El Instituto Nacional de Seguros (INS) prestó $10 millones a Artelec, empresa dedicada a la venta de electrodomésticos que recibió, el pasado 15 de junio, una protección del Juzgado Concursal para evitar la quiebra. Esta resolución judicial le impide ahora a la aseguradora estatal cobrar la deuda y liquidar las garantías de la operación crediticia.
La institución formalizó el préstamo, el 23 de octubre del 2015, con el Almacén Mozel S. A., dueña de la tienda minorista, para refinanciarle sus deudas. La operación se suscribió por un plazo de cinco años.
Tres años después, el INS estableció una adenda al contrato para reestructurar el crédito a pesar de que sabía que el deudor presentaba un “deterioro en su situación financiera”. “Almacén Mozel S.A. (...) adujo la necesidad de renegociar la obligación con el objetivo de contar con una mayor holgura en sus flujos de efectivo”, se explica en el oficio enviado al Juzgado Concursal por Jonathan Fallas, apoderado general judicial del Instituto, documento del cual tiene copia La Nación.
Sin embargo, las prerrogativas del Instituto para los propietarias de Artelec no finalizaron allí. Entre el 2020 y hasta marzo del 2022, se le avalaron cinco moratorias del pago de cuotas porque la empresa pasaba por una afectación en su situación económica.
“Estas moratorias consistieron en suspender el pago de varias cuotas y en otros casos, diferir el pago de principal para futuro. El pago ordinario del crédito se normalizó en abril del 2022″, detalló Fallas en un recurso de apelación y oposición a la protección judicial dada a Artelec.
La aseguradora estatal también detalló, en su recurso al Juzgado Concursal, que el deudor no ha respetado el fideicomiso de garantía de la operación que consiste en una prenda sobre el inventario y la cesión de la cartera de crédito de la firma. “La actora ha incumplido con mantener el monto mínimo que debe ser trasladado al patrimonio del fideicomiso (establecido contractualmente en las sumas de $3.900.000 y $6.117.9520)″, argumentó la empresa estatal.
LEA MÁS: Artelec enfrenta problemas para pagar deudas por ¢14.220 millones
El INS aseguró, mediante correo electrónico, que Artelec fue la que solicitó el financiamiento brindado en el 2015. También justificó que se dio la reestructuración de la operación para “mejorar la posición del INS como acreedor”. La aseguradora afirmó que la deuda de la compañía minorista está al día y, por tal razón, no hizo la ejecución de las garantías.
La Ley del Instituto Nacional de Seguros, de 1924, faculta al INS a ejercer actividades de otorgamiento de créditos en Costa Rica. Previo a la apertura del mercado de los seguros, en el 2007, la institución contaba con programas de financiamiento principalmente para operaciones hipotecarias.
Sin embargo, precisamente en el año en que se rompió el monopolio, la Junta Directiva de la aseguradora decidió suspender dichas líneas de crédito. Tal situación cambió, a partir del 2014, cuando el INS reactivó la colocación de recursos.
Hasta diciembre pasado, la cartera de crédito reportó un saldo de ¢42.807 millones. Dicho monto representó el 1,8% del activo total del INS al cierre del 2021, el cual ascendió a ¢2.352.837 millones, según los estados financieros auditados del INS. Al cierre de mayo 2022 se encuentran vigentes 1.532 operaciones, dirigidas a empresa y personas.
Tomás Soley, jerarca de la Superintendencia General de Seguros (Sugese), afirmó que como parte del proceso de fiscalización del Instituto dan seguimiento de la cartera de crédito y sus resultados globales. Además de que ha enviado requerimientos específicos a la aseguradora sobre su negocio crediticio.
“Sugese ha seguido la evolución de la cartera de crédito y de las medidas que el Órgano de Dirección del INS ha implementado, por lo que la reactivación del negocio crediticio es de conocimiento de la Superintendencia. Por impedimento de ley no es posible señalar el detalle de políticas o los cambios que hubieren tenido a lo largo del tiempo”, afirmó Soley.
Principal acreedor
La empresa Artelec solicitó la protección judicial porque enfrenta una “insuficiencia de liquidez” que le impide pagar deudas por ¢9.270 millones y $6,5 millones. Ambos créditos sumados equivalen a ¢14.220 millones al tipo de cambio de referencia actual.
En la protección solicitada al Juzgado Concursal, la compañía detalla que el INS es su principal acreedor, con el 34% del monto total adeudado por la compañía propiedad del empresario Felipe Zelcowics Grytun.
En la resolución judicial, del pasado 15 de junio, se indica que ninguna entidad financiera podrá ejecutar los remates por el impago de créditos de la compañía. La empresa también le debe dinero a Banco Davivienda, Banco Nacional, Improsa y Scotiabank. A nivel externo, están las entidades panameñas Banco Aliado, Banco Mercantil y el Banco Internacional de Costa Rica (Bicsa); y la firma estadounidense de servicios financieros Hencorp Becstone Capital.
LEA MÁS: INS suspendió créditos para comprar vivienda respaldados por pólizas de vida
La mayoría de los financiamientos otorgados a Artelec cuentan con un fideicomiso de garantía en los que la empresa pone a responder su inventario, propiedades, acciones en otras empresas y pagarés.
En el caso de la aseguradora estatal, se estableció el Fideicomiso de garantía Mozel–INS–COFIN–2015. Dicho instrumento establece como respaldo para el crédito por $10 millones, dos propiedades cuyo valor en conjunto equivalen al 36% del monto adeudado. Los inmuebles están ubicados en Puntarenas y Alajuela.
Además, existe una prenda por el 70% del inventario de Artelec que cubre el 40% de la deuda. El resto está garantizado con pagares por las ventas a crédito. Sin embargo, la deudora también dio en garantía su inventario de bienes y los ingresos por la comercialización de artículos a otros acreedores.
En la apelación presentada por el INS al Juzgado Concursal, se argumenta que el fideicomiso de garantía no forma parte del eventual concurso preventivo de acreedores, por lo cual considera que dicho patrimonio es autónomo e independiente del proceso judicial.
“Toda acción cautelar que tenga como fin suspender o detener la ejecución de los bienes dados en garantía en caso de incumplimiento, carece de instrumentalidad y de apariencia de buen derecho, en tanto no existe ninguna vinculación o accesoriedad entre este tipo de medidas con el proceso de fondo”, aseguró el abogado de la compañía estatal en su recurso.
Además, sostuvo la Institución que los inmuebles en garantía no están bajo la protección concursal porque no pertenecen al deudor Almacén Mozel, sino a sociedades que forman parte del grupo de interés económico detrás de Artelec.