El Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD) deberá destinar al menos el 40% de los recursos a iniciativas ubicadas fuera de la Región Central a raíz de una reforma normativa, impulsada por el Gobierno, para modificar los objetivos del fondo.
Los cambios al Reglamento de Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo pretenden ampliar la cantidad de beneficiarios y facilitar el acceso de los fondos en las zonas catalogadas como rurales.
Adicionalmente, la reforma dicta que al menos el 27% de los recursos deberán otorgarse a operadores no regulados por la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) y cita a manera de ejemplo a las microfinancieras, asociaciones y cooperativas de producción.
Dicha disposición implicará un ascenso en los recursos que podrán redireccionarse a entidades no supervisadas pues, hasta febrero pasado, la Banca para el Desarrollo registró un saldo de recursos prestados por ¢681.243 millones, de los cuales ¢53.244 millones era a operadores no fiscalizados por Sugef, es decir, el 7,7%, según los datos del SBD.
Adicionalmente, el 82% de los recursos colocados del sistema se otorgaron en la Región Central, según la información de la entidad.
Más cambios
La reforma plantea que al menos el 40% de los recursos sean dirigidos a proyectos impulsados por sectores clasificados de prioritarios, es el caso de mujeres, adultos mayores, minorías étnicas, personas con discapacidad, jóvenes emprendedores, asociaciones de desarrollo, cooperativas y consorcios de pequeñas y medianas empresas (pymes).
Además establece que los recursos del Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), destinados al SBD, deben orientarse hacia estas zonas.
La reforma fue anunciada por el presidente Rodrigo Chaves el viernes 31 de marzo.
El SBD fue creado en 2008 y lo componen varias entidades encargadas de financiar e impulsar proyectos productivos. Los recursos que lo conforman son el Fondo Nacional para el Desarrollo (Fonade), el Fondo de Financiamiento para el Desarrollo (Fofide), el Fondo de Crédito para el Desarrollo (FCD) y los recursos especificados en la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional.
Con este ajuste, el SBD pondrá a la disposición recursos a los productores para el adelanto de cosecha, aseguró Victor Carvajal, ministro de Agricultura y Ganadería.
Por otro lado, brinda potestades al Consejo Rector del SBD para definir cuantías para el fondo de avales, crédito, servicios de desarrollo empresarial, capital semilla y capital de riesgo, entre otros.
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A partir de la reforma, las entidades financieras que accedan a los recursos del SBD, deberán tener entre sus programas de financiamiento y condiciones, políticas especiales que compensen las desigualdades de género y los operadores deberán justificar ante el Consejo Rector, los márgenes de interés con que se atenderán a los sujetos beneficiarios.
Trámites en menos tiempo
Por otro lado, la reforma pretende mejorar la eficiencia en los trámites, disminuyendo de 60 a 30 días naturales, el plazo para formalizar y solicitar la emisión del aval.
Asimismo, define políticas y lineamientos sobre el uso de los recursos del SBD para sus beneficiarios, además de instrumentos de transparencia para la entidad y hacia los usuarios.