Laura obtuvo ¢6 millones mediante un préstamo personal para realizar arreglos en la vivienda donde vive con su mamá, una adulta mayor. En aquel momento tenía 27 años y un trabajo con los ingresos necesarios para hacerle frente a la deuda. Al poco tiempo cambió de empleo. El nuevo salario era menor y no pudo atender los pagos mensuales. En el banco le solicitaron la cancelación completa de la deuda o conseguir un fiador. Ninguna opción era viable.
En el 2019, año previo a la pandemia, el Juzgado de Cobro Judicial de Alajuela la notificó y empezó el embargo de parte de su salario. Con la crisis de la covid-19 la empresa le redujo el salario a la mitad. Todo se complicó aún más el lunes anterior. Ahora con 37 años, intentó sacar dinero y no pudo.
“Fui al cajero y no tenía nada. Me embargaron la cuenta, ahí es donde me depositan el salario. Ese día tenía que pagar la cocina, el teléfono y el agua. Por dicha tenía un poco de efectivo para comprar la comida de la quincena. Ahora tengo miedo de qué va a pasar cuando me depositen el salario de la quincena”, narró Laura, quien aseguró nunca le notificaron la medida.
Como ella, son miles de personas y empresas las que enfrentan un proceso judicial de embargo del sueldo o de bienes debido a deudas sin pagar, en especial con entidades financieras. Para agravar las cosas, la crisis sanitaria desató una congestión en los 19 juzgados del país.
Hasta enero pasado, finalizar el trámite de un expediente tenía una duración promedio de casi 30 meses, es decir el doble al dato registrado previo a la crisis sanitaria, según la información estadística de la Dirección de Planificación del Poder Judicial.
Hay despachos judiciales en los cuales el tiempo promedio para finalizar un asunto es de 13 meses, como ocurre en Grecia. Pero en los que tienen mayor volumen de expedientes la duración se eleva, como en el Juzgado Tercero de San José donde se tarda 40 meses, o el Juzgado Primero de San José, con 36 meses.
El atraso se multiplicó a raíz de la pandemia, pues las audiencias para resolver casos tuvieron una fuerte disminución debido a las medidas sanitarias dictadas en la declaratoria de emergencia nacional por la covid-19, se explica en el Informe Anual de Seguimiento Estadístico: Materia Cobratoria, entregado al Consejo Superior del Poder Judicial, el pasado 2 de noviembre.
El resultado de la congestión es un freno en la cantidad de expedientes finalizados en el 2020 y el 2021. En el 2019, se cerraron 131.000 casos, pero la cifra se redujo a 98.000 anuales, para los dos años posteriores. Adicionalmente la tasa de pendencia, es decir los casos pendientes de algún trámite, alcanzó el 80% del total de procesos, el porcentaje más alto en cinco años.
“En la disminución de los casos terminados se produce una interrupción en la tendencia que venía mostrando la variable a partir del período 2018 y que se habría consolidado en 2019 (…) Es importante recordar que la emergencia sanitaria producto del covid-19 necesariamente afectó el desempeño de estos despachos hasta el día de hoy”, se argumenta en el estudio del Poder Judicial.
En el informe se recomendó a los funcionarios judiciales “utilizar y promover los mecanismos de audiencias virtuales para fomentar un mayor aprovechamiento de los recursos institucionales y que los procesos de cobro fluyan con la mayor normalidad posible”.
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Para abogados especializados en esta materia, la situación empeorará conforme las entidades financieras trasladen a la vía judicial a los clientes a los cuales, en el 2020 y 2021, se les efectuó readecuaciones de deudas, pero que aún enfrentan problemas económicos.
En el país hay 19 juzgados especializados en cobro judicial que se encargan del trámite de cualquier tipo de deuda donde hay un título ejecutivo, es decir, una hipoteca, una prenda de vehículo, una letra de cambio, un pagaré y certificados de instituciones públicas en la cual se acredite una mora, como en el caso de servicios de electricidad, agua o municipales.
El acreedor, quien prestó el dinero o brindó el servicio, es el encargado de presentar la demanda judicial para intentar recuperar sus recursos. Generalmente esto se logra mediante un arreglo de pago, remate de bienes o embargo salarial. El proceso para el demandante no tiene un costo, pero sí para el demandado, pues debe contratar un abogado privado para defenderse.
Colapso en juzgados de cobro
En el país hay 19 juzgados especializados en cobro. Al 2021, cada uno tramitaba en promedio más de 50.000 expedientes, es decir el triple en una década.
FUENTE: Dirección de Planificación, Poder Judicial. || / LA NACIÓN.
Colapso del sistema
Las estadísticas del Poder Judicial muestran que, al cierre del 2021, había 854.083 casos de cobro sin resolver en los juzgados, 105.933 adicionales al 2019, antes de la crisis sanitaria. Este tipo de casos tienen una década continua de crecimiento. De hecho, la cantidad de expedientes en trámite se triplicaron en dicho periodo.
Por ejemplo, en el 2012, en promedio, cada despacho tramitaba 14.495 casos. Mientras que, el año pasado, la cifra se elevó a 45.000 expedientes promedio para cada una de las 19 dependencias especializadas en cobro judicial.
El 90% de los casos en estudio están relacionados con procesos de préstamos, en especial tarjetas de crédito; seguido de un 7% por remates de hipotecas y vehículos.
Sergio Artavia, abogado especialista en proceso monitorio de cobro y procesos concursales, concluyó que el crecimiento de casos es exponencial y se mantiene.
“El sistema colapsó. Cuando se reformó el modelo (en el 2016) se hizo uno mucho más eficiente para reducir los trámites, pero con esa cantidad de casos se complica. Hay meses en que entran 20.000 casos nuevos y esto es porque los emisores de tarjetas de crédito presentan 5.000 casos en un solo día, por ejemplo”, subrayó el especialista.
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Artavia añadió que existen procesos que permanecen años en la vía judicial en los que el pago se hace “con cuentagotas” o la disputa para cobrar sigue en proceso, por instancias del acreedor, con el objetivo de poder embargar el salario del deudor.
Para los casos nuevos, las estadísticas judiciales, muestran que, en el 2020 y 2021, ingresaron 182.400 y 155.400, respectivamente. Esto implicó una reducción frente al periodo 2018 y 2019, cuando el promedio anual fue de 240.000.
La baja se atribuye a que los bancos implementaron en los dos últimos años, procesos de arreglos de pago, prórrogas y readecuaciones a clientes, debido a la pandemia. Las modificaciones en las condiciones se hicieron de manera masiva porque el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) flexibilizó las reglas crediticias para evitar una afectación en la banca.
En el Poder Judicial se considera que la reducción pudo darse a raíz de las restricciones sanitarias decretadas por la emergencia nacional.
“La disminución puede ser producto de la afectación sufrida por todos los sectores de la administración de justicia, a raíz de la emergencia sanitaria por la pandemia del covid-19, que conllevó incluso al cierre y restricción de actividades”, explicó un estudio entregado al Consejo Superior.
Para la abogada Adriana Rojas, la situación en los juzgados empeorará en los próximos meses cuando los bancos empiecen a enviar a cobro judicial a miles de clientes que no pueden hacer frente a sus deudas.
“La flexibilización de la normativa de crédito terminó, pero la crisis no ha terminado ni la reactivación se ha dado. Esto genera el no pago de las deudas (...) El problema es que en el país no hay educación financiera y los bancos dan tarjetas de crédito sin hacer un análisis de capacidad de pago real de la persona”, afirmó Rojas.
La abogada comentó que la lentitud, a raíz del colapso actual, afecta al deudor cuando le tienen el salario embargado porque puede estar así 10 años. Pero le favorece si el proceso es un remate de la vivienda.
Artavia y Rojas coincidieron en que para el Poder Judicial es materialmente imposible resolver la cantidad de casos pendientes porque se requeriría la contratación de cientos de jueces. Entre las opciones que se han discutido, para reducir la congestión, están establecer un impuesto a quienes acudan a procesos de cobro de deudas.
Otra opción es sacar estos procesos del ámbito judicial, tal como se hizo con los arbitrajes, para que estos casos se vean extrajudicialmente.