La Contraloría General de la República (CGR) solicitó a la Sala IV declarar inconstitucional la ley que perdona deudas por ¢5.515 millones con el Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD), a 2.400 productores.
La entidad argumenta que la Ley de Apoyo a beneficiarios del Sistema de Banca para el Desarrollo, aprobada en marzo anterior en el Congreso, establece el perdón de créditos por un monto total de ¢6.242 millones debido al impacto de la emergencia provocada por la covid-19.
Sin embargo, la CGR detectó que el 82% del monto, es decir, los ¢5.515 millones, no está ligado con la pandemia. Se trata de 2.602 operaciones de crédito activas y 66 en cobro judicial, confirmó la Secretaría Técnica del SBD, el 19 de mayo.
La contralora Marta Acosta presentó la acción de inconstitucionalidad, en la cual alega que se usó la figura de condonación para perdonar deudas, devolver bienes y dar por finalizados procesos judiciales.
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En específico, pide anular dos artículos de la norma porque son contradictorios con la exposición de motivos de la legislación, por lo cual no quedan claras las verdaderas razones de la condonación de las deudas.
Esto significa, para la CGR, que se genera una inconstitucionalidad por falta de conexidad entre el medio escogido y el fin buscado. Además, porque hay una falta de razonabilidad y proporcionalidad en la medida aprobada por los diputados.
“En los artículos aquí impugnados es claro que las condonaciones reguladas en la ley de marras se dan sobre obligaciones antiguas del SBD e incluso operaciones ya declaradas como insolutos, lo cual es material y jurídicamente imposible vincular con la pandemia generada por la covid-19”, se explica en el expediente 21-010749-0007-CO, del cual tiene copia La Nación.
Incluso, se argumenta que en uno de los programas beneficiados, el de Reactivación Productiva de la Actividad Cañera, el requisito para obtener el perdón es que las operaciones se encuentren en cobro judicial antes de la declaración de emergencia nacional y no por las consecuencias de la pandemia.
Como parte de la petición realizada a los magistrados, Acosta solicita suspender la vigencia de la ley hasta que la acción de inconstitucionalidad sea resuelta por el Tribunal, con el objetivo de no ocasionar graves daños a la Hacienda Pública con la aplicación de la norma legal.
Renato Alvarado, ministro de Agricultura y miembro del Consejo Rector del SBD, dijo que quedan a la espera de la decisión de la Sala IV, pues al Ministerio le corresponde publicar el reglamento de ley.
“Con la argumentación de la Contraloría, nos queda ver cuál es la decisión de la Sala porque si acoge la petición podría suspender el acto, entonces nos deja a nosotros en espera a una resolución final”, afirmó.
El ministro sí reconoció que el proyecto inicial era condonar deudas a pequeños productores y por montos menores, pero al final los diputados ampliaron la norma.
“El reglamento busca que los posibles beneficiarios demuestren la verdadera afectación y los motivos. Eso, para tener los elementos suficientes para cuando el SBD haga el análisis financiero y se tenga garantía de que la condición tenga sentido con la pandemia”, aseguró el ministro.
La ley permite la condonación del 100% de las deudas de 2.705 operaciones de crédito que fueron otorgadas por el Fondo Nacional para el Desarrollo (Fonade), anteriormente Fideicomiso Nacional para el Desarrollo (Finade).
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La ley se aprobó en segundo debate, en la Asamblea Legislativa, el 24 de febrero.
El presidente Carlos Alvarado avaló con su firma la nueva norma, el 26 de marzo, y está en proceso la redacción del reglamento. Una vez publicado, se podrá dar inicio con los procesos de condonación.
Previo a la aprobación legal, el Banco Central y el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) advirtieron que la decisión legislativa implicaba un daño a las finanzas públicas y una conducta oportunista.
Hallazgos de la revisión
Para fundamentar la oposición a la legislación, la Contraloría revisó los diferentes programas que se incluyeron en el perdón de deudas.
Entre los hallazgos están que la normativa dispone que se condonará no solo la deuda principal, sino también los costos asociados a la implementación de dichas condonaciones, intereses corrientes e intereses moratorios, así como el pago de costas personales y procesales con cargo al patrimonio del SBD.
La Secretaría Técnica de Banca para el Desarrollo confirmó, con corte al 20 de abril pasado, que la estimación de gastos legales totales asociados a las operaciones que se encuentran en cobro judicial y que podrían ser objeto de condonación es de ¢691 millones.
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Para justificar la desproporcionalidad de la ley, la CGR expone que se autoriza la devolución de 10 fincas adjudicadas al SBD, como dación de pago por deudas, de operaciones otorgadas entre el 2015 y el 2019, en el programa Bancrédito-Proagroin.
El daño causado a fondos públicos por dicha medida se estima en ¢513 millones.
“Es claro el uso abusivo de la potestad legislativa en un grave detrimento de la Hacienda Pública, pues se está reconociendo un beneficio desproporcionado, bajo la utilización irregular del instituto de la condonación de deuda”, sostuvo la Contraloría.
Otro de los argumentos expuestos a los magistrados es que la condonación se aprobó sin efectuar ningún estudio técnico que acredite el impacto del perdón de deudas en el patrimonio del Sistema de Banca para el Desarrollo.
Tal situación implica, para la Contraloría, que se violentan de manera grave y odiosa principios de orden constitucional, como son transparencia, rendición de cuentas y el uso eficiente de los recursos públicos, al no existir certeza sobre la afectación.