Los pequeños negocios que hacen explotación de franquicias, marcas y nombres comerciales podrían acogerse al Régimen de Tributación Simplificada mediante una reforma a las reglas de este sistema, propuesta por el Ministerio de Hacienda.
La institución envió, este viernes 2 de noviembre, una propuesta de cambios reglamentarios donde se amplían las actividades económicas que podrían acogerse a este régimen. El objetivo es motivar a empresarios y emprendedores para que se incorporen a la formalidad, al facilitarles el cumplimiento voluntario de sus obligaciones tributarias, se informó en un comunicado de prensa.
Entre las nuevas actividades están el servicio de catering; viveros de plantas ornamentales, suculentas, plantas de jardín; la elaboración de terrarios, fabricación y reparación artesanal de maletas, bolsos de mano y artículos similares.
Además de la elaboración de bisutería; obras de arte, confección de prendas de vestir para personas y sus accesorios, así como elaboración de prendas para mascotas; servicios de serigrafia y sublimación.
Adicionalmente, las modificaciones elevan el monto anual de compras de contribuyentes para pertenecer a este sistema especial, pues pasaría de los ¢69 millones actuales a (equivalente a 150 salarios base) a ¢86 millones, es decir, 186 salarios base.
Otra de las novedades de la propuesta es que se introduce una norma antifraude con el objetivo de evitar una menor contribución. Si Tributación determina que hay contribuyentes inscritos en el régimen especial, de mismo grupo económico, las tasas de los impuestos se evaluarán de manera integral y no de forma individual.
“Se considera como grupo económico al conjunto de empresas, cualquiera sea su actividad u objeto social, que participen directa o indirectamente en la dirección, control o capital del contribuyente, o cuando las mismas personas participen directa o indirectamente en la dirección, control o capital de ambas partes”, se detalla en la norma.
Además, se mantiene la obligación de llevar el libro de compras y la autorización para la no emisión de comprobantes electrónicos, siempre que alguno de los artículos vendidos no exceda el 5% del salario base vigente.
Este régimen simplificado es el que se aplica a pulperías, bazares y otros negocios pequeños que por su tamaño se les permite no entregar facturas y llevar una contabilidad más sencilla. Para estar en este sistema, los negocios deben cumplir una serie de criterios de compras, ingresos y número de empleados, entre otros.
El régimen simplificado permite al contribuyente pagar una tasa menor del impuesto sobre la renta y del impuesto sobre el valor agregado (IVA). Además, el contribuyente efectúa declaraciones tributarias una vez cada tres meses.
La nueva propuesta reglamentaria deroga el reglamento vigente, pero mantiene muchos de los elementos principales del existente. Por ejemplo, las tasas de contribución para las personas y empresas son las mismas, pero se agregan las nuevas actividades que pueden acogerse al régimen especial.
Suprime restricciones
Para Francisco Villalobos, socio director de ICS y exdirector de Tributación, una de las virtudes de la reforma es que elimina restricciones existentes de la actual norma como la explotación de franquicias, marcas o normas comerciales. Aunque señaló dudas en si la norma antifraude introducida puede establecerse a nivel reglamentario.
“Los cambios propuestos buscan acercar y apoyar a las pequeñas empresas para la reactivación de la economía con un régimen que busca simplificar el cumplimiento tributario. Se debe tener cuidado con que este no distorsione el sistema generando inequidad y hasta fomentando la participación artificiosa de empresas que solamente busquen beneficiarse”, subrayó Villalobos.
Germán Morales, socio de Impuestos de Grant Thornton Costa Rica, consideró que elevar la cantidad de compras anuales para ingresar al régimen era una actualización necesaria a raíz del alza de precios.
El régimen simplificado se creó en 1996. Desde entonces tuvo varias reformas, la última ocurrió en el 2019.