San Salvador. Los líderes de pandillas que delaten a los miembros de su organización criminal podrán gozar de beneficios en el sistema judicial salvadoreño, incluyendo la no persecución de sus propios delitos, según lo aprobado en las reformas a la Ley Especial Contra el Crimen Organizado.
Con los votos del oficialismo y sus aliados, la Asamblea Legislativa aprobó un paquete de reformas a la legislación contra el crimen organizado y de telecomunicaciones, lo que fue catalogado por los diputados de la oposición como una extensión “permanente” del régimen de excepción que vive El Salvador desde marzo del 2022.
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“Todos los terroristas serán procesados. Si como estructura enlutaron al pueblo salvadoreño, como estructura serán juzgados, sepan que los tiempos de perdón y olvido quedaron en el pasado”, aseguró el ministro de Justicia y Seguridad Pública, Gustavo Villatoro, tras la aprobación de la reforma.
Sin embargo, esta reforma regulará por primera vez procedimientos abreviados en favor de imputados que confiesen contra sus cómplices, incluyendo a cabecillas de estructuras pandilleras.
Esto, además, violentando lo dispuesto en el Código Procesal Penal, que prohíbe brindar criterio de oportunidad a los líderes de estas organizaciones “salvo que sea imprescindible para probar la intervención de los demás miembros de la cúpula”.
Sin persecución
Los beneficios procesales a jefes de pandillas incluyen, además, la aplicación de penas mínimas cuando cooperen con la ley, y hasta la no persecución de sus propios delitos.
Con la aprobación de esta Ley, será el Fiscal General de la República quien tendrá la facultad de prescindir de la persecución penal de los delitos a alguno de los partícipes, “siempre y cuando la información sea eficaz y útil para probar la participación de los miembros de la organización delictiva”.
En todo caso, la pena solicitada no puede ser menor de la mitad del mínimo que le correspondería, eso sí, con una excepción: el fiscal general puede emitir una autorización expresa para pedir un tiempo de cárcel incluso menor.
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Diputados de oposición en la Asamblea Legislativa, criticaron estas disposiciones en la Ley y aseguraron que los cambios en el criterio de oportunidad “deben estar sustentados técnicamente y no de forma arbitraria”, así lo consideró Claudia Ortiz, de VAMOS.
“El criterio de oportunidad puede genera un incentivo desproporcionado o negativo para los que son inocentes frente aquellos que pudieron haber cometido delitos. Aquel que sea inocente se verá en la disyuntiva de confesar fraudulentamente que ha cometido delito a manera que se le pueda reducir la pena; pero aquel que efectivamente ha participado se le podría reducir la pena si colabora”, agregó.
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