El Ministerio de Hacienda propuso una modificación integral al actual decreto que establece las reglas de ingreso y permanencia en el régimen tributario simplificado. En este esquema se enlistan actualmente 80.000 contribuyentes inscritos.
El sistema permite al contribuyente pagar una tasa menor del impuesto sobre la renta y del impuesto sobre el valor agregado (IVA), las cuales se mantienen sin modificación. El contribuyente efectúa declaraciones tributarias y su respectivo pago una vez cada tres meses. Además, la norma planteada mantiene la obligación de llevar el libro de compras y la autorización para la no emisión de comprobantes electrónicos, siempre que alguno de los artículos vendidos no exceda el 5% del salario base vigente.
Sin embargo, sí incorpora una serie de cambios que llevaron a la Dirección General de Tributación a plantear la derogación de la actual norma, creada en 1996, por el texto enviado a consulta pública el viernes 2 de diciembre.
Una de las medidas relevantes es que amplía las actividades que pueden acogerse a este régimen especial para incluir negocios, en un porcentaje relevante, por mujeres jefas de hogar. Entre los nuevos sectores se incluyen el servicio de catering, plantas ornamentales, bisuterías, confección de prendas de vestir para personas y mascotas, elaboración de obras de arte, entre otros.
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Roxana González Masís, directora de Control Extensivo de Tributación, confirmó que la mayoría de las actividades incorporadas son pequeños negocios, dirigidos por emprendedores, cuya característica es que se trata de empresas familiares o unipersonales.
“Se quiere brindar la oportunidad a la persona de inscribirse para dejar la informalidad, lo cual le puede favorecer para ser sujeto de financiamiento de Banca de Desarrollo”, comentó la funcionaria.
El reglamento propuesto permite la permanencia en el régimen simplificado de los bares, cantinas, tabernas, restaurantes, cafés y sodas sin importar el nivel de sus ventas.
La norma actual excluye la incorporación de los restaurantes cuando el valor máximo de cualquier opción individual de menú, supera el 1,5% de un salario base. En los bares es cuando el valor máximo individual de venta, de cualquier bebida alcohólica, supera el 1% del salario base que actualmente es de ¢462.200.
La norma enviada a consulta también amplía el principal requisito de ingreso al sistema. Actualmente solo pueden enlistarse los contribuyentes cuyo monto anual de compras sea de ¢69 millones, equivalente a 150 salarios base. El objetivo es ampliarlo a 186 salarios base, es decir, a ¢86 millones.
La vocera de Tributación explicó que, si el cambio se aprueba, un contribuyente podrá pasarse del régimen regular al simplificado si cumple con el nuevo requisito.
Para Fabio Salas, socio de Impuestos y Servicios Legales de Deloitte Costa Rica, elevar el monto de ingreso al sistema, permitirá a muchas empresas o personas que superan el techo actual, acogerse al régimen. “El esquema de contribución seguirá siendo el mismo, pero las nuevas actividades tendrán la opción de cumplir con el IVA y renta bajo las reglas del régimen especial”, subrayó.
Una de las novedades presentadas por Hacienda es que permite la inscripción de contribuyentes cuya actividad tenga su origen mediante la explotación de una franquicia o marca. En la norma actual no es posible.
“Antes para una persona no era posible inscribirse en el régimen de simplificación sin compraba una franquicia, ahora sí será posible. Esto aplica solo si el negocio es pequeño y cumple con los otros requisitos de ingreso, como el de las ventas anuales equivalentes a 186 salarios base”, dijo la directora de Control Extensivo del fisco.
El último cambio propuesto es la norma antifraude, que actualmente no existe en el régimen simplificado. Esta nueva regla lo que busca es evitar que grupos empresariales inscriban diferentes sociedades bajo el sistema especial con el objetivo de pagar menos impuestos.
La funcionaria de Tributación explicó que para hacer cumplir la nueva disposición cuentan con herramientas e indicios para detectar a un contribuyente grande que busca esconderse entre los pequeños.
Además de que cuando descubren una anomalía a la empresa o persona se le pasa del régimen simplificado al general, cuyas tasas de contribución son mayores, y se le inicia un proceso de fiscalización que puede incluir la rectificación de periodos fiscales.