Es común la inquietud de los contribuyentes, en cuanto al pago de tasas municipales, originadas en la prestación de los servicios de recolección de basura, limpieza de calles y caños o mantenimiento de parques y zonas verdes, cuando dicho servicio en la práctica no se recibe.
La pregunta concreta es si los dueños de inmuebles tienen derecho a pedir que no se les cobren los importes de esas tasas, cuando en sus propiedades no se presta el servicio municipal.
Desde un punto de vista legal, la “tasa” es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva o potencial de un servicio público individualizado en el contribuyente; y cuyo producto no debe tener un destino ajeno al servicio que constituye la razón de ser de la obligación.
Es importante resaltar que el pago de las tasas responde a la existencia de servicios estatales imprescindibles para la vida privada y en sociedad, pues el Estado organiza un servicio y lo pone a disposición del ciudadano; y aunque éste no tenga interés ni haga uso de aquél, no puede negarse a pagarlo.
Así, la obligación de pagar las tasas municipales opera aún bajo la hipótesis que al contribuyente no le interese hacer uso de estos servicios y también en los casos en que el servicio no se presta de forma completa. Ni las municipalidades ni los tribunales contenciosos han aceptado la posibilidad de dejar de pagar las tasas cuando el servicio no se recibe, pues ello iría en contra del interés público.
Entonces, existe el deber de los usuarios de cancelar las tasas municipales, en el tanto dichos tributos responden a intereses públicos generales que recaen sobre todo el cantón y no sobre la individualización de los usuarios que lo reciben.
Ahora bien, si los usuarios están descontentos por la deficiencia de los servicios municipales o por la falta de prestación de ellos, el reclamo a plantear debe ir en esa dirección: exigir la optimización de los recursos recaudados mediante estas tasas a efecto de obtener una efectiva prestación de servicios de calidad por parte de la corporación municipal.
Pero no sería posible, ni tampoco existe base legal alguna que permita dejar de pagar estos tributos, aunque por el momento no se reciba el servicio.