Costa Rica anunció que suspenderá beneficios arancelarios a Panamá por incumplir un fallo de un laudo arbitral de la Secretaría de Integración Centroamericana (SICA), dado en enero del 2021, por obstáculos al ingreso de tomate fresco costarricense al país canalero.
“Panamá no cumple desde enero del 2021 con la habilitación de tomate fresco costarricenses”, dijo Manuel Tovar, jerarca del Ministerio de Comercio Exterior (Comex).
Tovar no adelantó a cuáles productos panameños se suspenderá los beneficios, pues dijo que están en el proceso de análisis, afirmó a La Nación. “Para suspender los beneficios debe existir el incumplimiento de un fallo. Es quitar los beneficios equivalentes al sufrido, en el mismo sector, o sectores similares”, afirmó.
Este diario consultó en tres ocasiones al funcionario cuáles ventajas arancelarias se suspenderán a Panamá y cuáles productos afectados. Sin embargo, Tovar dijo que trabajan en dicho proceso.
“No le puedo anticipar el sector o los sectores (en que se da la suspensión) porque es una decisión que tiene que pasar por trámites internos, pero no puedo anticiparlo. En el debido momento lo haremos”, afirmó el Ministro.
La decisión que tome el Gobierno debe estar fundamentada en aspectos técnicos, equivalentes al daño generado, y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta mediante un decreto ejecutivo.
Tovar enfatizó que la decisión se tomó bajo la legalidad internacional pues el Mecanismo de Solución de Controversias Comerciales entre Centroamérica, del SICA, brinda la posibilidad al país ganador del laudo arbitral de suspender beneficios a la nación que tuvo el fallo en contra, si en seis meses no corrigió la actuación.
En la diferencia entre Costa Rica y Panamá, el periodo de vencimiento de la sentencia arbitral se venció en agosto del 2021. Comex informó, en un comunicado, de que se realizaron múltiples gestiones y aproximaciones de buena fe con las autoridades panameñas, pero no prosperó el levantamiento de la restricción impuesta al tomate tico en el país vecino.
El jerarca de Comercio Exterior confirmó que incluso conversó con su homólogo, Federico Alfaro Boyd, ministro de Comercio e Industrias de Panamá, pero tampoco hubo una respuesta positiva.
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Las controversias comerciales con la República de Panamá no ocurren solo con el caso del tomate. En julio del 2020, dicha nación estableció un bloqueo a varios productos costarricenses, al impedir el ingreso de bienes de origen animal procedentes de 26 plantas, con el argumento de supuestos incumplimientos con la presentación de documentos para renovar los permisos sanitarios .
Días más tarde, en agosto, Costa Rica informó a la Organización Mundial del Comercio (OMC) sobre la prohibición impuesta por Panamá a las exportaciones de productos lácteos y cárnicos. El país abrió oficialmente un proceso contra ese país en el seno de la OMC, con un llamado a consultas entre las dos naciones. La solicitud fue planteada el 11 de enero del 2021.
En mayo de este año, Tovar, señaló a La Nación que mantendrían en pie el proceso abierto contra Panamá, pero que buscaría el diálogo con su par panameño.
El jerarca del Comex anunció en el Congreso, este miércoles 28 de setiembre, que Costa Rica prepara impuestos para los productos panameños que ingresan al territorio nacional libres de tributos, como represalia por el bloqueo comercial que Panamá impuso a los productos lácteos costarricenses.
Caso del tomate
En marzo del 2019, Costa Rica presentó oficialmente la solicitud de un mecanismo de resolución de controversias al SICA porque Panamá impuso medidas fitosanitarias que restringen y afectan la comercialización de tomate fresco nacional en dicho país. En noviembre del mismo año, se estableció el tribunal arbitral.
“Determinar que ha quedado debidamente probado que las importaciones de tomate fresco de Costa Rica han estado sujetas a una medida de facto, aplicada por las autoridades panameñas, que impide (...) la importación en Panamá de tomate fresco originario de Costa Rica”, se detalla en la sentencia del 31 de enero del año pasado, de la cual Comex entregó copia a La Nación.
El Tribunal Arbitral también determinó que Panamá incumplió el Reglamento Centroamericano sobre Medidas y Procedimientos Sanitarios y Fitosanitarios el cual dicta que las medidas fitosanitarias aplicadas no tendrán por objeto o efecto crear obstáculos innecesarios al comercio.
El órgano centroamericano dio, en enero del 2021, el plazo de seis meses al gobierno panameño para corregir la infracción.
* Nota del redactor. El artículo se modificó a las 2:30 p. m., del jueves 29 de setiembre, porque el fallo del Laudo del Tribunal Arbitral fue en enero del 2021, y no en el 2020.