Ciudad del Vaticano. Reuters y EFE. El arzobispo católico africano Emmanuel Milingo ha sido excomulgado luego de desafiar al Vaticano al ordenar como obispos a cuatro hombres casados, informó ayer el Vaticano.
Los obispos ordenados por él también fueron excomulgados por el acto, informó el Vaticano, citando la Ley de la Iglesia.
Milingo, arzobispo emérito de Lusaka, Zambia, conmocionó al Vaticano en julio al anunciar que su nueva misión sería intentar convencer al clero para que permita que los sacerdotes se casen. Las ordenaciones se realizaron el 24 de setiembre en Washington D.C.
“La Santa Sede ha presenciado pacientemente la evolución de los hechos que, lamentablemente, han llevado al arzobispo Milingo a un estado irregular y de progresivo quiebre en la comunión con la Iglesia”, declaró el Vaticano.
Milingo ya había escandalizado al Vaticano cuando se casó bajo la Iglesia de la Unificación del Reverendo Sun Myung Moon en el 2001, una unión que la Santa Sede nunca reconoció.
Un comunicado del Vaticano citó su “intento de matrimonio” y las ordenaciones, que la Iglesia expresó que no reconocerá.
Genio y figura. Milingo saltó a la notoriedad por sus exorcismos, que atrajeron a numerosos fieles a sus ceremonias. También grabó discos y cantó en numerosas televisiones de todo el mundo.
Su nombre volvió de nuevo a las primeras páginas de los diarios en mayo del 2001, al casarse en un hotel de Nueva York con la médica coreana María Sung.
La boda puso en apuros a la Santa Sede y supuso ya la amenaza de excomunión del prelado.
Varios meses después fue recibido por Juan Pablo II, lo que propició su retorno al redil.
Milingo renunció a su matrimonio y reafirmó entonces su fidelidad a la Iglesia Católica.
Sin embargo, la ordenación como obispos de George Augustus Stallings, de Washington; Peter Paul Brennan, Nueva York; Patrick Trujillo, Newark, y Joseph Gouthro, Las Vegas, llevó al Vaticano a declarar que Milingo y los sacerdotes “han incurrido en la excomunión latae sententiae , prevista por el canon 1.382 del Código de Derecho Canónico”.
Dicho artículo establece que “el Obispo que confiere a alguien la consagración episcopal sin mandato pontificio, así como el que recibe de él la consagración, incurren en excomunión”.