A partir de este viernes 28 de abril, el índice de suficiencia patrimonial de las diferentes entidades financieras supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) será público.
¿En qué consiste este indicador y por qué es importante para los clientes bancarios? La Nación le explica los principales detalles de este índice y cómo se debe interpretar para conocer la salud de las entidades financieras en Costa Rica.
En octubre del 2022, el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero Nacional (Conassif), consideró de interés del público la revelación de la cifra por entidad financiera.
El capital regulatorio sobre activo ponderado por riesgo, más conocido como suficiencia patrimonial, provee información sobre la fortaleza del capital de cada entidad supervisada por la Sugef, y su capacidad para responder por los riesgos generales de la actividad que realizan; es decir, sirve para medir la fortaleza de la solvencia y la estabilidad financiera que tienen las entidades.
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Un punto favorable que hay que destacar es que si una entidad incumple el porcentaje mínimo requerido del indicador, esta caería en irregularidad financiera y puede ser intervenida por Sugef. Ahora bien, ¿de qué manera se interpreta este índice?
Según el Reglamento sobre la suficiencia patrimonial de las entidades financieras, publicado por la Sugef, el índice de suficiencia patrimonial tiene un rango mínimo que las organizaciones deben cumplir para ubicarse dentro del rango de normalidad, de lo contrario, estarían en irregularidad.
“Si el Indicador de Suficiencia Patrimonial es igual o superior a 10%, se entiende que está en un rango de normalidad, es decir, que cumple con el mínimo requerido por el regulador”, explicó Daniel Castro, representante de la Asociación Bancaria Costarricense (ABC).
Por otro lado, la entidad será calificada en uno de tres niveles de irregularidad dependiendo del resultado obtenido. Si es menor al 10%, pero mayor o igual a 9%, entraría en el rango de irregularidad 1; si es menor a 9%, aunque mayor o igual a 8%, sería calificada en irregularidad 2; en el caso de que sea menor al 8%, estaría en irregularidad 3.
En la actualidad, la Sugef publica el indicador, con una periodicidad trimestral, pero lo hace de manera agregada, para todo el Sistema Financiero Nacional (SFN), y lo máximo que se desagrega es por tipo de entidad: bancos públicos, bancos privados, cooperativas y otras.
Para el caso del SFN, el índice se encontraba en 17,68% en diciembre del 2022, según el más reciente Informe Trimestral del Sistema Financiero Nacional.
“Pese a que este es un tema muy técnico, es importante que las personas comprendan adecuadamente el indicador y logren interpretar los niveles de capital del sistema bancario para poder atender eventuales riesgos”, afirmó María Isabel Cortés, directora ejecutiva de la ABC.
De acuerdo con Cortés, el nivel de suficiencia patrimonial debe mantener un equilibrio para lograr una mayor seguridad y eficiencia del sistema. La directora ejecutiva de la ABC añadió que actualmente los bancos tienen una amplia capacidad para resistir cambios abruptos en la economía, así como mecanismos para gestionar eventuales riesgos.
En octubre anterior, el Conassif declaró este índice de interés público, con el propósito de ampliar la información a los clientes de las entidades financieras, así como para lograr una mayor transparencia en sus finanzas. Esta decisión también incluye hacer públicos los resultados de las Pruebas de Estrés (conocidas como Bottom-Up Stress Test o pruebas BUST).
Esta última prueba permite evaluar la capacidad de resistencia de las entidades financieras para absorber impactos que se deriven de escenarios adversos hipotéticos, que pueden ser económicos o financieros, sin que estos generen afectación en su operación normal.
¿Cuándo se publica?
La primera publicación del índice de suficiencia patrimonial de las entidades financieras supervisadas se hará el 28 de abril, en el sitio web de la Sugef, según la calendarización dispuesta por esa institución. Este incluye un corte hasta el 31 marzo del 2023 e incluirá el resultado promedio de las entidades que participaron en las pruebas durante el 2022.
Posteriormente, el resultado remitido por las entidades al cierre de los meses de junio, setiembre y diciembre de cada año, deberá hacerse, a más tardar, al vigésimo día hábil del mes siguiente a la fecha límite, según corresponda para cada uno de los casos.
En el caso de los resultados de las pruebas BUST realizadas durante el año, la Sugef deberá publicarlas por medio de su sitio web en enero de cada año, a partir del 2024.