El Proyecto de Renta Global Dual, propuesto por el Gobierno dentro del paquete de medidas acordadas con el FMI, incorpora cambios profundos en la forma en que los trabajadores asalariados y cuenta propia pagan, actualmente, el impuesto sobre la renta al fisco.
Entre los principales cambios están que amplía la base para determinar cuáles son los ingresos de una persona, pues ya no toma en cuenta solo el salario, como ocurre actualmente, sino que incluye otras rentas adicionales como venta de servicios y bienes; o las dietas por participar en junta directivas, que son catalogadas como ingresos mensuales recurrentes de la persona.
Adicionalmente, amplía la base de contribuyentes del impuesto, pues la exención será para quienes tengan ingresos iguales o inferiores a ¢8,2 millones (¢683.333 por mes). El monto anual exento hoy es de ¢10,1 millones, es decir, ¢842.000 por mes.
“Técnicamente lo que el proyecto hace es que amplía la base del impuesto porque está considerando más contribuyentes, de los que se tienen hoy en día”, explicó Priscilla Piedra, socia de Impuestos de Deloitte.
Carlos Vargas, director de la Dirección General de Tributación, enfatizó que cerca del 70% de las personas físicas quedan por debajo del nuevo umbral propuesto en el proyecto de ley.
“Con la propuesta de renta global dual, primero se pone a la persona como centro del sistema, de manera que todo los ingresos de la persona sin importar la fuente, salvo las rentas de capital, se consolidan en una sola base y a esta base se le aplica una escala progresiva del impuesto”, explicó Carlos Vargas, director de Tributación.
El proyecto mantiene las tarifas y retenciones a la fuente de las rentas de capital, sean mobiliarias o inmobiliarias, tales como alquileres, certificados de ahorro a plazo, o rendimientos de títulos valores.
La propuesta es que los cambios legales propuestos comiencen a aplicarse a partir del 1.° de enero del 2023.
La iniciativa, enviada el pasado 22 de enero al Congreso, es parte de un paquete de reformas pactadas con el Fondo Monetario Internacional (FMI) para que el Gobierno obtenga un financiamiento de $1.750 millones.
Deducciones y declaración
La ley propuesta establece un ingreso mínimo vital que está exento de pago y de presentar declaración de impuestos, precisamente, de ¢8,2 millones al año.
Para el trabajador que esté por encima de dicho monto, la propuesta permite efectuar una serie de deducciones y créditos fiscales.
Por ejemplo, la normativa habilita la posibilidad de establecer reducciones a la base imponible (sobre la cual se aplica el impuesto) por el cónyuge, hijos y dependientes mayores de 65 años.
En el caso de la pareja, la propuesta permite la deducción de ¢250.000 al año y para hijos y dependientes de ¢150.000 por persona.
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También se permitirán reducciones en los casos en que los padres estén divorciados y uno de ellos tenga obligaciones de manutención.
En estos casos, se permitirá el descuento anual de ¢100.000, por material educativo; y de ¢100.000 por guardería.
La norma también permitiría al trabajador efectuar deducciones por honorarios y gastos médicos de hasta ¢250.000 anuales.
Así como el 15% del monto del gasto por alquiler de vivienda, o del gasto por intereses por un préstamo de vivienda, se detalla en el documento, en total, de 147 páginas.
Una vez hecha todas las deducciones permitidas y los créditos fiscales, por la retención a la fuente, ya sea por ganancias de capital o hecha por el patrono de un asalariado, es que se establecerá la base liquidable del impuesto.
“Si los de la persona están por debajo del mínimo exento, no tienen impuesto que pagar, ni deducciones por hacer. Si los ingresos son superiores al mínimo vital, entonces sí debe presentar declaración de impuestos”, recalcó el Director de Tributación.