Este miércoles se llevó a cabo la segunda etapa del proceso judicial de la demanda interpuesta por la Corporación Nacional Arrocera (Conarroz) contra el Estado en el Tribunal Contencioso Administrativo que busca la derogación de los decretos de la "Ruta del Arroz“. La acción legal se presentó el 7 de setiembre de 2022.
Durante esta sesión, las partes presentaron sus conclusiones. En la primera audiencia, realizada el 10 de marzo, dos testigos de Conarroz y uno del Estado brindaron sus declaraciones, informó la organización arrocera.
El 6 de julio del 2022, el presidente de la República, Rodrigo Chaves, anunció la “Ruta del Arroz”, y en esa misma fecha se divulgaron dos decretos como parte de ese plan: uno sobre la reducción de aranceles y otro sobre la eliminación de la fijación del precio mínimo del arroz. Ambos decretos fueron firmados por el mandatario el 3 de agosto de ese año.
El 10 de agosto se publicó en La Gaceta el decreto que eliminó la fijación de precios, seguido por la publicación del decreto que redujo el arancel el 12 de ese mismo mes. La reducción aplicada es un arancel de 3,5% en el caso del arroz con cáscara y a 4% en el pilado.
Según estimaciones de Conarroz, durante la implementación de la “Ruta del Arroz”, el área de siembra se redujo en un 59,5 %, pasando de 35.301 a 14.300 hectáreas. Asimismo, el volumen de producción local cayó un 60,8 %, al pasar de 153.173 a 60.000 toneladas.
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La demanda de Conarroz también es contra el decreto ejecutivo del Ministerio de Salud que autoriza el desalmacenaje de arroz pilado importado sin fortificar y permite su procesamiento dentro del territorio nacional.
En un comunicado de prensa, la organización de productores expresó su expectativa de que el Tribunal acoja la petición de la demanda inicial bajo criterios de objetividad y transparencia.
“En un futuro se tendrá el dictado de sentencia de fondo y posteriormente se analizará lo que corresponde”, señaló Alexander Campos, abogado de la Corporación.
En junio pasado, la reducción de aranceles se reactivó luego de que el Tribunal de Apelaciones Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda acogiera el recurso de apelación presentado por la Procuraduría General de la República (PGR) y ordenara revocar la medida cautelar contra el decreto que reducía estos impuestos. Dicha medida cautelar se había impuesto tras una demanda de un grupo de productores de arroz del Pacífico central y sur.
La medida cautelar estuvo vigente del 11 de abril al 4 de junio, período en el que rigió el fallo del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda.