El Banco Central de Cuba autorizó el uso de las criptomoneda y otros activos virtuales en transacciones comerciales, transferir digitalmente y utilizar para pagos o inversiones.
La entidad publicó las regulación que entrará en vigor dentro de 20 días para la utilización de monedas como bitcóin, ethereum, litecóin o USDT.
Además de las normas para el otorgamiento de licencia a proveedores de servicios de activos virtuales para operaciones relacionadas con la actividad financiera, cambiaria y de cobranzas o de pagos, en y desde la isla, según la resolución 215/2021 publicada, este jueves 26 de agosto, en la Gaceta Oficial de Cuba.
En Centroamérica, El Salvador fue el primer país que adoptó el bitcóin como moneda de curso legal, en junio pasado, mediante una autorización del Congreso aprobó.
En Costa Rica, Rodrigo Cubero, presidente del Banco Central, publicó un artículo, el pasado 6 de agosto, en que afirmó que la entidad se declara tolerante y vigilante con las criptomonedas.
En la nueva normativa cubana se definió a los activos virtuales como “la representación digital de valor que se puede comercializar o transferir digitalmente y utilizar para pagos o inversiones”.
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El término, según el organismo, comprende los conceptos de activo digital, criptoactivo, criptomoneda, criptodivisa, moneda virtual o moneda digital.
El concepto de proveedor de servicios de activos virtuales queda definido como “cualquier persona natural o jurídica que como negocio o en actividades de negocio se dedica al intercambio entre activos virtuales y monedas de curso legal”, así como al intercambio entre una o más formas de activos virtuales, la transferencia o la administración de los mismos.
Asimismo, el Banco Central informó que es la única entidad autorizada para que las instituciones financieras y demás personas jurídicas puedan usar activos virtuales entre ellas y con personas naturales, para realizar operaciones monetario-mercantiles, entre otras.
De hecho, la Administración Central del Estado, organizaciones políticas, sociales u otras instituciones tampoco podrán utilizar los activos digitales sin la autorización del Banco Central.
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En este sentido, el instituto emisor advirtió de los “riesgos intrínsecos del uso no autorizado de activos virtuales y de los servicios de estos, así como de consecuencias legales derivadas de ello, en el orden civil, administrativo y penal.
El pasado mes de mayo, el presidente de Cuba, Miguel Díaz-Canel, señaló que el Gobierno estaba analizando la “conveniencia” del uso de criptomonedas en las operaciones económicas del país.
La medida se suma a la reciente normativa por la que el Gobierno cubano permite la constitución de micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) tanto en el sector público como privado.
Estas acciones se enmarcan en la crisis que sufre el país, que se ha agravado con la llegada de la pandemia y que llevó a una contracción del 11% del producto interno bruto (PIB) en 2020.