Las medidas anuncidas del Poder Ejecutivo para las próximas semanas incluyen la posibilidad de operar al 100% en el caso de los hospedajes, excepto en las áreas comunes, y la posibilidad de realizar actividades hasta con 75 personas.
“Hacemos un llamado a la corresponsabilidad para que estas medidas que el Gobierno de la República anuncia tengan sostenibilidad en el tiempo”, indicó Gustavo Segura, ministro rector de Turismo.
Este 26 de agosto el Gobierno anunció que entre los próximos 9 y 30 de setiembre los hospedajes podrán funcionar a la totalidad de su aforo, salvo en las áreas comunes (gimnasio, piscina y restaurante, entre otros) donde debe mantenerse en 50% de su capacidad.
La medida aplica incluso cuando el establecimiento se encuentra en un cantón con alerta naranja o amarilla.
Asimismo, los centros de reuniones y salones de eventos, incluidos los hoteles, podrán atender actividades de corte empresarial y académico para un máximo de 75 personas, cifra que no contabiliza al personal de logística que atenderá el evento.
El Centro de Convenciones de Costa Rica, a su vez, reiteró que está preparado con protocolos de seguridad sanitaria certificados internacionalmente.
También anunció que cuenta con nuevos estándares de alimentos y bebidas, de ingreso al recinto, montajes de salas respetando el distanciamiento social, personal certificado, y nuevos tiempos de limpieza constante con productos de grado hospitalario, entre otras medidas.
Actividades sociales
Cuando se trate de actos sociales como tés de canastilla o bodas, el aforo permitido máximo será de 30 personas, sin incluir a los encargados de la atención.
En ambos tipos de actividades se deben mantener las medidas sanitarias de prevención del COVID-19, como lo es la separación de asientos a 1,8 metros, respetar las burbujas sociales y elaborar una lista de asistentes con número de cédula y número telefónico.
A partir del 31 de agosto todas las playas y lagos, independientemente de si se localizan en cantones con alerta naranja o amarilla, pueden ser visitadas desde las 5:00 a. m. y hasta las 2:30 p. m. de la tarde.
La restricción vehicular sanitaria se unificará en todo el país, pero el traslado desde y hacia lugares de hospedaje forma parte de la lista de excepciones de restricción vehicular, siempre que se muestre un comprobante de reservación.
Entre los lugares de hospedaje incluidos se encuentran hoteles, cabinas, establecimientos de alojamiento y hospedaje tradicional o por intermediación de plataformas digitales.
Las nuevas medidas en cuanto a restricción vehicular establece que se podrá circular de lunes a viernes de 5:00 a.m. a 10:00 p.m. y sábado y domingo de 5 a.m. a 8.00 p.m. desde el 31 de agosto y hasta el 30 de setiembre.
Además, salvo la lista de excepciones, no circulan las placas: lunes (1 y 2), martes (3 y 4), miércoles (5 y 6), jueves (7 y 8), viernes (9 y 0), sábado (pares: 0, 2 ,4 ,6 y 8) y domingo (impares: 1, 3, 5, 7 y 9).