El próximo 15 de marzo vence el plazo para presentar la declaración del impuesto sobre la renta y pagar sin recargos ni multas. Las personas asalariadas o pensionadas que tienen una actividad lucrativa también deben cumplir con esta obligación.
Por ejemplo, si usted trabaja para una empresa que le paga un salario mensual pero al mismo tiempo ofrece servicios como trabajador independiente, deberá presentar el detalle de sus salarios ganados durante el periodo fiscal del 1.° de enero al 31 de diciembre del 2023. Esta información se debe incluir en la declaración D-101 del impuesto sobre la renta, en una casilla específica destinada para este fin.
En principio, las personas asalariadas, que dependen de un patrono, no deben presentar declaración alguna, pues el impuesto de renta, si es que deben pagarlo, se les retiene directamente del salario. El pagar o no depende de que el salario supere el mínimo exento. Para el periodo fiscal del 2023, los salarios de hasta ¢941.000 mensuales estaban exentos del pago del tributo.
Este es un detalle importante, porque al hacer la declaración, los contribuyentes deben tener claro cuáles fueron los ingresos que recibieron por pensión o salarios en el periodo fiscal entre el 1.° de enero y el 31 de diciembre del 2023. Eso afectará el cálculo del tributo a liquidar ante la Administración Tributaria. En La Nación, le brindamos algunos detalles que debe tener en cuenta a la hora de hacer la presentación.
Tatiana Chacón, consultora en impuestos de la firma BLP, explicó que los asalariados con ingresos por otras actividades solo deben declarar las rentas que pagan el impuesto a las utilidades, y no así en otras, como las del capital inmobiliario. Por ejemplo, si usted es asalariado y genera ingresos extra por tener una propiedad en alquiler, no debe hacer esta declaración, debido a que esa entrada de dinero está sujeta a la renta del capital inmobiliario, y su declaración y liquidación son mensuales.
Chacón también recordó que aunque los salarios y las personas físicas con actividad lucrativa están sujetos al pago de las impuesto sobre las utilidades, y existen montos mínimos exentos, los contribuyentes no podrán gozar del beneficio de los montos mínimos exentos por ambos ingresos al mismo tiempo. En este caso, el mínimo exento se aplica directamente sobre el impuesto a los salarios, debido a que la retención la aplica el patrono automáticamente.
Mauricio Quirós, gerente de impuestos de Grant Thornton, señaló que los contribuyentes deben tener claros algunos detalles. Entre ellos, la suma de todos los salarios brutos, es decir, sin deducciones, declarados por el patrono durante el periodo fiscal del 1.° de enero al 31 de diciembre del 2023.
Al mismo tiempo, Quirós recordó que todas las personas físicas con actividad lucrativa tienen derecho a un crédito fiscal, que es una reducción que se les aplica en el tributo por estar casado o tener hijos, los cuales se ajustan cada año. Para el periodo fiscal 2023, el monto es de ¢21.000 por cada hijo menor de edad o mayor que aún se encuentre estudiando, y de ¢31.800 por su cónyuge. Esto es relevante porque puede ser un beneficio para el contribuyente a la hora de liquidar su responsabilidad tributaria.
Quirós señaló que las personas físicas con actividad lucrativa tienen dos opciones para deducir sus gastos. En primer lugar, pueden acogerse a una deducción, sin necesidad de prueba alguna, del 25% de los ingresos brutos de la actividad. La otra opción es que se acojan a las deducciones de todos los gastos que hayan hecho necesarios para generar la renta y que tengan respaldo de comprobantes electrónicos.
Al mismo tiempo, es relevante considerar que todos los contribuyentes sujetos al pago del impuesto sobre la renta deben hacer tres pagos parciales en los meses de junio, setiembre y diciembre, lo que también deberán incluir en la declaración de renta.
¿Cómo se llena la declaración?
Tanto Chacón como Quirós explicaron que los trabajadores independientes que también sean asalariados deben trasladar la información al Ministerio de Hacienda por medio de la declaración D-101 del impuesto sobre la renta, la cual deberán llenar con toda la información de su actividad lucrativa, como ingresos, gastos, deducciones, créditos fiscales, etc.
La información de los ingresos como asalariado debe llenarse específicamente en la casilla número 46 bis, donde el contribuyente debe colocar la suma de los salarios ganados durante el año. Posteriormente, el mismo sistema de la Administración Tributaria Virtual (ATV) calcula automáticamente el monto total del impuesto sobre la renta a pagar.
Por ello, Quirós señaló que es casi imposible que exista un error en el cálculo del impuesto, excepto si usted se equivoca en la suma de sus salarios brutos, algo que el Ministerio de Hacienda puede comprobar mediante cruces de información con otras instituciones, como la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
Finalmente, Chacón concluyó que si no reporta su salario en la declaración de renta, Tributación le podrá imponer multas de entre el 50% y el 150% del impuesto que realmente debe pagar. Además, deberá pagar el nuevo impuesto de forma correcta, junto con los intereses y la morosidad por el impuesto mal liquidado.