consultó a varias empresas cómo están implementando el teletrabajo. El sondeo muestra que la confianza en sus colaboradores, las políticas claras y las herramientas tecnológicas correctas les permite tener en él una opción que favorece a la empresa y al trabajador.
La principal ventaja que destacan todas las empresas es el aumento en la calidad de vida de sus colaboradores, quienes se vuelven hasta más productivos, según lo ha comprobado FIFCO, dijo Gisela Sánchez, directora de Relaciones Corporativas.
A la consulta respondieron Mondelez, BLP, Western Union, Unilever, Avianca, FIFCO y Telefónica. Aunque ya aplicaban el teletrabajo, el cierre del puente de la "platina" impulsó el permitirlo más día o a más personas.
¿Cuántos días se puede hacer?
-Desde un día hasta toda la semana.
-Se debe ir a la oficina cuando sea necesario.
¿Qué se requiere?
-Política de teletrabajo clara.
-Virtualización y/o computadora portátil.
¿Qué condiciones puede poner un empleador?
-En FIFCO no se puede teletrabajar ni los lunes ni los viernes.
-En su mayoría, se requiere calificar para obtener el beneficio, coordinar con los supervisores o tener un mínimo de antigüedad laboral, como en Western Union donde el requisito son tener al menos seis meses.
-En algunos casos, se exige al colaborador tener buena conexión a Internet, una línea telefónica (o buena señal celular), y equipos adecuados.
¿Se está implementando la flexiblidad de horarios?
Sí. Por ejemplo, Unilever permitieron a sus trabajadores su ingreso entre las 6 a. m. y las 11 a. m. y la salida puede darse entre las 3 p. m y las 8 p. m.
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