El Ministerio de Hacienda presentó este viernes 5 de febrero, a la Asamblea Legislativa, un nuevo proyecto de ley de renta global dual, donde se modifican algunos artículos y se suprimen otros del texto anterior, el cual será retirado del trámite legislativo.
Elian Villegas, ministro de Hacienda, aseguró que el cambio busca superar todos los temas que fueron objeto de discusión en los últimos días.
“Se está presentando como un nuevo proyecto (de ley), de forma que hoy sea retirado el proyecto de renta global que estaba en conocimiento de la Asamblea Legislativa y se pasa a conocer este otro”, afirmó Villegas a La Nación.
El jerarca confirmó que quieren dejar atrás los temas que han generado polémica, algunos de los cuales no tuvieron razón, destacó.
“Se está dejando todo absolutamente claro para que no haya ruidos sobre esos tópicos”, manifestó Villegas.
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En las últimas dos semanas, el primer texto del proyecto, entregado a la Asamblea Legislativa, se ha visto envuelto en medio de polémicas debido, principalmente, a que sectores económicos y especialistas interpretaron que el plan modificaba beneficios fiscales relativos a los fondos de pensión complementaria y al régimen de zonas francas.
Entre los cambios, se adiciona un inciso (5) en el Artículo 8 sobre exenciones, para aclarar y garantizar que los regímenes voluntarios y complementarios de pensiones seguirán exentos del pago del impuesto sobre la renta, manifestó el Ministerio de Hacienda, por medio de un comunicado.
Además, la cartera indicó que en la nueva propuesta de ley se garantiza la vigencia de todos los beneficios fiscales de la Ley del Régimen de Zona Franca (N.º 7210), y sus reformas, en los términos y topes de esa legislación, así como lo dispuesto en los acuerdos ejecutivos de otorgamiento del régimen, pasados y futuros.
Otro de los puntos que causó discusión fue la posibilidad de que la propuesta de renta global dual estuviera incluyendo cambios en la forma en que el fisco cobra impuestos sobre las herencias recibidas de un contribuyente que falleció, esto en su Artículo 120.
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Este martes 2 de febrero, Carlos Vargas, director de Tributación, aseguró que se trataba de una norma aclaratoria, que no implicaba modificaciones. “ (...) dado que estamos en presencia de una nueva ley se busca evitar interpretaciones en sentido contrario y dejar claro que se mantiene lo dispuesto en el Código (de Normas Procedimientos Tributarios)”, afirmó.
Sin embargo, en el nuevo texto, presentado este viernes, se elimina el artículo 120 (Sucesión en la deuda tributaria) del proyecto. “Al respecto, se debe recordar que las obligaciones tributarias de los sucesores de un contribuyente fallecido, ya están reguladas en el artículo 19 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, (Ley 4755), vigentes desde el 3 de mayo de 1971″, indicó Hacienda, en el comunicado.
El Gobierno aclaró que el equipo técnico del Fondo Monetario Internacional (FMI), ya está al tanto del cambio de texto.
Además, de que no implicará ninguna reducción en la meta de recaudar el equivalente al 0,43% del producto interno bruto (PIB) entre el 2023 y 2025, confirmó Carlos Vargas, director de la Dirección General de Tributación.
“El nuevo texto fue puesto en conocimiento del equipo técnico del Fondo Monetario Internacional (FMI) antes de su presentación, en virtud de que forma parte de los proyectos contemplados dentro del acuerdo técnico con ese organismo, y viene a sustituir por completo en la tramitación legislativa al texto presentado previamente (exp. 22.383)”, resaltó Hacienda.
Más cambios al texto
El nuevo proyecto suprime toda referencia de modificación o creación de un impuesto a sociedades y de un impuesto de renta a no residentes.
El director de Tributación explicó, esta tarde, que las empresas continuarán sujetas bajo la actual Ley del impuesto sobre la renta (N° 7092) y mantienen el tratamiento de las rentas cedulares, es decir, no se globaliza.
Además, se mantiene la actual tarifa del 30% para el impuesto sobre las utilidades y para las pymes, con ganancias de hasta ¢109 millones anuales, la tarifa escalonada vigente.
Asimismo se suprime cualquier referencia a la sujeción de rentas proveniente del exterior, y se garantiza que solo se gravarán las rentas de fuente costarricense
“Se elimina todo lo tiene que ver con la sujeción o algún tipo de sujeción de rentas provenientes del exterior. Se deja claro que la renta de fuente costarricense, que se estaría gravando, es la renta generada en el territorio nacional”, destacó Vargas.
Añadió que el tributo a los no residentes, queda vigente la regulación del impuesto de remesas al exterior.
Vargas recalcó que el texto propuesto de renta global dual será, exclusivamente, para personas físicas.
“El proyecto se centra en todo lo que tiene que ver con la persona física. Se elimina la referencia al impuesto a las sociedades, con lo cual, la ley vigente de impuesto sobre la renta quedaría vigente para personas jurídicas”, aseguró el funcionario.
Adicionalmente, el nuevo texto mantiene la exoneración de la renta proveniente de la venta de la vivienda única habitual de las personas.
También se elimina la derogatoria genérica de exoneraciones al impuesto sobre la renta, pues se quita el artículo 123 del proyecto anterior.
Este proponía la derogación de todas las exenciones tributarias previstas en las diferentes leyes, decretos y normas legales que concedan exención total o parcial del pago del impuesto sobre la renta.