La Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (Prodhab) mantiene la orden cautelar que le dio al Banco Central desde el 28 de agosto, de abstenerse de pedir datos de deudores sin anonimizar.
Lo que sí decidió la Prodhab es suspender la resolución final del proceso que abrió contra el Banco Central de Costa Rica (BCCR) hasta que la Sala IV resuelva la acción de inconstitucionalidad presentada por la Asociación Bancaria Costarricense (ABC).
Róger Madrigal López, presidente del Banco Central, les informó a los diputados, el jueves, durante su comparecencia ante la Comisión de Ingreso y Gasto Público de la Asamblea Legislativa, que el proceso había sido suspendido.
Lo sustentó en que la resolución 725-2023 de la Prodhab indica: “Suspender el conocimiento, análisis y cualquier otro tipo de resolución del procedimiento de protección de derechos que se analiza en esta Agencia (...) hasta que la Sala Constitucional no se pronuncie respecto al fondo de la acción de inconstitucionalidad bajo el expediente 23-020910-0007-CO”.
Sin embargo, esa resolución no indica que se suspenden las medidas cautelares emitidas en otra resolución, la número 697-2023, del 28 de agosto, en la cual declaró con lugar medidas cautelares solicitadas por la Asociación para la Defensa de los Intereses y Derechos de Consumidores y Usuarios del Sector Financiero, Industrial, Energético, Inmobiliario y de la Administración en Costa Rica (Asodidcu).
Asodidcu informó que este viernes, al mediodía, tuvo acceso al expediente 180-08-2023-DEN, del cual forma parte como denunciante contra el Banco Central, “y no pudo constatar que existiera ninguna nueva resolución de la Prodhab que se pueda interpretar como una suspensión de las medidas cautelares”.
Esas medidas cautelares ordenaron al Central suspender cualquier solicitud de información que incluya datos de personas sin anonimizar, y a la vez instruyó a la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef), a no entregar esta información al ente emisor.
En el fallo de cinco páginas que expuso la agencia el 28 de agosto explicó que es de su potestad emitir acciones cautelares para salvaguardar los derechos de las personas.
“Se podría hablar de un posible daño inminente y de difícil reparación si la información que se pueda tener acceso (por parte del Banco Central) contiene datos personales (...) se hace ineludible el establecimiento de la medida cautelar en razón de los eventuales daños y perjuicios que se podría provocar a los habitantes”, argumentó en su resolución.
El pasado 31 de agosto, el Tribunal Constitucional admitió para su estudio la acción de inconstitucionalidad presentada por la ABC. Esta acción se presentó en contra de la solicitud del Banco Central de obtener información crediticia de los deudores sin anonimizar.
La ABC cuestiona la intención del Banco Central, argumentando que los datos de Sugef contienen información de carácter privado, sensible, confidencial y amparada por el secreto bancario.
La organización bancaria considera que el ente emisor está haciendo una interpretación errónea de su Ley Orgánica al afirmar que esta le habilita para acceder a las bases de datos en posesión de Sugef.
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Nota del editor: Información actualizada a las 7:14 p.m. del viernes 22 de setiembre para aclarar que se suspendió la resolución final del proceso que abrió Prodhab al Banco Central, no las medidas cautelares.