Las empresas y particulares con actividades económicas en Costa Rica deben prestar especial atención al cierre fiscal para realizar todas las declaraciones informativas de impuestos y efectuar los pagos de tributos correspondientes, ya sean parciales o totales.
A pesar de ello, muchas personas aún mantienen confusión acerca de cuándo finaliza el año fiscal en Costa Rica, debido a las modificaciones que experimentó este periodo en ciclos recientes.
Leonardo Ávila, abogado especializado en tributación de la firma ICS, recordó que en el año 2023, el cierre fiscal es el 31 de diciembre, pues el periodo fiscal abarca desde el 1.° de enero hasta el final del año calendario.
La Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, promulgada en diciembre del 2018, puso fin al período fiscal que solía comprender del 1.° de octubre al 30 de setiembre. Este ciclo, relacionado históricamente con las cosechas de café, fue reemplazado por uno que se alinea con el año natural.
Ávila detalló que en el 2019 tuvo lugar un periodo de transición, en el que se aplicó un ciclo fiscal especial de 15 meses, comenzando el 1.° de octubre del 2019 y finalizando el 31 de diciembre del 2020. Esto significa que en enero se cumplirá el tercer año de implementación de la nueva modalidad que concuerda con el año natural.
Asimismo, el experto en tributación enfatizó la importancia de ciertas fechas clave en el calendario tributario, en las cuales se deben presentar declaraciones mensuales y realizar pagos parciales del Impuesto sobre las Utilidades (renta).
Por ejemplo, las declaraciones del Impuesto sobre las Ventas (IVA) y el Impuesto de Ganancias y Pérdidas de Capital deben presentarse durante los primeros 15 días naturales de cada mes.
De esta manera, las empresas tienen plazo hasta el 15 de setiembre para presentar estas declaraciones y efectuar el pago de los impuestos asociados a las actividades realizadas en el mes de agosto. Si el 15 de cualquier mes no es un día hábil, el plazo se extiende hasta el siguiente día hábil.
Por otro lado, los servicios relacionados con ingeniería, arquitectura, topografía y construcción de obra civil experimentarán un incremento en su tasa de IVA a partir del 1.° de septiembre. Esto conllevará un aumento del 8% al 13% en la tarifa correspondiente..
Ávila aclaró que los contribuyentes inscritos en el Régimen Tradicional de Tributación deben realizar el segundo pago parcial de renta antes del 30 de setiembre.
Estos pagos parciales representan adelantos obligatorios del impuesto sobre las utilidades, tal como establece el artículo 22 de la Ley correspondiente. El monto abonado en los pagos parciales se considerará en el pago definitivo del tributo. El tercer y último pago parcial tendrá como fecha límite el 30 de diciembre del 2023.
La declaración final del Impuesto sobre la Renta podrá presentarse hasta dos meses y 15 días después del cierre fiscal.
El experto tributario recordó a los contribuyentes que pueden solicitar una modificación o eliminación de pagos parciales por lo menos dos meses antes del pago parcial.