Los miembros de juntas directivas y gerentes de bancos, fondos de pensiones, aseguradoras y fondos de inversiones morosos en la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y en sus créditos; que estén bajo investigación judicial o hayan sido juzgado por alguna falta se exponen a una eventual remoción inmediata del cargo.
Así se propone en las nuevas reglas sobre idoneidad de las personas para desempeñarse en un cargo de alta dirección de una entidad financieras que fue enviado a consulta por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif), el pasado 21 de diciembre. La normativa también establece un límite de cinco juntas directivas en las cuales una persona puede estar nombrada. Dicha cantidad debe incluir los órganos de dirección de un conglomerado financiero, así como terceras empresas.
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La norma se creó porque el Conassif y las superintendencias detectaron un “amplio margen de interpretación” en nombramientos de miembros de directivas y gerencias en instituciones públicas y privadas. Por ejemplo, las entidades fiscalizadoras encontraron dentro de las prácticas el nombramiento de personas que eran exempleados, exfuncionarios o exmiembros del órgano de dirección de entidades relacionadas entre sí.
Alberto Dent, presidente del Conassif, afirmó que en las entidades financieras privadas descubrieron nombramientos de directivos independientes por periodos continuos sin interrupción, lo cual desvirtúa la independencia. Mientras que, en el sector público, recordó las polémicas de elección y posterior destitución de miembros del gobierno corporativo en el Banco de Costa Rica (BCR), el Banco Nacional de Costa Rica (BNCR) y el Banco Popular.
“Se da una interpretación muy laxa y a pesar de los análisis (de evaluación) nos encontramos que había un montón de gente sentada (en un órgano de dirección) que no calificaba y no da seguridad para decirle a los inversionistas y ahorrantes: ‘mire usted está protegido’. Tenemos la responsabilidad de fijar normas y reglas para que las personas que administran recursos de terceros lo hagan de manera profesional y con experiencia”, enfatizó Dent.
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Durante la administración de Luis Guillermo Solís ocurrieron varios escándalos en la banca pública que finalizaron en procesos de investigación, administrativos y judiciales, en la banca pública; así como la salida de varios miembros de juntas directivas.
En el BCR se trató del conocido caso del cemento chino que provocó la destitución de varios miembros de la directiva y la detención de otros tantos gerentes de la entidad estatal. El Consejo de Gobierno destituyó a varios integrantes después de recomendaciones de la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef).
En el BNCR la polémica comenzó con la intención de varios miembros de la directiva general de acaparar todas las juntas de las empresas subsidiarias de la entidad estatal. Además, dos directivos se vieron envueltos en polémicas judiciales. Uno fue detenido armado en el aeropuerto y otra por su relación con la compañía Latinamerica Trust & Escrow Company (Latco), a la cual se le cerraron cuentas bancarias por presunta legitimación de capitales.
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En el Banco Popular, los cuestionamientos ocurrieron porque en la entidad se designaron a miembros de la alta gerencia incumpliendo con la restricción del tope salarial dictada por el Gobierno. Esto derivó en la suspensión de los tres directivos designados por el Poder Ejecutivo, al comienzo de la administración de Carlos Alvarado.
El nuevo Reglamento sobre idoneidad y desempeño de los miembros de órgano de dirección y de alta gerencia, planteado por el Conassif, derogaría la norma vigente, creada en mayo del 2018. El Consejo aún está en el proceso de recepción de observaciones. La Asociación Bancaria Costarricense (ABC) y la Cámara de Bancos informaron que aún están en el análisis de las reglas propuestas por lo cual no se refirieron al documento.
¿Cómo funcionará?
Las cuatro superintendencias que fiscalizan el sistema financiero costarricense serán las encargadas de efectuar el análisis de idoneidad de los miembros de las juntas directivas y la alta gerencia.
Para ello, cada entidad deberá remitir un documento con los atestados de las personas designadas en el puesto. La información se enviará de manera anual y cuando haya un nuevo nombramiento.
Si la Sugef, la Superintendencia de Pensiones (Supén), la Superintendencia General de Valores (Sugeval) y la Superintendencia General de Seguros (Sugese) detectan algún incumplimiento “la persona nombrada no podrá considerarse idónea y en atención a la política requerida a la entidad debe ser removida del cargo”.
“Cuando se da un nombramiento que no califica, de acuerdo a lo planteado en la norma, se le informará a la entidad de que tiene que remover a la persona. Tiene que ser así porque qué pasa si nos encontramos a un gerente general cometiendo todo tipo de tonteras y nosotros tratando de proteger al inversionista”, subrayó Dent.
La norma dicta nueve casos concretos en los cuales se debe destituir a una persona del cargo. Por ejemplo, si en los últimos cinco años la persona fue condenada en Costa Rica o el extranjero por esos de legitimación de capitales, corrupción o por incumplimiento de deberes en la función pública.
También si fue la persona o alguna de las sociedades anónimas en las que participa fue objetivo de una proceso concursal, de liquidación, intervención, insolvencia o quiebra. Incluso si el proceso terminó en conciliación o arreglo extrajudicial. Así como en los casos de deudas sin pagar a la seguridad social o la banca.
El reglamento propone incluso que si la persona está bajo investigación judicial abierta, se deberá evaluar si debe continuar en el cargo, pues la permanencia en el puesto puede tener un impacto reputacional en la institución.