Las sociedades inactivas tendrán hasta el próximo 15 de noviembre para presentar la declaración de impuestos sobre la renta de los periodos 2020 y 2021, luego de que el Ministerio de Hacienda informara, este viernes, de que ampliará el plazo para entregar los documentos.
La cartera explicó que tomaron la decisión tras las inquietudes externadas por los contribuyentes acerca de la presentación de esta declaración. La resolución oficial que amplía el plazo para entregar el documento se publicará en el diario oficial La Gaceta en los próximos días.
LEA MÁS: Hacienda capta ¢364.000 millones en bonos de deuda interna luego de ofrecer mayores tasas de interés
La declaración debió presentarse varios meses atrás, pero el plazo se prorrogó por el hackeo del Grupo Conti a los sistemas informáticos de Hacienda. En primera instancia, se había establecido el 16 de agosto como fecha límite, una vez se reactivó el sistema Administración Tributaria Virtual (ATV).
Ahora, con la nueva fecha, el periodo se prorrogó por tres meses más, hasta el 15 de noviembre. Aquellos contribuyentes que efectúen el trámite ante la Dirección General de Tributación después del día límite, se exponen a una sanción administrativa que va desde los ¢46.220 hasta los ¢231.100.
Joseph Valverde, ejecutivo de impuestos y legal de la firma Baker Tilly Costa Rica, explicó que las sociedades inactivas son aquellas que no realizan actividades lucrativas y su razón de existir corresponde a ser la tenedora de fincas, edificios, otros inmuebles, o bienes muebles, como vehículos.
En el formulario, el contribuyente debe detallar, además de los activos inscritos a nombre de la sociedad, si cuenta con pasivos, como deudas bancarias o préstamos, así como su patrimonio; es decir, el capital social y aportes extraordinarios, en caso de existir, detalló Valverde.
Por su parte, Dilana Barrientos, gerenta de Impuestos de Grant Thornton Costa Rica, explicó que estas sociedades deben subir la declaración de renta D-101 simplificada a la plataforma ATV y solo se llenan datos básicos. Agregó que si el contribuyente no ha presentado la declaración del 2020 y el 2021, debe efectuar dos trámites, uno por cada periodo.
Tras la reactivación de los sistemas, Tributación estableció como prioridad la entrega de información de los grandes contribuyentes, pues representan el 70% de la recaudación anual del fisco. Seguidamente, les tocó el turno a los demás contribuyentes, entre personas físicas y jurídicas con actividades lucrativas.
LEA MÁS: Rodrigo Cubero, expresidente del BCCR, ve poco probable que Costa Rica caiga en recesión