La Sala IV rechazó por el fondo, este miércoles 14 de abril, una acción de inconstitucionalidad presentada por el alcalde de Alajuela, Humberto Soto Herrera, con lo cual ratificó la exoneración, por un periodo de 10 años, del impuesto sobre bienes inmuebles a las empresas del Régimen de Zonas Francas.
La resolución de los magistrados termina con la incertidumbre entre los inversionistas de multinacionales acerca de la seguridad jurídica del país, según habían denunciado la Coalición Costarricense de Iniciativas de Desarrollo (Cinde) y la Asociación de Empresas de Zonas Francas (Azofras).
El fallo ratifica una interpretación auténtica de la ley, aprobada por los diputados, el 26 de mayo del 2020, y vigente desde el 14 de julio de ese año.
La continuidad de ese beneficio quedó en firme con el voto de mayoría N° 2021007442, según informó la Sala Constitucional, en un comunicado.
La comunicación de ese tribunal indica que que no existe violación alguna a los principios de razonabilidad y proporcionalidad, como lo indicó el denunciante.
El alcalde alajuelense impugnó la constitucionalidad de la Ley N° 9851, la cual contiene una interpretación auténtica del artículo de la Ley N° 7210 (Ley de Régimen de Zonas Francas), donde se aprobó esta exoneración.
Esa interpretación auténtica ratificó que las zonas francas están exoneradas del impuesto a bienes inmuebles y del impuesto de traspaso de bienes inmuebles y rige desde julio del 2020.
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Algunas municipalidades interpretaron que al emitirse la Ley de Impuesto a Bienes Inmuebles, la cual cambió el nombre del anterior impuesto territorial y trasladó el cobro a los gobiernos locales desde el Gobierno Central, se terminaba la exoneración a las zonas francas.
Esta situación generó una “batalla” de 10 años entre los ayuntamientos y las compañías, según explicó el director general de Cinde, Jorge Sequeira, en la mañana del 14 de abril, al criticar la incertidumbre creada entre los inversionistas con la acción del alcalde Soto.
“A juicio del accionante la norma impugnada resulta contraria al Derecho de la Constitución, pues no constituye una interpretación como tal de una norma preexistente, sino la modificación-sustitución de la norma previa; alega, además, que igualó los conceptos tributarios de impuesto territorial con el impuesto de bienes inmuebles, los cuales —a su juicio— son diferentes”, dice el comunicado.
“Sin embargo, para la Sala Constitucional no existe una diferencia sustancial en cuanto al impuesto territorial y el impuesto de bienes inmuebles que haga suponer que se trata de gravámenes diametralmente opuestos o distintos entre sí, sino que constituye un único impuesto...”, continuó el informe de la Sala IV.
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Problema a la vista
El otro lío generado con esta diferencia es que los ayuntamientos ahora deben devolver a las empresas las sumas cobradas, pues las compañías pagaron “bajo protesta”.
Muchos de los gobiernos locales aplicaron en sus presupuestos las sumas recibidas, por lo cual ahora tienen un conflicto financiero.
Ni Cinde ni la Unión Nacional de Gobiernos Locales manejan cifras acerca de las sumas a devolver. Tampoco de cuántos ayuntamientos se verán afectados. Se entiende, dijeron, que es un tema de cada municipalidad que decidió hacer el cobro y usar los recursos.
Sequeira y el presidente de Azofras, Carlos Wong, criticaron por separado que los gobiernos locales invirtieran sumas que estaban pagadas “bajo protesta”, figura legal según la cual se deben guardar, pues están en riesgo.
Antes de conocerse el rechazo de la acción por parte de los magistrados, los representantes de Cinde y Azofras advirtieron de que acciones como la del alcalde Soto socaban la credibilidad del país entre los inversionistas.
“Nada menos y nada más que se pone en juego la seguridad jurídica de nuestro país. Pasamos 10 años en esta batalla con algunas municipalidades queriendo cobrar un impuesto indebidamente a las empresas”, aseguró Sequeira.
Agregó que luego de un poco más de nueve meses de tranquilidad, de nuevo el país tuvo que afrontar una gran cantidad de inquietudes de los inversionistas acerca del cobro o no del impuesto.
“Cuando se da este tipo de noticias es casi instantáneo que le empiece a timbrar a uno el teléfono y que se empiecen a recibir mensajes de WhatsApp, detalló el director de la agencia encargada de atraer inversión extranjera directa (IED).
“Nuestras gerentes de los diferentes sectores, quienes manejan las cuentas, empiezan a recibir preguntas. Genera mucho ruido y mucha preocupación”, agregó.
Wong, por su parte, lamentó el efecto sobre la seguidad jurídica de Costa Rica mediante una acción de ese tipo, cuando la interpretación de la ley, expresada por los diputados, es muy clara.
Tras conocerse el rechazo en la Sala IV, la tarde de este miércoles, Wong celebró el fallo. “Esta resolución ratifica y da seguridad al Régimen de Zona Franca”, enfatizó.