La disminución en el precio dólar provocaría un ajuste extraordinario en la previsión de gasto para el pago de la deuda pública y de otras partidas en el Presupuesto Nacional de 2024, reconoció el Nogui Acosta, ministro de Hacienda.
La divisa cerró el viernes 8 de diciembre en ¢530,82 en el mercado mayorista, su valor más bajo desde febrero del 2014. Pero el Poder Ejecutivo tiene como referencia un tipo de cambio de ¢550 para hacer frente a los compromisos con su acreedores y de ¢602 para otros rubros en la ley de presupuesto, aprobada el pasado 28 de noviembre en el Congreso.
El Presupuesto Nacional 2024, por un monto de ¢12,6 billones, destinará ¢5,8 billones al servicio de la deuda pública, es decir el pago de amortización e intereses. Aproximadamente el 15% de dicho monto se destinará a pagar deuda externa.
Otro 24% es para obligaciones externas que implican la conversión de los colones a dólares.
El Ministro de Hacienda indicó que si el tipo de cambio se mantiene bajo se deberá presentar un presupuesto extraordinario para reducir el presupuesto de amortizaciones. Esta situación ya sucedió en octubre pasado con el plan de gastos vigente cuando se generó un ahorro de ¢135.000 millones.
Dicho ajuste presupuestario extraordinario se estaría decidiendo en el tercer trimestre del próximo año, apuntó. “Ese es uno de los problemas de planificar desde abril de un año, para gastos que se harán durante el año siguiente”, comentó Acosta.
El tipo de cambio de ¢550 fue establecido por Hacienda específicamente para el servicio de la deuda y no considera las variaciones en las tasas de interés tanto internas como externas. La referencia fue presentada en la exposición de motivos del proyecto de Ley de Presupuesto en agosto pasado.
Al respecto, Acosta indicó que todas las partidas en dólares relacionadas con el pago del servicio de la deuda también son susceptibles al comportamiento de las tasas de interés.
A manera de referencia, el 17% de la deuda interna de Costa Rica, cuyo saldo era de ¢21,3 billones en octubre, se encuentra registrado en dólares.
Aparte del pago de la deuda dolarizada, existe otro grupo de partidas en dólares que fueron calculadas a un tipo de cambio ¢602, de acuerdo con lo que se oficializó en la circular MH-DGPN-DG-CIR-0005-2023, enviada por la Dirección General de Presupuesto, en abril pasado, a los jerarcas de las instituciones de gobierno y poderes del Estado.
Este tipo de cambio, según explicó Acosta, se estimó tomando en cuenta las proyecciones hechas por el Banco Central de Costa Rica (BCCR) en ese momento, y las realizadas a lo interno por Hacienda.
De acuerdo con la Encuesta de expectativas de inflación y tipo de cambio que elabora mensualmente el BCCR, en abril pasado la proyección de variación promedio a 12 meses apuntaba a una devaluación del colón de 5,3%; en ese mismo mes el dólar tocó un precio mínimo de ¢534,72 y uno máximo de ¢547,43, en el Mercado de Monedas Extranjeras (Monex).
Dos referencias y varios caminos
Sobre la diferencia entre los dos tipos de cambio de referencia, Acosta respondió que esto se debe a que es más flexible la gestión de la deuda pública que cambiar recursos entre partidas presupuestarias.
La apreciación de la moneda nacional que se vienen observando en las últimas semanas, marca distancia respecto a los tipos de cambio utilizados como referencia en el cálculo de las partidas del Presupuesto Nacional que ameritan convertirse a colones (servicio de la deuda y otros gastos que son calculados en dólares).
Todas estas partidas, calculadas con tipos de cambio de ¢550 y ¢602 por dólar, al ser convertidas con valores de la divisa más baratos, estarían generando un menor gasto en colones para la compra de la moneda estadounidense, lo que provocará un mayor registro (o sobrante) de colones en las cuentas presupuestarias.
Además de un ajuste vía presupuesto extraordinario, otra posible forma de trasladar estos colones sobrantes por la apreciación del tipo de cambio es por medio de un decreto ejecutivo, emitido por Hacienda, siempre que se trate de una misma partida presupuestaria, indicó Elian Villegas, economista y exministro de Hacienda.
A manera de ejemplo, mencionó que si se trata de un sobrante producido por el pago de salarios en el servicio diplomático, cuya remuneración es generalmente en dólares, los fondos pueden reasignarse para pagos de prestaciones en el mismo ministerio. Pero si se requiere trasladar el dinero para compra de activos o mejoras inmuebles, implica la aprobación por la vía legislativa, por ser una partida diferente.
También es requisito de aprobación legislativa si el Ejecutivo planea el traslado de fondos de una entidad a otra. Villegas mencionó también que otra opción es que ese sobrante registrado se mantenga en la partida original hasta la liquidación presupuestaria del año y estaría registrado como un ahorro.
Acerca de la deuda pública, dijo que un precio del dólar más bajo al presupuestado generará menos gastos en el pago de amortizaciones e intereses porque se utilizan menos colones en la compra de los dólares necesarios para hacer frente a las obligaciones registradas en la divisa norteamericana.
Sobre el tipo de cambio establecido de ¢602 para los cálculos presupuestarios, Villegas refirió que lo recomendable es utilizar una referencia cambiaria que no sea demasiada ajustada con el fin de evitar que el presupuesto se desactualice en un plazo inmediato.
Para el economista Luis Vargas, establecer un tipo de cambio de referencia en el cálculo presupuestario es un factor clave, más aún en una coyuntura de alta volatilidad (variaciones atípicas) que ha mostrado el tipo de cambio este año.
Estimó que la tendencia natural es que el tipo de cambio suba, por lo que es recomendable apuntar a referencias hacia el alza en los cálculos presupuestarios. Vargas refirió que en estos momentos el Gobierno se encuentra en una posición de ventaja pero recomendó cautela frente a la depreciación del tipo de cambio, que se prevé registre su tendencia natural el próximo año.
La Nación consultó a la Contraloría General de la República (CGR), sobre el análisis que realiza sobre el tipo de cambio en el Presupuesto Nacional, la respuesta del área de Fiscalización de las Finanzas Públicas de la entidad, fue que por ser una variable exógena, no está dentro de su competencia y le corresponde más bien al BCCR y al Ministerio de Hacienda.
Por otro lado, la CGR emite en el mes de setiembre un informe técnico sobre el proyecto de ley del presupuesto presentado por Hacienda y realiza fiscalización continua durante el ciclo presupuestario, desde su aprobación, ejecución hasta la liquidación del plan de gastos.